Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/05/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal y al Ministerio de Seguridad por planilla. IV.- levantar la inhibición general de bienes decretada contra el imputado Horacio Armando Morales. A tal fin, líbrese oficio al Registro en mención. Regístrese, notifíquese a las partes, líbrese oficio al Boletín Oficial a fin de comunicar tal resolución, a fin de no dilatar el libramiento de las comunicaciones de la presente resolución, en tanto que la misma no causa gravamen a quien fuera imputado de autos, cúmplase con la comunicaciones de ley y con lo ordenado en el punto III y IV.. Por último, archívese. Fdo. Dra. Sandra Claudia Martucci, Juez en lo Correccional". Karina Luján Castro, Secretaria. Quilmes, 15 de febrero de 2017.
C.C. 5.469 / may. 12 v. may. 18


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, en causa Nº 3376, seguida a MARTA EULOGIA
BORJA DE GALVÁN en orden al delito de Hurto en grado de tentativa, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: "Ciudad de Quilmes, 03 de noviembre de 2016. Autos y Vistos: Considerando: Resuelvo: I.Sobreseer a Marta Eulogia Borja de Galván titular del DNI
93.746.052, estado civil casada, ocupación vendedora ambulante, nacionalidad peruana, nacida el 30 de mayo de 1965 en Lima, Perú, hija de Eulogia Borja Herrera y Elías Ramón Torres, con domicilio en la calle Luis Sáenz Peña Nº 1632, Hotel Sáenz Peña, Habitación 8 de Constitución, Capital Federal, en orden al delito de Hurto en grado de tentativa, presuntamente cometidos el día 15
de agosto de 2015 en perjuicio de Roberto Antonio Rozas, de conformidad con lo normado en el Art. 42 y 162 del Código Penal, Arts. 322, 323 Inc. 7º y 341 del C.P.P., en función del Art. 20 de la Ley 13.433. II.- Levantar la inhibición general de bienes decretada contra la imputada Marta Eulogia Borja de Galván a tal fin líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires, adjuntado copia del folio de seguridad obrante a fs. 96. Regístrese, notifíquese, comuníquese, y oportunamente archívese. A fin de comunicar al Registro Nacional de Reincidencia, adjúntese al oficio de comunicación un juego de fichas dactiloscópicas de la encartada obrantes en la causa. - Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez, ante mí Carina Verónica Abregú, Auxiliar Letrada.
Quilmes, 17 de marzo de 2017.
C.C. 5.466 / may. 12 v. may. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, en causa Nº 3701 seguida a PEDRO GUILLERMO VEGA a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: Ciudad de Quilmes, 25 de agosto de 2016. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I.Declarar extinguida la acción penal por prescripción en causa Nº 3701 seguida a Pedro Guillermo Vega por el delito de Atentado a la autoridad Art. 239 del Código Penal, que le fuera atribuido presuntamente como ocurrido el día 10 de septiembre de 2013 en la localidad y partido de Berazategui Art. 59 Inc. 3 62 Inc. 2º del C.P. II.
Sobreseer total y definitivamente a Pedro Guillermo Vega, titular del D.N.I. Nº 05.188-184, de nacionalidad argentina, de 72 años de edad nacido el 26 de mayo de 1944 en la Ciudad de Chimbas Provincia de San Juan, hijo de Guillermo Saúl Vega y de Rosalba Javiera Cardozo, aportando como último domicilio el de la calle 880 Nº 4895
entre 849 y 850 de San Francisco Solano Partido de Quilmes, por el hecho atribuido como ocurrido el 10 de septiembre del año 2013 en la localidad y Partido de Berazategui, que tramitó como IPP 13-01-5102-13 ante la UFI y J Nº 5 y como causa del Juzgado de Garantías Nº 4
ambas de este Departamento Judicial. III.- Levantar la inhibición general de bienes decretada en contra de Pedro Francisco Vega. Regístrese, notifíquese, cúmplase con la comunicaciones de ley y líbrese oficio al RPI. Fecho, archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez". Luciana de Luca, Auxiliar Letrada. Quilmes, 28 de diciembre de 2016.
C.C. 5.467 / may. 12 v. may. 18
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Dra. Sandra Claudia Martucci, en causa Nº C-172, seguida a FRANCISCO
RUIZ por Presunta Infracción al Art. 6 de la Ley 13.178, a
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 18 DE MAYO DE 2017

fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: "Ciudad de Quilmes, 17 de agosto de 2016. Autos y Vistos: Y Considerando: Resuelvo: I.- Declarar la extinción de la acción penal por prescripción de la presente causa Nº C-172 seguida a Francisco Ruiz por la presunta Infracción al Art. 6 de la Ley 13.178, de conformidad con lo normado por los Arts. 3, 33, 34 del Decreto Ley 8.031-73 y Art. 67 Inc. 2º del C.P. de aplicación supletoria. II.- Sobreseer total y definitivamente a Francisco Ruiz, titular del D.N.I. Nº 7.850.271, con domicilio en Av. Dardo Rocha Nº 1302 de la localidad de Bernal, del partido de Quilmes, por la infracción presuntamente cometido el día 16 de agosto del año 2014 en la localidad de Bernal, del partido de Quilmes y calificado como infracción al Art. 6 de la Ley 13.178 Art. 322 y 323 Inc. 1 del C.P.P.. Notifíquese a la Defensoría Oficial interviniente y al contraventor Francisco Ruiz. Fecho, líbrese oficio al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires.
Regístrese, notifíquese, firme archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez". "Ciudad de Quilmes, 05 de abril de 2017. En atención a lo informado en las actuaciones obrantes a fs. 54, en cuanto a que la Sra. Silvina Ruiz, hija del Sr. Francisco Ruiz manifestó que su padre sufrió un A.C.V. y que no tiene conocimiento del tiempo y espacio, la misma recibió personalmente la correspondiente notificación. Ahora bien, a fin de salvaguardar el honor y el buen nombre del Sr. Francisco Ruiz, atento a que la resolución que extingue la presente acción no causa gravamen a quien fuera imputado en autos, publíquese la misma en el Boletín Oficial. A tal fín líbrese oficio. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez". Stella Maris Rossi, Auxiliar Letrada. Quilmes, 05 de abril de 2017.
C.C. 5.465 / may. 12 v. may. 18


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional Nº 4, Dra. María Laura Pinto de Almeida Castro, el presente en la causa Nº 1420-2016 caratulada Figueroa Javier Alejandro s/ Lesiones Leves Agravadas a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación por cinco días a efectos de citar al imputado JAVIER ALEJANDRO
FIGUEROA titular del DNI 36.705.021, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe:
"Bahía Blanca, 2 de mayo de 2017. Atento el estado de autos y siendo que el Sr. Figueroa Javier Alejandro no ha sido habido, desconociéndose su actual paradero; cítese lo al mencionado imputado para que en el plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Av. Colón Nº 46 Piso 5to. de la ciudad de Bahía Blanca, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Notifíquese. Fdo. María Laura Pinto de Almeida Castro." María Mercedes Rico, Secretaria. Bahía Blanca,2 de mayo de 2017.
C.C. 5.471 / may. 12 v. may. 18
POR 5 DÍAS - EI Juzgado Correccional Nº 2, a cargo del Dr. Guillermo Burrone, por licencia comunicada de su titular, secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V.
Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de dicha ciudad, en los autos "Lucero Carlos Héctor s/ Lesiones Leves, Amenazas", Expte. Nº:
PE-65-2017 y su causa acumulada 66-2017 caratulada "Lucero Carlos Héctor s/ Amenazas", notifica por este medio a CARLOS HÉCTOR LUCERO, D.N.I. 10.958.971, la resolución que dice: "Pergamino, 27 de abril de 2017.
Atento lo informado por la Defensa a fojas 112 y en razón de lo comunicado por el oficial notificador a fajas 110, notifíquese por edictos al imputado Carlos Héctor Lucero, para que dentro del plazo de cinco días, se presente en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Arts. 303 y ccs.
del C.P.P. Notifíquese. Proveo por licencia comunicada de la titular. Fdo. Dr. Guillermo Burrone". Marcela V.
Fernández, Secretaria. Pergamino, 27 de abril de 2017.
C.C. 5.477 / may. 12 v. may. 18
POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 20454/ I.P.P. Nº PP-0300-007772-99100 caratulada: "Hernández Humberto Victoriano s/ Robo ", de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, Departamental a cargo del Dr. Christian Sebastián Gasquet, Secretaría del Dr. Juan Miguel Nogara, a fin de solicitarle proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al imputado HUMBERTO VICTORIANO HERNÁNDEZ, DNI 27.739.280, con
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último domicilio conocido en calle Avenida Galo, Garita Nº 8 de General Lavalle, la siguiente resolución: "Dolores, 3
de febrero de 2017. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento impetrada por el Sr. Agente Fiscal en favor de Humberto Victoriano Hernández. Y Considerando: Que a fs. 134 el señor Agente Fiscal a cargo de la UFlyJ Nº 1, Dr. Gustavo David García, solicita se sobresea al imputado Humberto Victoriano Hernández por el delito de Robo, previsto y reprimido en el Art. 164 del Código Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos.
Funda su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de la sentencia condenatoria contra el imputado cuyo testimonio obra a fs. 132/133, ha transcurrido en exceso el término previsto por el Art. 62 Inc. 2º en su relación con el Art. 164 del Código Penal. En consecuencia de conformidad con los estatuido por el Art. 324
del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el orden dispuesto por el Art. 323 del ritual, arribo a la conclusión de que le asiste razón al Dr. García.
Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho y por ende la autoría del imputado en el mismo, lo cierto es que desde la fecha del último acto interruptivo de la acción, esto es la sentencia condenatoria del 20 de junio de 2006, al presente, ha transcurrido en exceso el término que la citada norma y el Art. 62 prevee como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito. Art. 67. Inc. 4º del C. Penal.
Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse al imputado en orden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el Art. 323 del C.P.P. Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los Arts.
59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, y 67 del C. Penal; y Arts. 321, 322, 323 Inc. 1º y 324 y Conc. del C.P.P., Resuelvo: Sobreseer totalmente a Humberto Victoriano Hernández, argentino, con D.N.I. 27.739.280, nacido el 1º de octubre de 1979 en Mar del Tuyú, hijo de Humberto Victoriano y Elena Inés Montesino, domiciliado en calle Avenida Galo de Lavalle, Garita Nº 8, en orden al delito de Robo, previsto y reprimido en el Art. 164 del Código Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por prescripción la acción penal. Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. Regístrese, notifíquese al Sr.
Defensor Oficial, Agente Fiscal e imputado. Fdo.
Christian Sebastián Gasquet. Juez. Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Como recaudo transcribo el auto que ordena el presente: "Dolores, 26 de abril de 2017. Atento lo que surge del oficio proveniente de la Subestación Comunal Paraje Pavón en el que se informa que el imputado Humberto Victoriano Hernández no pudo ser notificado de la resolución de fs. 135 y vta., ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal." Fdo.
Christian Sebastián Gasquet. Juez. Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Héctor Alberto Zamora, Auxiliar Letrado. Dolores, 26 de abril de 2017.
C.C. 5.478 / may. 12 v. may. 18


POR 5 DÍAS - En la Causa Nº 18.922 I.P.P. Nº PP-0302-003613-10/00 seguida a GALARZA, VÍCTOR OSCAR s/
Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a cargo de la Dra. Laura Inés Elías, Secretaría Única a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Mitre Nº 83 de Mar de Ajó, la resolución que dictara este Juzgado con fecha de 03 de abril de 2.017, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación:
Autos y Vistos Resuelvo: Sobreseer Totalmente a Galarza Víctor Oscar, en orden al delito de Hurto simple en grado de tentativa, previsto y penado por los Arts. 162 y 42 del Código Penal. Regístrese, notifíquese Regístrese, notifíquese. Fdo.: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1.
Asimismo, transcribole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, de abril de 2017. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Galarza Víctor en la que se informa que el mismo no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 18/05/2017 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data18/05/2017

Conteggio pagine30

Numero di edizioni3390

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione25/07/2024

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