Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/11/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Martes 20 de noviembre de 2018

de inaplicabilidad de ley art. 486 bis y conscs., CPP, según Ley 14.647. Regístrese, notifíquese y oportunamente, archívese.
Firmado: Eduardo Pettigiani. Eduardo Néstor Lazzari. Hector Negri. Daniel Fernando Soria. Luis Esteban Genour, Jueces.
Quilmes, 31 de agosto de 2017. Alejandra Swida, Secretaria.
C.C. 12.878 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - En la Causa N 25400/I.P.P. N PP-03-02-003273-12/00 caratulada: Monroy, Walter S/Defraudación, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 2, Departamental a cargo del Dr. Christian Sebastián Gasquet, Secretaría del Dr. Juan Miguel Nogara, a fin de solicitarle proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a WALTER
MONROY, DNI 18.228.417, con último domicilio conocido en calle 8 n 2175 de Santa Teresita, al siguiente resolución: Dolores, 19 de octubre de 2018. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento impetrada por el Sr. Agente Fiscal en favor de Walter Monroy y Considerando: Que a fs. 45 y vta. El señor Agente Fiscal a cargo de la UFID N 1
de Mar del Tuyú, Dr. Gustavo Juan Miguel Mascioli, solicita se sobresea al imputado Walter Monroy por el delito de Defraudación, previsto y reprimido en el art. 172 del Código Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos. Funda su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de perpetración del hecho en estudio ha transcurrido en exceso el término previsto por el art. 62, inc. 2 en su relación con el art. 172 del Código Penal. En consecuencia, de conformidad con lo estatuido por el art. 324 del Código de Procedimiento penal, y luego de analizar los causales en el orden dispuesto por el art.
323 del ritual, arribo a la conclusión de que le asiste razón al Dr. Mascioli. Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho y por ende la autoría del imputado en el mismo, lo cierto es que desde la fecha de la denuncia, al presente, ha transcurrido en exceso el término que la citada norma y el art. 62 prevee como plazo de prescripción de la acción sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito art.
67, inc. 4 del C. Penal. Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse al imputado en orden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el art. 323 del CPP. Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los arts. 69 inc. 3, 62 inc. 2, y 67 del C. Penal; y arts. 321, 322, 323. Inc. 1 y 324 y conc. Del CPP. Resuelvo: Sobreseer totalmente a Walter Monroy, argentina, con DNI 18.228.417, con domicilio en calle 8 n 2175
de Santa Teresita, en orden al delito de Defraudación previsto y reprimido en el Art. 172 del Código penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal. Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. Regístrese, notifíquese al Defensor Oficial, Agente Fiscal e imputado. Fdo. Christian Sebastián Gasquet, Juez. Juzgado de Garantías N 2
Depto. Judicial. Dolores. Dolores, 5 de noviembre de 2018. Atento lo que surge del oficio proveniente de la Comisaría de Santa Teresita en el que se informa que el imputado Walter Monroy no pudo ser notificado de la resolución de fs. 46 y vta., ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fdo. Christian Sebastián Gasquet, Juez.
Juzgado de Garantías N 2 Depto. Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Secretario.
C.C. 12.879 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en el I.P.P. N PP-03-00-007113-11/00, seguida a GARCÍA ARIEL JESÚS
por el delito Lesiones Culposas, de trámite ante este Juzgado de Garantías n 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única interinamente a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado, cuyo último domicilio, conocido es el de calle Rivadavia nro. 1368 de Derqui, Pilar, la resolución dictada por este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Dolores, de noviembre de 2018. Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: I. Sobreseer totalmente al imputado Ariel Jesús García, cuyas circunstancias personales obran en autos y declarar la extinción de la acción penal. Por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Culposas. - Arts. 59 inc. 3; 62 inc. 2, y 94 del Código Penal y 323 inc. 1 del C.P.P.. II.- Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. III. Levántese la rebeldía y comparendo que pesa sobre el mismo, y que fuera insertado en fecha 22-092016.- Fecho, realícense las comunicaciones de Ley. Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías.
C.C. 12.880 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud. en el marco de la I.P.P. N PP-03-00-007341-11/00, seguida a DIEGO
MACCIONI por el delito de Lesiones Culposas, de trámite ante este Juzgado de garantías N 1, a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio se desconoce, al resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a Diego Maccioni y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Lesiones Culposas en Chascomús. Arts. 59, inc. 3; 62 inc. 2 y 94 del Código Penal y 323, inc. 1 del C.P.P. 2 Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Marcos C. Álvarez, Auxiliar Letrado.
C.C. 12.881 / nov. 15 v. nov. 22
POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a Ud., en la I.P.P. N PP-03-02-004286-09/00 seguida a FACUNDO DAMIÁN
JUÁREZ y Otro por el delito Robo, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única interinamente a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle 40 y 19 y/o 5 n 1933 2do. F e/
71 y 72 de la Ciudad de La Plata, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 28 de marzo de 2018, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Resuelvo: II.- Sobreseer totalmente a Facundo Damián Juárez, DNI 35.421.587, con último domicilio conocido en calle 40 y 19 y/o 5 nro. 1933, 2do F e/ 71 y 72, ambos de La Plata, por haberse extinguido la acción penal a su respecto por haber operado su prescripción, en relación al delito de Robo Simple, conforme lo normado por los arts. 59, 62, 164 del CP y 323 inc. 1 y 328 inc. 1 del CPP. Regístrese, notifíquese. - Fdo: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N
1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 19 de noviembre de 2018. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Facundo Damián Juárez en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento,
SECCIÓN JUDICIAL > página 95

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 20/11/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data20/11/2018

Conteggio pagine37

Numero di edizioni3401

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione09/08/2024

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