Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/05/2016 - Sección Judicial

Versione di testo Cosa è?Dateas è un sito indipendente non affiliato a entità governative. La fonte dei documenti PDF che pubblichiamo qui è l'entità governativa indicata in ciascuno di essi. Le versioni in testo sono trascrizioni che realizziamo per facilitare l'accesso e la ricerca di informazioni, ma possono contenere errori o non essere complete.

Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N
3593-14, I.P.P. N 03-03-003056-14 autos caratulados Jiménez Luciano Darío por el delito de Amenazas Agravadas de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta Localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, a JIMÉNEZ LUCIANO DARÍO DNI Nº 40.091.169 cuyo último domicilio conocido es Montevideo Nº 1825 de la Localidad de Ostende. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución a notificar: Dolores, 1º de julio de 2015. Autos y Vistos y Considerando
Resuelvo: 1 Declarar al menor Luciano Darío Jiménez nacido el día 25 de enero de 1997, argentino, con DNI N
40.091.169, hijo de Carlos Alberto Jiménez y de Rocío Natalia Isas, con domicilio en Calle Montevideo N 1825 de la Localidad de Ostende, no punible por hecho, sobreseyéndolo definitivamente en virtud del delito de: Amenazas en la presente causa N 03593-14, Caratulada Jiménez, Luciano Darío s/ Amenazas, de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2
Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3 Encontrándose el menor bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto reglamentario, por no registrar el menor antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del juzgado en el marco de la presente causa, sin perjuicio de la facultad propia del Ministerio Público Fiscal de requerir por propia iniciativa y en forma directa al Servicio de Promoción y Protección de los Derechos del Niño su intervención ante la posible vulneración de derechos del menor encausado. 4º Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven. 5º Líbrese oficio a Comisaría para notificar al menor y persona mayor responsable. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite. 6º Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal con copia de la presente resolución a sus efectos.
Fdo. María Fernanda Hachamann, Juez de Garantías del Joven Departamental. Asimismo transcribe el despacho que dispuso el presente: Dolores, de septiembre de 2015.
I/ Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Ostende, en la presente Carpeta de Causa Nº 3593-14, y atento a lo informado por la progenitora de Jiménez Luciano Darío a efectos de notificar la Resolución de fecha 1º de julio de 2015 al joven y mayor responsable, ordénese la notificación de dicha resolución al menor Jiménez, por cuanto la madre ya se encuentra notificada, mediante edictos conf. Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días. II A
fin de que se dé cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven Departamental. Dolores, 28 de septiembre de 2015. María Celeste Victor, Auxiliar Letrada.
C.C. 5.343 / may. 10 v. may. 16


POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 413415 autos caratulados Portela, Andrés Alejandro y otros s/
Daño, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P.
a fin de dar por notificado a AGUSTINA SEÑORANS y persona mayor responsable del mismo la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente: Dolores, de julio de 2015. Autos y Vistos Considerando
Resuelvo: I Sobreseer definitivamente por edad y por hecho: Al menor Portela, Andrés Alejandro, nacido el día 29 de abril de 2001 en Pergamino, con DNI Nº 43.459.326, hijo de Walter Orlando Portela, con domicilio en Calle 1 Nº 1670 entre 36 y 38 de Las Toninas por el delito de Daño previsto y penado en el Art. 183 del C.P, por concurrir causal de Inimputabilidad conforme lo normado en el Art.
323 incs. 5 del C.P.P. Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. II Sobreseer definitivamente por edad y por hecho: A la menor Señorans, Agustina, nacida el día 27 de diciembre de 1999 en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, con DNI Nº 42.341.693, con domicilio en Calle Santa Fe y Anchorena esquina edificio de la Localidad de Las Toninas por el
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 16 DE MAYO DE 2016

delito de Daño previsto y penado en el Art. 183 del Código Penal, por concurrir causal de Inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 incs. 5 del C.P.P. Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. III Sobreseer definitivamente por edad y por hecho:
Al menor Quintana, Facundo Guillermo, nacido el día 10
de julio de 2001 en la Localidad de Begui, Provincia de Buenos Aires, con DNI Nº 43.593.213, hijo de Alejandra Peralta, con domicilio la Calle 7 Nº 2255 entre calle 40 y 42 de Las Toninas por el delito de Daño previsto y penado en el Art. 183 del Código Penal, por concurrir causal de Inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 incs.
5 del C.P.P. Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. IV Encontrándose los menores bajo responsabilidad de persona mayor responsable y no siendo del caso dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 y su respectivo decreto Reglamentario, por no registrar los menores antecedentes penales, cesar definitivamente la intervención del Juzgado en el marco de la presente causa. V
Notifíquese al Señor Defensor Oficial del Joven y a la Señora Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. VI
Líbrese oficio a Comisaría para notificar a los menores y persona mayor responsable. VII Fecho, archívese la causa sin más trámite. VIII Regístrese. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Dolores, de agosto de 2015.
Agréguese y téngase presente el oficio diligenciado por Dto. Las Toninas en el marco de la presente carpeta de causa. Atento a lo informado por dicho Destacamento respecto de la inexistencia del domicilio de la menor Señorans, Agustina, líbrese oficio por ante el Boletín Oficial de la Prov. de Buenos Aires a fin de cumplir con la notificación del sobreseimiento dispuesto a fs. 5/7. Fdo.:
María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Dolores, 13 de agosto de 2015. Agustina M. Franco, Abogada Secretaria.
C.C. 5.344 / may. 10 v. may. 16


POR 5 DÍAS - En relación a la Carpeta de Causa N
3777-15, autos caratulados Ávalos, Agustín Maximiliano s/
Abuso Sexual, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra.
Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini N 19 de esta Localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, al menor ÁVALOS, AGUSTÍN MAXIMILIANO DNI 43.508.565 cuyo último domicilio conocido es en Avenida 7 entre 148 y 148
de Villa Gesell. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución de fecha 3 de junio de 2015, a notificar: Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I
Sobreseer definitivamente por edad al menor Ávalos, Agustín Maximiliano, nacido el día 12 de julio 1999, con DNI
Nº 43.508.565, hijo de Florencia Isabel Gallardo y de Eduardo Alberto Ávalos con domicilio en Avenida 7 entre 148 y 149 de la Localidad de Villa Gesell por el delito de Abuso Sexual previsto y penado en el Art. 119 primer párrafo del C.P, por concurrir causal de inimputabilidad conforme lo normado en el Art. 323 incs. 5 del C.P.P. II Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. III Ordenar la inmediata intervención del Servicio Zonal de Promoción y Protección de Derechos a fin de que arbitre los medios tendientes a derivar al organismo que por Localidad corresponda ello a fin de realizar seguimiento del menor encausado y su familia de conformidad con lo establecido en el Art. 63 de Ley 13.634 y ello sin perjuicio de disponer el cierre del proceso penal, en tanto y en cuanto surge de los elementos reseñados en la I.P.P. la posible existencia de una vulneración de derechos. IV Levantar la prohibición de acercamiento impuesta, en fecha 13 de febrero de 2015, al joven Ávalos Agustín Maximiliano hacia la persona Thiago Nahuel Pérez Ávalos y su grupo familiar.
V Notifíquese al Señor Defensor Oficial del Joven y a la Señora Agente Fiscal del Joven en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. a la Unidad Funcional del Joven Departamental con copia del presente a sus efectos. VI
Líbrese oficio a Comisaría de Villa Gesell para notificar al menor y persona mayor responsable. VII Fecho, archívese la causa sin más trámite. VIII Regístrese. Fdo.: Dra. María Fernanda Hachmman, Juez del Juzgado de Garantías del Joven N 1 Departamental. Dolores, 13 de agosto de 2015.
Dolores Ochoaizpuro, Auxiliar Letrada.
C.C. 5.345 / may. 10 v. may. 16

PÁGINA 3747

POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 0361514 autos caratulados Morel Riveros, Laura Yolanda y otros s/ Robo, de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 a mi cargo, del Departamento Judicial Dolores, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, a efecto de solicitarle se sirva publicar en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires edicto por el término de cinco días según lo normado en el Art. N 129 del C.P.P. a fin de dar por notificado a LAURA YOLANDA MOREL RIVEROS y persona mayor responsable del mismo, cuyo último domicilio conocido fuera calle Tuyú e/ Mónaco y Lions de la Localidad de Ostende, Provincia de Buenos Aires, la resolución de la cual a continuación detallo su parte pertinente:
Dolores 7 de abril de 2015 Autos y Vistos
Considerandos Resuelvo: 1 Sobreseer a la menor Laura Yolanda Morel Riveros nacida el día 24 de marzo de 1997, de nacionalidad Paraguaya, con DNI N 94.941.664, domiciliada en Calle Tuyú e/ Mónaco y Lions de Ostende, en la presente causa, en orden al delito de Robo Simple, ello por cuanto el delito no fue cometido por el sindicado sustentado ello en los términos del Art. 323 inc. 4 del C.P.P.
Notifíquese al defensor oficial y señor agente fiscal en sus públicos despachos. Devuélvase la I.P.P. con copia del presente por ante el Sr. Agente Fiscal a sus efectos.
Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite.
Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal. Dolores. Asimismo transcribo el auto que dispuso el presente Dolores, de agosto de 2015. Por recibidas las actuaciones que anteceden en el marco de la presente Carpeta de Causa N 03615-14, provenientes de Comisaría de Gral. Madariaga, y en atención a lo allí expresado, ofíciese a Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires requiriendo la publicación de la Resolución N
0216-15 de fecha 7 de abril de 2015 a fin de notificar al menor Laura Yolanda Morel Riveros con DNI 94.941.664 y persona mayor responsable por edictos conforme lo normado en el Art. 129 del C.P.P.. Fdo.: María Fernanda Hachmann, Juez del Juzgado de Garantías del Joven Dptal.
Dolores. Dolores, 3 de agosto de 2015.
C.C. 5.346 / may. 10 v. may. 16


POR 5 DÍAS - En relación Carpeta de Causa N 148011, Caratulada Adami Cristian Gabriel y otro s/
Encubrimiento, y de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven N 1 Dptal. a mi cargo, sito en Calle Pellegrini N 19 de esta Localidad, Secretaría Única de la Dra. Agustina Franco, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días conforme lo normado en el Art.
129 del C.P.P. a fin de notificar al joven ADAMI CRISTIAN
GABRIEL con DNI N 41.434.678 y persona mayor responsable por edictos, cuyo último domicilio conocido era Calle 18 N 1194/1195 e/ 23 y 21 de Las Toninas.
Asimismo solicito que una vez cumplimentada la publicación tenga a bien remitir copia certificada de la misma ad probationen. Se transcribe la resolución a notificar:
Dolores, 20 de mayo de 2013. Autos y Vistos: Los de la presente Carpeta Causa N 01604-11, Caratulada Adami Cristian Gabriel s/ Encubrimiento, y Considerando: I Que se presenta la Sra. Agente Fiscal del Joven Departamental, a solicitar el sobreseimiento total del joven Adami, en los términos del Art. 323, inc 5º del C.P.P. y en el Art. 1 de la Ley 22.278. II Que se encuentra agregado en autos a fs. 12 y 57 copia simple del certificado de nacimiento del nombrado imputado desprendiéndose del mismo que el encartado es nacido el día 24 de noviembre de 1995 siendo menor de 18 años al momento del hecho.
III Que se encuentra acreditado que: Hecho precedente:
Que en Las Toninas, el día 04 de junio de 2011 sin poder precisar con exactitud el horario pero con posterioridad a las 03.30 horas autor/es ignorado/s sin ejercer violencia se apoderaron ilegítimamente de un motovehículo marca Zanella de color negra modelo Fire 50 plus modelo 98
motor número 50AJ49794 cuadro número Z074050 propiedad de García Ana María del Carmen la cual se hallaba dentro del garaje correspondiente a la vivienda sita en calle 44 y calle 1 de dicha Localidad a la fuga con al res furtiva en su poder. Hecho imputable: Que el sin poder precisar con exactitud pero en el período comprendido entre los días 04 de junio de 2011 y el día 06 de junio de 2011 siendo aproximadamente las 18.20 horas, al menos dos sujetos de sexo masculino menores de edad en calle 19 y 18 de la Localidad de Las Toninas, recibieron a sabiendas de su procedencia ilícita partes del rodado denunciado como sustraído en el hecho precedente a saber: una llanta delantera de color negra con una franja color fucsia en ambos lados laterales, un guardabarros

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/05/2016 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data16/05/2016

Conteggio pagine26

Numero di edizioni3381

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

Scarica questa edizione

Altre edizioni

<<<Mayo 2016>>>
DLMMJVS
1234567
891011121314
15161718192021
22232425262728
293031