Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

18.474.757; BURGOS MARIO ALBERTO D.N.I. N
21.548.206; ACKERMAN EDGARDO ESTEBAN indocumentado; RUIZ DÍAZ FABIÁN RICARDO D.N.I. N
28.457.392; CRUZ SERGIO SEBASTIÁN D.N.I. N
25.521.629; LÓPEZ MARCELO ARIEL D.N.I. N
27.876.910; GUTIÉRREZ GABRIEL DARÍO D.N.I. N
25.871.825; y SARAVIA ARIEL GUSTAVO D.N.I. N
25.295.076 la resolución dictada en la mencionada causa.
La parte resolutiva de la resolución ante dicha, y a transcribirse en los respectivos edictos, dice así en su parte pertinente: Tigre, 29 de junio de 2017. Y Vistos: .. Resulta:
Consideandos Resuelvo: Disponer la extinción de la Acción Contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Mármol José Catalino D.N.I. N
26.550.371; López Matías D.N.I. N 26.959.640; Diosnel Ortiz Gabilán indocumentado; Beitia Damián Eduardo D.N.I. N 27.242.999; Mastrocola Pablo Martín D.N.I. N
27.182.792; Molina Hernán Diego D.N.I. N 27.159.739;
Díaz Gustavo José D.N.I. N 18.474.757; Burgos Mario Alberto D.N.I. N 21.548.206; Ackerman Edgardo Esteban indocumentado; Ruiz Díaz Fabián Ricardo D.N.I. N 28.457.392; Cruz Sergio Sebastián D.N.I.. N
25.521.629; López Marcelo Ariel D.N.I. N 27.876.910;
Gutiérrez Gabriel Darío D.N.I. N 25.871.825; y Saravia Ariel Gustavo D.N.I. N 25.295.076, de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323
inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 art. 3
del Dec. Ley 8.031/73. Regístrese. Notifíquese
Asimismo, y a los fines de notificar a la totalidad de los contraventores de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, Iíbrese el oficio de estilo. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 16 de junio de 2017. Mariano Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.495 / jul. 19 v. jul. 25


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional n CO-1937-1998, caratulada "Suárez José Alberto s/Infracción Artículo 74 inciso "A", Decreto-Ley 8.031/73 Reconstrucción" , que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avenida del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don JOSÉ ALBERTO
SUÁREZ y a don MARIO ALBERTO SALDAÑO el fallo dictado en la mencionada causa. La parte resolutiva del fallo ante dicho, y a transcribirse el los respectivos edictos, dice así en su parte pertinente: "Tigre, 20 de septiembre de 1999. Autos y Vistos: considerando: Fallo: 4
Absolviendo libremente y sin costas a Suárez José Alberto, cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y obran en autos, en orden a la falta tipificada en el artículo 74 inc. "A" del Decreto-Ley 8.031/73 -t.o.
Decreto 181/87-; 5 Absolviendo libremente y sin costas a Saldaño Mario Alberto, cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y obran en autos, en orden a la falta tipificada en el artículo 74 inc. "A" del DecretoLey 8.031/73 -t.o. decreto 181/87-. Regístrese.
Notifíquese Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener. Juez".
El auto que ordena el libramiento del presente dice en su parte pertinente: "Tigre, 16 de junio 2017 a los fines de notificar a los causantes del fallo absolutorio cuya copia certificada obra a fs. 2/3 vta. publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. art. 129 del C.P.P., a cuyo fin líbrese el oficio de estilo. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 16 de junio de 2017. Mariano Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.496 / jul. 19 v. jul. 25
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional n CO-2218-1999, caratulada "Fernández Alberto Rodolfo s/ Infracción Artículos 72 y 74 inciso A, DecretoLey 8.031/73 - Reconstrucción", que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del departamento judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avenida del Libertador General San Martín N
254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notifi-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 19 DE JULIO DE 2017

car a don ALBERTO RODOLFO FERNÁNDEZ y a don ORLANDO MARTÍN GONZÁLEZ la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución ente dicha, y a transcribirse en los respectivos edictos, dice así en su parte pertinente: Tigre, 16 de junio de 2017.
Y Vistos: Resulta: Considerandos: Resuelvo: 1
Disponer la extinción de la acción Contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Alberto Rodolfo Fernández y de Orlando Martín González de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del DecretoLey 8.031/73 art. 3 del Dec. Ley 8.073 Regístrese.
Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar los causantes de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 16 de junio de 2017. Mariano Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.497 / jul. 19 v. jul. 25


POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional n CO-2398-1999, caratulada "Provale Pablo Gustavo s/ Infracción Artículo 74 inciso "A", Decreto-Ley 8.031/73
- Reconstrucción", que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avenida del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don PABLO GUSTAVO
PROVALE y a don FEDERICO DELMAS la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución ente dicha, y a transcribirse en los respectivos edictos, dice así en su parte pertinente: "Tigre, 16 de junio de 2017. Y Vistos: Resulta: Considerandos:
Resuelvo: 1 Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Pablo Gustavo Provale y de Federico Delmas de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado el plazo previsto por el artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 art. 3 del Dec. Ley 8.031/73 Regístrese.
Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar a los causantes de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. art. 129 del C.P.P., a cuyo fin líbrese el oficio de estilo. Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 16 de junio de 2017. Mariano Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.498 / jul. 19 v. jul. 25
POR 5 DÍAS - En el marco de la causa contravencional n CO-2548-1999, caratulada "Robles Miguel Samuel y otros s/ Infracción Artículos 72 y 74 inciso "A", DecretoLey 8.031/73 e Ibarra Raúl Alberto s/ Infracción Artículos 42, 72 y 74 inciso "A", Decreto-Ley 8.031/73
Reconstrucción", que tramita por ante el Juzgado de Paz Letrado de Tigre, del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Alberto Raúl Wagener, sito en la Avenida del Libertador General San Martín N 254 de la localidad y partido de Tigre, Secretaría Única, a fin de solicitarle tenga a bien proceder a la publicación de los edictos respectivos por el término de cinco 5 días conf. art. 129 del C.P.P., ello así, con el objeto de notificar a don MIGUEL SAMUEL
ROBLES; a don HUGO ORLANDO BARRO; a don GUSTAVO ADOLFO HERRERA; a don MARIO GUILLERMO
FIGUEREDO; a don CÉSAR ESTEBAN POGONZA; a don LUIS ALBERTO BARRO; a don RAÚL ALBERTO IBARRA;
y a don CRISTIAN SEBASTIÁN HIDALGO la resolución dictada en la mencionada causa. La parte resolutiva de la resolución ente dicha, y a transcribirse en los respectivos edictos, dice así en su parte pertinente: "Tigre, 16 de junio de 2017. Y Vistos: Resulta: Considerandos:
Resuelvo: 1 Disponer la extinción de la acción contravencional por prescripción en estos actuados respecto de Miguel Samuel Robles; de Hugo Orlando Barro; de Gustavo Adolfo Herrera; de Mario Guillermo Figueredo; de César Esteban Pogonza; de Luis Alberto Barro; de Raúl Alberto Ibarra; y de Cristian Sebastián Hidalgo de cuyas demás circunstancias personales son de conocimiento y figuran en autos, en los términos de lo dispuesto por el artículo 323 inciso 1 del C.P.P., toda vez que ha operado
PÁGINA 5645

el plazo previsto por eI artículo 33 del Decreto-Ley 8.031/73 art. 3 Dec.- Ley 8.031/73 Regístrese.
Notifíquese Asimismo, y a los fines de notificar a los causantes de autos, publíquense edictos a través del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires por el término de cinco días conf. art. 129 del C.P.P., a cuyo fin, líbrese el oficio de estilo Firmado: Dr. Alberto Raúl Wagener, Juez. Tigre, 16 de junio de 2017. Mariano Delichotti, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.499 / jul. 19 v. jul. 25


POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a LÓPEZ GUSTAVO GABRIEL, para que en el término de cinco días comparezca la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa N
41239-12, seguida al nombrado en orden al delito de Robo en grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse al comparendo compulsivo. Arts. 303, 304 del C.P.P. Lomas de Zamora, 6 de julio de 2017, Dra. Analía Estanga, Secretaria.
C.C. 8.466 / jul. 19 v. jul. 25
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a GALARZA JAVIER HERNÁN, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa N 31678-16, seguida al nombrado en orden al delito de Hurto Calificado en grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde, se revoque la excarcelación otorgada y se ordene su inmediata detención Arts.
303, 304 del C.P.P.. Lonas de Zamora, 10 de julio de 2017. Dra. Analía Estanga, Secretaria.
C.C. 8.467 / jul. 19 v. jul. 25
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez Dra. Andrea V. Ramos Perea, Secretaría Única a mi cargo, cita y emplaza a ROMERO EZEQUIEL GUSTAVO, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede del Juzgado a estar a derecho en la presente causa N 7073-16, seguida al nombrado en orden al delito de Hurto en grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse al comparendo compulsivo. Arts. 303, 304 del C.P.P.. Lomas de Zamora, 6 de julio de 2017. Dra. Analía Estanga, Secretaria.
C.C. 8.468 / jul. 19 v. jul. 25
POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo N1 del Departamento Judicial Mar del Plata en el expediente caratulado Báez Rosa Pabla c/ Comercial Phone S.A. y otros s/ Cobro de salarios Expte. N 61323 ha ordenado notificar a la demandada SICMA OUTSOURCING S.A. las siguientes resoluciones: Mar del Plata, 19 de febrero de 2013. Autos y Vistos: Por presentado y parte tiénese al Dr.
César Claudio Benvenuto en el carácter de invocado y por domicilio legal constituido. Martes y viernes para notificaciones en Secretaría art. 16 de la Ley 11.653. De la demanda instaurada traslado a la demandada por el término de diez días o la ampliación legal que corresponda en razón de distancia, a quien se cita y emplaza a que comparezca a contestarla y estar a derecho dentro del expresado plazo de bajo apercibimiento de ley art. 28 de la Ley 11.653. Por cumplido con el pago que prevén las Leyes 8.480 y 10.268. Agréguese la carta poder fs. 1 y la documentación de fs. 2/28. Exímase al presentante de acompañar copias de la documentación adjuntada con la demanda, haciéndose saber al accionado que podrá examinar los originales por Secretaría Art. 121 del C.P.P..
Notifíquese art. 137 del C.P.C.. Fdo. Dr. José María Casas, Presidente; Dra. Rosa Amalia Gómez, Juez.
C.C. 8.473 / jul. 19 v. jul. 20
POR 3 DÍAS El Juzgado en lo Civil y Comercial N1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, cita por 5 días hábiles computables a partir del día hábil siguiente al de la última publicación edictal, en los autos Asoc. Civil de Usuarios Bancarios Argentinos
ACUBA c/ Banco De Galicia y Buenos Aires S.A. s/
Materia a Categorizar Expdte. 123.100 a ASOCIACIO-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 19/07/2017 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data19/07/2017

Conteggio pagine14

Numero di edizioni3382

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione15/07/2024

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