Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/04/2017 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 2520

LA PLATA, VIERNES 7 DE ABRIL DE 2017

Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente".
Evacuada que fuera la vista a la defensa fs. 145 y atento lo informado por el Patronato de Liberados delegación La Plata y Ensenada fs. 126 y 144 en tanto dan cuenta que desde que el encartado se mudó perdió contacto con la institución, entiendo que Sotomayor se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 116, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenar su comparendo Art. 150 C.P.P Fdo.: Graciela M. Buscarini, Juez.
María Victoria Labombarda, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.069 / abr. 6 v. abr. 12


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Señora Juez del Tribunal Oral en lo Criminal Nº 5 del Departamento Judicial La Plata, en causa Nº 3157/0302 I.P.P. 06-00-034569-14
seguida a Chávez García Elías Manuel y Rodríguez Solano Bondy Romel por los delitos de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y Tenencia de estupefacientes, en los términos de los Arts. 5 Inc. c y 14 primer párrafo de la Ley 23.737, a efectos de solicitarle se proceda a la publicación de edictos con el objeto de notificar a CHÁVEZ GARCÍA ELÍAS MANUEL y a RODRÍGUEZ SOLANO BONDY ROMEL, lo resuelto con fecha 16/03/2016 que a continuación se transcribe: "La Plata, 16 de marzo de 2016. - I Por recibida la causa Nº 3157/0302 seguida a Chávez García Elías Manuel y Rodríguez Solano Bondy Romel por el delito de Tenencia de estupefacientes con fines de comercialización y Tenencia de estupefacientes, en los términos del Art. 5 Inc. c y 14 primer párrafo de la Ley 23.737, notifíquese a las partes su radicación en este Tribunal Oral en lo Criminal Nº 5 Departamental, integrado Unipersonalmente por la Dra. María Isabel Martiarena, Secretaria María del Rosario Goñi, Secretario Adscripto Fernando Raggio Ricci, y Auxiliar Letrada Ana Clelia Marconi, y cíteselas a juicio por el plazo individual de diez 10 días para cada una, a fin de que dentro del mismo interpongan las recusaciones que estimen pertinentes y ofrezcan las pruebas que pretendan utilizar en el deba te.
En la misma oportunidad, las partes deberán manifestar expresamente si consideran necesario realizar una audiencia preliminar, haciéndoles saber que la única oportunidad procesal para expedirse sobre la pertinencia de la audiencia es con el ofrecimiento de prueba Arts. 338, primer párrafo, 47 y cctes. del Código Procesal Penal Firmado:
Carmen Rosa Palacios Arias, Juez". Asimismo se deberá publicar, que pasados cinco 5 días desde la citada publicación en el Boletín Oficial, deberán presentarse Chávez García Elías Manuel y Rodríguez Solanol Bondy Romel en la Sede de este Tribunal a fin de regularizar su situación procesal, bajo apercibimiento que en caso de no hacerlo, serán declarados rebeldes y se ordenarán sus capturas, conforme lo dispuesto en el día de la fecha por la Sra. Juez María Isabel Martiarena. La Plata, 14 de marzo de 2017.
Paula Mariana Zabala, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.070 / abr. 6 v. abr. 12
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 2 de La Matanza sito en calle Paraguay N 2466 piso 2 de San Justo, ha ordenado notificar a ALEJO RICARDO NISI, en autos Sánchez Damián Oscar c/ Nisi Alejo Ricardo y otros s/ Despido; los siguiente: San Justo, 15 de febrero de 2016. Proveyendo a fs. 156 de conformidad con lo peticionado, no habiendo los co-demandados Alejo Ricardo Nisi y Ariel Bruno Nisi contestado la acción a pesar de estar debidamente notificada ver fs.150152, 153/155, hácese efectivo el apercibimiento mencionado y en consecuencia, déseles por perdido el derecho dejado de usar y el de ofrecer pruebas, declarándoselos en rebeldía. Para notificaciones en Secretaría. Martes y viernes arts. 26 y 28
de la Ley 11.653. Las siguientes resoluciones se tendrán por notificadas mediante Ministerio Legis. Notifíquese. A
cargo Firmado: Dra. Silvia Noemí Mac Vicar de Olmedo Juez. San Justo 13 de diciembre de 2016. Proveyendo a fs. 186 atento al estado de autos y lo peticionado por la parte actora conforme lo dispone el art. 59 del C.P.C.C.
notifíquese la rebeldía decretada en autos a fs. 157 res-

BOLETÍN OFICIAL

pecto de los accionados Alejo Ricardo Nisi y Ariel Bruno Nisi publicándose edictos por el término de dos días, en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, y en el Diario El Informativo con domicilio en Entre Ríos 2985 de San Justo, con efecto de pago diferido, atento a que el actor goza con el beneficio art. 59 y 146 del C.P.P.C.; art.
12, 22 y 63 Ley 11.653. Dra. Silvia Noemí Mac Vicar de Olmedo, Juez. San justo, 20 de febrero de 2017. María Laura Paz, Secretaria.
C.C. 4.103 / abr. 7 v. abr. 10


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo interinamente del Dr. Hernán Sergio Archelli, sito en la calle Moreno 623 1 Piso de San Isidro, cita y emplaza a SOSA SAGASTUME JUAN PABLO con último domicilio en Ingeniero White 1660 localidad de Rincón de Milberg partido de Tigre Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3
días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N
4731 que se le sigue por Hurto en Grado de Tentativa bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 28 de marzo de 2017. En atención al informe policial obrante a fs. 72 y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Juan Pablo Sosa Sagastume cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P." Fdo. Hernán Sergio Archelli, Juez interino. Ante mí: Paula G. Marzocchi, Secretaria". San Isidro, 28 de marzo de 2017.
C.C. 4.105 / abr. 7 v. abr. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a AXEL ALBERTO ÁLVAREZ, en la causa Nº 4458-P del registro de este Juzgado, DNI N
39.876.034, con último domicilio en la calle Luis Sáenz Peña 1734, habitación 2, Constitución, Capital Federal, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de notificarse de la radicación de la causa de referencia en este Juzgado, que se le sigue por el delito de Hurto en grado de tentativa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: "San Isidro, 28 de marzo de 2017. No habiendo sido posible dar con el paradero del coimputado Álvarez, intímeselo por edictos, a que dentro del quinto día de publicados, comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo arts. 129, 303 y sstes del C.P.P Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: Mariela Quintana, Secretaria.
C.C. 4.107 / abr. 7 v. abr. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N 2, a cargo del Dr. Carlos Picco, por licencia comunicada de la titular, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V. Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos "Ogas Carlos Daniel s/ Lesiones Leves Calificadas, Amenazas", Expte.
N: PE-1193-2016, notifica por este medio a CARLOS
DANIEL OGAS, D.N.I. 22.071.782, la resolución que dice:
"Pergamino, 20 de marzo de 2017. Atento lo informado por el oficial notificador a fojas 106 y en razón de que la Defensa no denunció nuevo domicilio del imputado fs.
108 notifíquese por edictos al imputado Carlos Daniel Ogas, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde arts. 303
y ccs. del C.P.P.. Fdo. Dr. Carlos Picco". Marcela V.
Fernández, Secretaria.
C.C. 4.111 / abr. 7 v. abr. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional N 2, a cargo del Dr. Carlos Picco, por licencia comunicada del Titular, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V. Fernández,
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos "Juárez Nilda Liiiana s/ Tenencia Simple de Estupefacientes", Expte. N:
PE-1185-2016 I.P.P. N 5985-15, notifica por este medio a Nilda Liliana Juárez, DNI 16.163.864, la resolución que dice: "Pergamino, 21 de marzo de 2017. Atento a lo informado, notifíquese por edictos a la imputada NlLDA
LILlANA JUÁREZ, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este juzgado a constituir nuevo domicilió, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde.
arts. 303 y ccs. del C.P.P.. Notifíquese. Proveo por licencia comunicada de la Titular. Fdo. Dr. Carlos Picco Juez". Marcela V. Fernández, Secretaria.
C.C. 4.112 / abr. 7 v. abr. 13


POR 2 DÍAS - El Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 4, Sec. Única del Dpto. Judicial de Mar del Plata, sito en calle Brown 2241, Tel. 491-0594, Raúl Eduardo Garros, Juez Civil y Comercial, hace saber que en los autos caratulados "Comité de Administración del Fideicomiso de Recup.
Cred. Ley 12.726 c/ Sucesores de LÓPEZ EMILIO RAFAEL, LÓPEZ PABLO JAVIER y CASTRO DE LÓPEZ
ÁNGELA CARMEN s/ Ejecución" Expte. 62623, se cita a los herederos del co-ejecutado López Emilio Rafael, LE
7.044.724, para en que en el término de 5 días comparezcan a hacer valer sus derechos en el presente juicio constituyendo domicilio y denunciado su domicilio real, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente. Mar del Plata, 6 de junio de 2016. Marcos R. Valdettaro, Auxiliar Letrado.
C.C. 4.109 / abr. 7 v. abr. 10
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 2 de Dolores, notifica en el marco del expediente "Meneses, Miguel Ángel c/ Hotel SR S.A. y otros s/ Despido" Expte. N
38.378 que habiendo vencido el término acordado a la demandada para comparecer al juicio para hacer valer sus derechos, conforme lo normado en los art. 17 y 28 Ley 11.653, tiénese por no contestada la demanda y declárase la rebeldía de: JUAN CARLOS SANSOTTA haciéndose saber que las sucesivas resoluciones quedarán notificadas por ministerio de Ley con excepción de la sentencia definitiva. Dolores, marzo 16 de 2017. Victoria Aranda, Auxiliar Letrada.
C.C. 4.108 / abr. 7 v. abr. 10
POR 5 DÍAS - En mi carácter de Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad de Dolores, en causa N 714/15 interno N 1242 caratulada "Ninni Mauricio Gabriel s/ Hurto Art. 162 C.P. en Lezama", Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a NINNI MAURICIO
GABRIEL la resolución dictada en el día de la fecha y el contenido del artículo 54 de la Ley 8.904 que a continuación se transcribe en su parte dispositiva esencial:
"Dolores, 7 de marzo de 2017. Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa Nº 714-2015 Interno Nº 1242
caratulada Ninni Mauricio Gabriel s/ Hurto Art. 162 C.P.
en Lezama, atento lo actuado a fs. 50 y 57 y Considerando: Segundo: Nos encontramos ante el supuesto previsto en el artículo 17 de la Ley 13.433 en cuanto se arribó a un Acuerdo en el que ambas partes encontraron satisfechos sus intereses. En virtud de lo normado por el artículo 20 de la Ley citada y teniendo en cuenta la finalidad de la Ley de Mediación art.2 en cuanto procura conciliar intereses, pacificar un conflicto, promoviendo la autocomposición en un marco jurisdiccional y con pleno respeto de las garantías constitucionales neutralizando los perjuicios derivados del proceso penal;
entiendo corresponde, archivar las presentes actuaciones.
Por ello, resuelvo: I. Archivar la presente causa Nº 7142015 Interno Nº 1242 seguida a Ninni Mauricio Gabriel, DNI 30.061.767,de estado civil casado nacido el 28/02/1983 en la ciudad de la Matanza, Provincia de Buenos Aires hijo de Graciela Grandici V y de Miguel Ángel V, domiciliado en calle Colón N 24 de Lezama, por el delito de Hurto previsto y reprimido por el 162 del C.P., en los términos del artículo 20 de la Ley 13.433 por el hecho ocurrido en Dolores el día 4 de abril de 2015, sin

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/04/2017 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/04/2017

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3391

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione26/07/2024

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