Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/12/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > viernes 07 de diciembre de 2018

de fecha 24 de octubre de 2018 a fin de notificar al menor Ferreyra Alexander Sebastian con DNI 6.029.576 y persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P. por el término de 5 dias. " Dr. Carlos Colombo a cargo del Juzgado de Garantías del Joven Departamental Dolores por licencia del titular. Requiero además tenga a bien remitir a este Juzgado de Garantías del Joven N 1, Deptal. Dolores, sito en Pellegrini N 19 de la ciudad de Dolores C.P. 7100, provincia de Buenos Aires, copia de la publicación que nos ocupa a fin de ser agregada al expediente de autos.
dic. 3 v. dic. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 8 a cargo del Sr. Juez Javier J. Cosentino, Secretaría N 15, a cargo de la Dra. María Teresa Berdeal sito Libertad 533, planta baja, de la Ciudad Autónoma de Bs.
As., comunica por de 5 días en los autos Artpress S.A. s/ Quiebra Expte. N 16821/2017, que el día 16 de octubre del 2018 se Decretó la Quiebra de ARTPRESS S.A. C.U.I.T.: 30-70844643-9. Síndico: Enrique Alberto De Robles, domicilio:
Av. del Libertador 8480, piso 7º, oficina A, C.A.B.A., teléfono 4703-1335. Pedidos de verificación y títulos justificativos de los créditos hasta el 17 de diciembre del 2018. Informes arts. 35 y 39 de la Ley Concursal: 7 de marzo del 2019 y 23 de abril del 2019. Se intima al/ la deudor/a y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: a entregar al Síndico los libros, papeles y bienes que tuviere en su poder, en el término de 24 horas; b se abstenga/n los administradores de salir del país sin autorización previa del Juzgado L.C.:103. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes al/ la fallida/o so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y/o documentos del/la fallida/o en su poder, para que los pongan a disposición del Síndico en el término de cinco días. Fdo.: Javier J. Cosentino. Juez. Buenos Aires, 26 de octubre de 2018.
nov. 3 v. nov. 7
POR 5 DÍAS - Juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal Nro. 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr.
Roberto Conti, por medio del presente, cita y emplaza, por el termino de cinco dias, a Cristian Gabriel Remedi, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 1508618, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Agravado por su comisión en Poblado y en Banda y por la Participación de un Menor de dieciocho años de edad. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: mas de zamora, 26 de noviembre de 2018 IV. finalmente, en atención a lo que surge de los informes de fojas 107 y 112/113 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado remedi, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: se cita y emplaza al encausado CRISTIAN GABRIEL REMEDI, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. a sus efectos, líbrese oficio al Sr. Jefe de la oficina de Boletín Oficial departamental. Fdo. Dr. Roberto Conti. Juez. ante mi: María Cecilia Díaz. Secretaria." Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del código procesal penal. Secretaría, 26 de noviembre de 2018.
dic. 3 v. dic. 7
POR 5 DÍAS - El Señor Juez integrante del Tribunal Oral en lo Criminal nro. 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Roberto A. Conti, por medio del presente, cita y emplaza, por el término de cinco días, a BAUTISTA ARAUJO, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 1432018, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Agravado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no ha podido tenerse por acreditada y por su comision en lugar poblado y en banda en grada de tentativa. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: field, 20 de Noviembre de 2018. En atención a lo que surge de los informes de fojas fs. 96/vta., 97 y 99 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Bautista Araujo, por el término de cinco días, a estar a derecho.
Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días. A sus efectos, líbrese oficio al Sr. Jefe de la Oficina de Boletín Oficial Departamental. Fdo. Dr. Roberto A. Conti. Juez. Ante mi: María Cecilia Díaz. Secretaria". Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será Declarado Rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 20 de noviembre de 2018.
dic. 3 v. dic. 7
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Jueza Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal nº 5 del Departamento Judicial La Plata, en el marco de la I.P.P. nº 06-00-014098-17, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín a su cargo el auto que a continuación se transcribe: Plata, de noviembre de 2018. Autos y Vistos: Para resolver en el presente incidente. Y Considerando: Primero: Los Señores Jueces de la Sala IV en su resolución de fs. 37/38
han dispuesto revocar el auto de fs. 11/12 en cuanto no hace lugar al beneficio de la eximición de prisión en favor de ABRAHAM ELÍAS MAIDANA debiendo el " a -quo-" tener presente la misma para resolver en oportunidad que se concrete de manera efectiva un requerimiento formal de detención por parte del Ministerio Público Fiscal respecto del sindicado, en el marco del presente incidente correspondiente a la I.P.P. N 06-00-014098-17. Segundo: El causante de autos, Abraham Elías Maidana por derecho propio, conjuntamente con el letrado que lo asiste Dr. Dante Chirinosolicita a fs. 1/vta, se le conceda el beneficio de la eximición de prisión a tenor de lo normado en el artículo 185, sgtes y cctes del C.P.P. Expone la defensa, que, cuenta con trabajo estable - en una panaderíay eventualmente realiza guardias en una Clínica de Ensenada, es padre de una niña de 4 años, en consecuencia, los peligros procesales de fuga y entorpecimiento probatorios se encuentran neutralizados. Segundo: Adelanto que el planteo efectuado no prosperará. En primer lugar he librado orden de detención respecto de Abraham Elías Maidana por el delito "prima facie" calificado como abuso sexual gravemente ultrajante para la víctima -por su duración y circunstancias de su realización, agravado por ser la víctima menor de 18 años de edad, estar el autor a cargo de la guarda y aprovechando la convivencia preexistente; en concurso ideal con corrupción de menores agravada -por ser la víctima menor de 13 años, mediando amenazas y por ser
SECCIÓN JUDICIAL > página 4

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/12/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/12/2018

Conteggio pagine57

Numero di edizioni3395

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/08/2024

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