Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/09/2018 - Sección Judicial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES
La Plata > Jueves 27 de septiembre de 2018

POR 2 DÍAS - El Tribunal de trabajo N 1, sede San Miguel, Departamento Judicial de San Martín, notifica a VADEMÉCUM
S.A. de la sentencia dictada en los autos Rodríguez Gonzalo Gabriel c/ Vademécum S.A. y Otro s/ Despido expte n 14222/2009, de la siguiente resolución: San Miguel, 29 de Mayo de 2017Fallo En mérito al resultado de la votación en el Acuerdo que precede, citas legales y fundamentos expuestos, el Tribunal Falla: I.- Rechazar la demanda promovida por el Señor Rodríguez, Gonzalo Gabriel, contra la firma Vademécum S.A., y contra la firma Federal Mogul Argentina S.A., en cuanto a los rubros por vacaciones correspondientes al año 2.008 y la multa prevista por el art. 132 bis de la LCT. Costas a cargo de la actora con los alcances previstos por los arts. 20 de la LCT, 19 y 22 de la Ley 11.653y art. 726 CCCN. II.- Rechazar al pedido formulado por la parte actora respecto a la aplicación de sanciones por temeridad y malicia art. 275 LCT, por entender que no se reúnen en autos los requisitos para su aplicación. III.- Rechazar el planteo de inconstitucionalidad del art. 4 de la Ley 25.561, efectuado por la parte actora a fs. 28/29, ya que el mismo resulta inadmisible e improcedente. IV.- Rechazar la excepción de falta de legitimación pasiva interpuesta por la codemandada Federal Mogul Argentina S.A., ya que deviene en improcedente y abstracto su tratamiento. art. 69 CPCC, art. 19 y 63 Ley 11.653, art. 44 inc. e Ley 11.653. V.- Hacer lugar a la demanda instaurada por Gonzalo Gabriel Rodríguez contra Vademécum S.A. y contra Federal Mogul Argentina S.A. art. 499 C.C., por los siguientes conceptos: Indemnización por Antigedad, Indemnización sustitutiva de preaviso más SAC, Integración mes de despido más SAC, Salarios de los meses de enero y proporcional de febrero de 2.009, SAC correspondiente al año 2.008 y el proporcional correspondiente al primer semestre de 2.009, Vacaciones proporcionales de 2.009, Multa art. 8 Ley 24.013, Multa art. 15 Ley 24.013, Multa art. 2 Ley 25.323, Multa art. 45 Ley 25.345, condenando en consecuencia a las demandadas a pagar a la actora dentro de décimo día de notificado y mediante depósito en el Banco de la Provincia de Buenos Aires, Sucursal Tribunales de San Miguel, a la orden del Tribunal y como perteneciente a la cuenta de autos la suma de pesos treinta y ocho mil quinientos noventa con treinta y siete centavos $ 38.590,37.-, con más los intereses, desde el nacimiento de cada obligación -16/02/09- hasta la fecha del efectivo pago, calculados de acuerdo a la tasa que paga el Banco de la Provincia de Buenos en sus operaciones de depósito a través de la Banca Internet Provincia a treinta días. VI.- Tener presente la solicitud de aplicación de la Ley 24.432 y Ley 24.283 para el momento oportuno de regulación de honorarios art. 19 de la Ley 11.653. VII.- Costas a las demandadas vencidas art. 19 ley 11653, a cuyos efectos por separado se regularán los honorarios de los profesionales intervinientes. VIII.Intímase a las demandadas para que en el plazo de diez días presenten los certificados previstos por el arts. 80 de la LCT y 12
de la ley 24.241, bajo apercibimiento de aplicar astreintes en caso incumplimiento art. 804 C.C.. IX.- Practíquese por Secretaría regulación de honorarios simultáneamente con la liquidación de intereses art. 48 Ley 11.653. X.- Líbrese oficio al Banco de la Provincia de Buenos Aires, sucursal San Miguel, a los fines de la apertura de una cuenta en autos. XI.- Cópiese, practíquese liquidación por secretaría, cumpliméntese, regístrese, notifíquese y oportunamente archívese.- Fdo. Dr. Gonzalo Barciela, Juez.
Dra. María Eugenia Pierazzoli, Juez, Dr. Miguel Ángel Méndez, Juez otro auto San Miguel, 23 de mayo de 2018 Atento a lo peticionado y a las constancias de autos, publicase el edicto solicitado por el plazo de dos días. Fdo. Dr. Gonzalo Barciela, Juez El presente edicto deberá publicarse por dos días en el Boletín Oficial. San Miguel, 14 de septiembre de 2018.
C.C. 202.164 / sep. 26 v. sep. 27
POR 10 DÍAS - En el marco de los autos caratulados Funes María Luz s/ Beneficio de Litigar Sin Gastos, Expte. N 4513de trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado de Pila, Departamento Judicial Dolores, a cargo del Dr. Martín Ulises Oria, Secretaría Única a mi cargo, sito en calle 11, esq. Av. 4 Centro Cívico, de la ciudad y partido de Pila CP 7116, ello a efectos de solicitarle se sirva citar al señor VIDELA DIEGO ARMANDO D.N.I. N 32.298.478 por edictos por diez días. Le hago saber que dichas publicaciones deberán efectuarse de forma gratuita art. 1 de la ley 8.593, en virtud de haberse concedido a la interesada -con carácter provisorioel beneficio de litigar sin gastos. El auto que así lo dispone dice: Pila, 21 de febrero de 2018.- Visto:
y Considerando: Resuelvo: 1- Beneficio provisional: conceder en forma provisional a la Sra. Funes, María Luz, D.N.I. N
35.354.848, el Beneficio de Litigar sin Gastos art. 83 C.P.C.C. con el alcance de las normas procesales citadas, para litigar contra Videla, Diego Armando en autos: Fúnez, María Luz c/ Videla Diego Armando s/ alimentos expte. N 4541 de trámite por ante este mismo Juzgado de Paz Letrado de Pila sin tener que afrontar el pago de las costas y/u otros gastos judiciales hasta tanto no mejore su fortuna, con la salvedad establecida por el Art. 84 del Código Procesal citado. Notifíquese personalmente o por cédula Art. 135 inc. 12 del Código Procesal Civil y Comercial de la Provincia de Buenos Aires. Notifíquese.- 2- Notificación:
Atento lo solicitado, cítese al demandado por edictos por 10 días en el Boletín Oficial, el que se publicará en forma gratuita, haciendo constar tal circunstancia en el edicto, en virtud de haberse otorgado provisoriamente el Beneficio de Litigar Sin Gastos.Regístrese como sentencia interlocutoria. Fdo. Martín Ulises Oria PILA, 21 de septiembre de 2018. -Conforme lo solicitado, líbrese por Secretaría oficio electrónico reiteratorio al Boletín Oficial.- Fdo. Martín Ulises Oria Juez de Paz Letrado.-.
C.C. 202.213 / sep. 26 v. oct. 9
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que en autos Viggiano Oscar Humberto s/ Concurso Preventivo pequeño, Expte. N 126140, se resolvió con fecha 06
de agosto de 2018 Decretar la Apertura de Concurso Preventivo de VIGGIANO OSCAR HUMBERTO DNI N 14.393.998 con domicilio en Gemes N 3626 de la ciudad de Mar del Plata. Se fija hasta el día 30 de octubre de 2018 para que los acreedores por causa o título anterior a la presentación en concurso 03/08/18, soliciten verificación de sus créditos ante el síndico, C.P.N.
Julio César Mattaglioti, en el domicilio de la calle Mitre N 2629, de Mar del Plata, de lunes a viernes de 09:00 a 17:00 hs. Mar del Plata, 21 de septiembre de 2018. Felix A. Ferrán, Secretario.
C.C. 202.243 / sep. 26 v. oct. 2
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Morón, Dr. Lucas Varangot, en el marco de la causa correccional N 1467 seguida a Lucas Alexis Avalos por el delito de Tenencia de Estupefacientes del registro de la Secretaría única, cítese y emplácese, por el términos de cinco 5 días, a LUCAS ALEXIS AVALOS, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, hijo de Mario Avalos y Mónica Acevedo, titular del D.N.I. N 34.212.804, nacido el día 15 de noviembre de 1988 en la ciudad y partido de San Miguel, provincia de Buenos Aires, con último domicilio conocido en la calle Julián Martel N 3982 de la ciudad y partido de J.C. Paz, provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal en esta Magistratura, sita en la calle Colón N 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sección a de la ciudad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo artículos 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del
SECCIÓN JUDICIAL > página 115

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/09/2018 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data27/09/2018

Conteggio pagine25

Numero di edizioni3398

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione06/08/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Septiembre 2018>>>
DLMMJVS
1
2345678
9101112131415
16171819202122
23242526272829
30