Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a EZEQUIEL MAXIMILIANO MÉNDEZ, DNI N 25.251.658, que en la causa N 0011535, caratulada "Méndez, Ezequiel s/ Privación Ilegal de la Libertad Calificada Pedraza, Edda María" el Excmo. Tribunal de Casación Penal Provincial ha dispuesto la Resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "En la ciudad de La Plata a los 22 días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis Antecedentes Cuestiones
Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal Resuelve: I.- Declarar admisible el recurso de Casación interpuesto por los Señores Defensores Particulares, doctores León Carlos Arslanian y Matías A.
Arias Duval, a favor de Ezequiel Maximiliano Méndez. II.Hacer lugar al recurso de casación, y en consecuencia, anular el decisorio impugnado, remitiendo copia de la presente a la Excma. Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial Zárate-Campana, a fin de que, con la urgencia que el caso importa, dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho, sin costas en esta instancia. Arts. 18 y 43 de la C.N., 168 y 171 de la Const. de la Prov., 106, 405, 417, 461, 530, 531 y ccdtes. del C.P.P.
III.- Tener presente la reserva del caso federal, conforme artículo 14 de la Ley 48. IV.- Diferir la regulación de honorarios profesionales a los letrados intervinientes, por la labor desplegada en esta sede para una vez regulados en la instancia. Arts. 1, 9, 16, 33 y 51 de la Ley N 8.904.
Regístrese. Notifíquese. Oportunamente remítase. Fdo.:
Carlos Ángel Natiello, Mario Eduardo Kohan, Jueces. Ante mí: Olivia Otharán, Secretaria. Publíquese el presente en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, sin cargo y por el plazo de cinco días Art. 129 del C.P.P..
Secretaría, 10 de julio de 2017. Ana Laura Téliz, Secretaria.
C.C. 8.827 / jul. 27 v. ago. 2


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 3 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Luciano Javier Marino, notifica por este medio a EZEQUIEL MAXIMILIANO MÉNDEZ, DNI N 25.251.658, que en la causa N 0011535, caratulada "Méndez, Ezequiel s/ Privación Ilegal de la Libertad Calificada Pedraza, Edda María la resolución que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "En la ciudad de La Plata a los 29 días del mes de diciembre del año dos mil dieciséis Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, el Tribunal Resuelve: I.- Declarar admisible la acción de Hábeas Corpus deducida por Los Señores Defensores Particulares, doctores León Carlos Arslanian y Matías A. Arias Duval, a favor de Ezequiel Maximiliano Méndez. II. - Hacer lugar a la misma y, en consecuencia, anular el decisorio impugnado, remitiendo copia de la presente a la Excma. Cámara de Apelación y Garantías del Departamento Judicial Zárate-Campana, a fin de que en el término de 24 hs. dicte un nuevo pronunciamiento conforme a derecho y a lo expresado en los considerandos, garantizando el debido tránsito por las instancias recursivas, sin costas en esta sede. Arts. 18 y 43 de la C.N., 168
y 171 de la Const. de la Prov., 106, 405, 461, 530, 531 y ccdtes. del C.P.P. - III. - Tener presente la reserva del caso federal, conforme artículo 14 de la Ley 48. IV.- Diferir la regulación de honorarios profesionales a los letrados intervinientes, por la labor desplegada en esta sede para una vez regulados en la instancia. Arts. 1, 9, 16, 33 y 51 de la Ley N 8.904. Regístrese. Notifíquese, oportunamente remítase. Fdo. Carlos Ángel Natiello, Mario Eduardo Kohan, Jueces. Ante mí: María Victoria Nicastro, Prosecretaria". Secretaría, 10 de julio de 2017. Ana Laura Téliz, Secretaria C.C. 8.828 / jul. 27 v. ago. 2
POR 5 DÍAS - En Incidente N 1 Investigación Penal Preparatoria N 03-00-5181-16 seguida a RUNO JONAT-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 1 DE AGOSTO DE 2017

HAN YAMIL y otros s/ Abigeato Agravado, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo como Juez de Feria, Secretaría Única interinamente a cargo del Dr. Enrique Martín Equisito de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al nombrado, cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Dolores, el siguiente texto que a continuación, se transcribe:
"Dolores, 16 de julio de 2017. Autos y Vistos: y Considerando Resuelvo: I.- No hacer lugar al pedido de eximición de prisión formulado por la Sra. Defensora Oficial Dra. Muriel Mendoza, en favor de Runa Jonathan Yamil, en orden al delito de Abigeato Doblemente Agravado en los términos del art. 167 quater inc. 1 y 6 del C.P. por improcedente arts. 169, 185 y concordantes del Código de Procedimiento Penal Notifíquese Proveo como Juez de Feria. Fdo. Laura Inés Elías, Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 18
de julio de 2017. Autos y Vistos Resuelvo II.Proceder a la notificación de Runo Jonathan Yamil por edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que el nombrado sea debidamente notificado del auto que dispuso no hacer lugar a la eximición de prisión. A tal fin líbrese oficio de estilo Notifíquese Proveo como Juez de Feria. Fdo. Laura Inés Elías, Juez.
C.C. 8.830 / jul. 27 v. ago. 2


POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca, Secretaría N 3 a cargo de la Dra.
Mariana Grandi, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB
Anexo de esta Capital Federal, comunica por cinco días que en autos "Di Gerónimo Pedro Rafael s/ Quiebra"
48111/2009, con fecha 3 de julio de 2017, se decretó la Quiebra de PEDRO RAFAEL DI GERÓNIMO, CUIT 2010089799-8 en la que se continuará como síndico el "Estudio Germán Iannaccone y Asoc con domicilio en Av. Directorio 48, piso 6 "A", ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20 de septiembre de 2017. El síndico presentará los informes previstos en los Arts. 35 y 39 LCQ los días 2 de noviembre de 2017 y 18 de diciembre de 2017, respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndoles a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. El auto que ordena el presente dice:
"Buenos Aires, 5 de julio de 2017. Atento a que la fallida posee domicilio real se le encomienda al síndico confeccionar los edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires "Fdo. Dr. Fernando Martín Pennacca, Juez. Buenos Aires, julio del 2017.
Mariana Grandi, Secretaria.
C.C. 9.003 / ago. 1 v. ago. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca, Secretaría N 3 a cargo de la Dra.
Mariana Grandi, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB
Anexo de esta Capital Federal, comunica por cinco días que en autos "Pirolo María Carmen s/ Quiebra"
48088/2009, con fecha 3 de julio de 2017, se decretó la Quiebra de MARÍA CARMEN PIROLO, 13.992.051 en la que se continuará como síndico el "Estudio Germán Iannaccone y Asoc. ", con domicilio en Av. Directorio 48, piso 6 "A", ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20 de septiembre de 2017. El síndico presentará los informes previstos en los Arts. 35 y 39
LCQ los días 2 de noviembre de 2017 y 18 de diciembre de 2017, respectivamente. Se intima a la fallida y a los ter-

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ceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndoles a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. El auto que ordena el presente dice: "Buenos Aires, 5 de julio de 2017. Atento a que la fallida posee domicilio real en Lanús Oeste se encomienda al síndico confeccionar los edictos que se ordenan publicar en el Boletín de la provincia de Buenos Aires " Fdo. Dr. Fernando Martín Pennacca, Juez. Buenos Aires, 11 de julio de 2017.
Mariana Grandi, Secretaria.
C.C. 9.004 / ago. 1 v. ago. 7


POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca, Secretaría N 3 a cargo de la Dra.
Mariana Grandi, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB
Anexo de esta Capital Federal, comunica por cinco días que en autos "Pirolo Nicolás s/ Quiebra" 048101/2009, con fecha 03 de julio de 2017, se decretó la Quiebra de PIROLO NICOLÁS, CUIT 20-93238044-8 en la que se continuará como Síndico el "Estudio Germán Iannaccone y Asoc con domicilio en Av. Directorio 48, piso 6 "A", ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20 de septiembre de 2017. El síndico presentará los informes previstos en los Arts. 35 y 39 LCQ los días 2 de noviembre de 2017 y 18 de diciembre de 2017, respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndoles a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. El presente dice: "Buenos Aires, 5 de julio de 2017. Atento a que la fallida pose domicilio real en Lanús Oeste, se encomienda al síndico confeccionar los edictos que se ordenan publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires." Fdo. Dr.
Fernando Martín Pennacca, Juez. Buenos Aires, 1 de julio del 2017. Mariana Grandi, Secretaria.
C.C. 9.005 / ago. 1 v. ago. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca, Secretaría N 3 a cargo de la Dra.
Mariana Grandi, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB
Anexo de esta Capital Federal, comunica por cinco días que en autos "La Teresa SACI s/ Quiebra" 024532/2009, con fecha 29 de junio de 2017, se decretó la Quiebra de LA TERESA SACI, CUIT 30- 51732422-8 en la que se continuará como Síndico el "Estudio Germán Iannaccone y Asoc con domicilio en Av. Directorio 48, piso 6 "A", ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 20 de septiembre de 2017. El síndico presentará los informes previstos en los Arts. 35 y 39 LCQ los días 2 de noviembre de 2017 y 18 de diciembre de 2017, respectivamente. Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndoles a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. El auto que ordena el pre ente dice: "Buenos Aires, 3 de julio de 2017. Atento a que la sociedad fallida desarrolla su actividad en Lanús Oeste, se encomienda al síndico confeccionar los edicto que ordenan publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires " Fernando Martín Pennacca, Juez. Buenos Aires, 11 de julio de 2017.
C.C. 9.006 / ago. 1 v. ago. 7
POR 5 DÍAS - El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 2, a cargo del Dr. Fernando

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 01/08/2017 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data01/08/2017

Conteggio pagine3

Numero di edizioni3380

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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