Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/11/2018 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Viernes 2 de noviembre de 2018

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional nro. 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de ésta ciudad, cita GERARDO JESÚS NÚÑEZ, DNI 24707441, argentino, nacido el día 17/12/1975, hijo de Ramón Jesús Núñez y de Raquel Nora Núñez, con último domicilio condición de calle en la ciudad de San Pedro por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa nro. 4633-2018, caratulada: Núñez Gerardo Jesús s/ Resistencia a la Autoridad, Amenazas en Concurso Ideal cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: San Nicolás, 25 de octubre de 2018.- Atento a los informes obrantes en autos, y desconociéndose el lugar actual de residencia del encartado Gerardo Jesús Núñez , notifíquesele por edictos a publicarse en el Boletín Oficial durante cinco días cfr. art. 129 del C.P.P., que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de que si no compareciere ante este Juzgado, en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención en causa nro.4633-2018 cfr. arts. 129, 303 y 304 del C.P.P..
Notifíquese. Fdo: Sebastián L. Zubiri. Juez. El nombrado, quien se encuentra imputado de los delitos de amenazas y resistencia a la autoridad deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre nro. 24, de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento en caso de incomparencia, de declararlo Rebelde y expedirse orden de detención, en causa nro. 4633-2018. arts. 129 y 304 del C.P.P.. San Nicolás, 25 de octubre de 2018.
C.C. 204.735 / nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a el presidente de la Empresa MADINOR S.A con último domicilio en calle Gemes 2735, depto. A en causa nro. INC-14999-2 seguida a Amatuzzi Néstor Martín s/ Incidente de Salidas Transitorias que a continuación de transcribe:
del Plata, 10 de octubre de 2018.- I.- En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción.- Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 29/10/2018 a las 09.30 horas.- Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964 caratulada Salazar Martín Adrián s/ Incidente de Salidas Transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por Ley y su consecuente resolución en esos términos haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno.- III.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla de la audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias; régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Fdo. Ricardo G. Perdichizzi, Juez del Plata 25 de octubre de 2018.-Autos y Vistos: No habiéndose podido notificar a la víctima de autos, notifíquese a la misma a tenor de lo normado por el art. 129 CPP por medio de la publicación de edictos en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires por el término de cinco días. Fdo: Ricardo G. Perdichizzi, Juez.
C.C. 204.737 / nov. 2 v. nov. 8
POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal N 1 del Departamento Judicial Mar del Plata, Dr. Ricardo Gabriel Perdichizzi, notifica a. Sr. LLANTADA JAVIER MARIA y OBLIGADO CARMEN con último domicilio en calle Rawson 97, Depto.
3 de esta ciudad en causa nro. INC-14419-2 seguida a Cáceres Jonathan Darío s/ Incidente de Salida Transitoria la Resolución que a continuación de transcribe: del Plata, 11 de octubre de 2018.- I.- En función del estado de autos, córrase vista de los informes producidos a tenor del art. 100 y ccts. Ley 12.256 a Fiscal y Defensa por el plazo de cinco días sucesivos, a fin que dentro de dicho plazo ofrezcan la prueba de la que intenten valerse en la audiencia de resolución oral a realizarse en autos en ampliación o complementación de los dictámenes producidos, haciéndose saber que en todos los casos, quedará a cargo de esa parte la citación de los testigos o peritos que propongan para ser escuchados en la audiencia a llevarse a cabo, como así también toda otra pruebe ofrecida incluso la documental, debiendo la parte requirente librar los oficios pertinente a fin de su producción.- Sin perjuicio de ello, desígnese audiencia para resolver en este incidente, a tenor de lo normado por los arts. 3 y ccts. Ley 12.256 y 105 tercer párrafo y cctes. C.P.P., para el día 30/10/2018 a las 09.30 horas.- Ofíciese a la Unidad Penal que aloja al causante a fin de procederse al comparendo del nombrado para el día y horario de audiencia fijados, haciéndose saber que en caso de negarse a comparecer ante estos estrados, deberá recurrirse al auxilio de la fuerza pública, decretándose su comparendo compulsivo, a fin de celebrarse la audiencia prevista en esta incidencia, todo ello de conformidad con lo resuelto con fecha 14/5/2015 por la Sala Primera de la Excma. Cámara de Apelaciones y Garantías en el marco de la causa 26.964
caratulada Salazar Martin Adrian s/Incidente de salidas transitorias en cuanto dispone No está prevista, a nuestro entender, la renuncia - ni expresa ni tácitadel encartado, de la realización de la audiencia oral prevista por Ley y su consecuente resolución en esos términos haciéndole saber que en el día de la audiencia deberá acompañarse un gráfico de conducta actualizado, con indicación de las sanciones disciplinarias que hubiera recibido el nombrado y el legajo personal del interno.- III.- Ofíciese a la Seccional Policial correspondiente al domicilio de la víctima a fin de notificarla de la audiencia fijada en autos, debiéndosele hacer saber también que tiene derecho a ser informada y a expresar su opinión y todo cuanto estime conveniente, ante este Juzgado, cuando se sustancie cualquier planteo en el que se pueda decidir la incorporación de la persona condenada a salidas transitorias;
régimen de semilibertad; libertad condicional; prisión domiciliaria; prisión discontinua o semidetención; libertad asistida o régimen preparatorio para su liberación.- Requiérasele también que manifieste si desea ser informada acerca de los pudiendo designar un representante legal, proponer peritos o establecer el modo para recibir comunicaciones, considerándose su silencio como expresión de no desear ser informada. Desconociéndose el domicilio de la Sra. Juárez Regina Tamara notifíquese a la misma a tenor del art. 129 del C.P.P., por medio de publicación por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo. Ricardo Perdichizzi, Juez de Ejecución del Plata 25 de octubre de 2018.- Autos y Vistos: No habiéndose podido
SECCIÓN JUDICIAL > página 78

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/11/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data02/11/2018

Conteggio pagine24

Numero di edizioni3376

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione02/07/2024

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