Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/02/2016 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

vicios, expensas comunes, etc . Visitas 7, 8, 9, 10 y 11 de marzo de 2016 de 9 a 12 hs. San Isidro, 17 de febrero de 2016. Mariano Heredia Gandini, Auxiliar Letrado.
L.P. 16.098 / feb. 29 v. mar. 2

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 25 del Departamento Judicial de La Plata a cargo del Dr. Carlos J. Catoggio, Secretaría Única a cargo de los Dres. Hugo D. Taranto, Federico E. Gross y Daniel A. Galipó sito en la calle 13 entre 47 y 48 -Palacio de Justiciade la Ciudad de La Plata, Provincia de Buenos Aires, comunica por el término de cinco días que en los autos caratulados Monti Guillermo José s/ Quiebra Pequeña, Expte. Nº LP29087/2014, con fecha 21 de diciembre de 2015 se ha decretado la Quiebra de GUILLERMO JOSÉ MONTI, D.N.I. 13.461.548, con domicilio en la calle 75 Nº 923 de La Plata, la que se encuentra consentida y firme. La Sindicatura interviniente es el Cdr. Julio César Horacio Harisgarat con domicilio constituido en calle 48 Nº 884 1º B de La Plata abierta al público los días hábiles de 9:00 a 13:00 y de 15:00 a 19:00 horas. Se ordenó al fallido y a los terceros para que entreguen al Síndico los bienes de aquél, así como toda documentación de carácter contable Art. 88 Incs. 3º y 4º LCQ.
Hágase saber la prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán considerados ineficaces conforme los términos del Art. 88 Inc. 5º de la Ley 24.522. Hácese saber que el arancel verificatorio por resolución de V.S. será de $ 606, exceptuándose los créditos de causa laboral y los menores de $ 18.180. Se fijó hasta el día 25 del mes de abril de 2016, a fin que los acreedores presenten al Sr. Síndico los títulos justificativos de sus créditos en la forma indicada en los Arts. 88 y 200 de la LCQ; hasta el día 9 de mayo de 2016 para la impugnación en los términos del Art. 200
LCQ; hasta el día 7 de junio de 2016 para la presentación por el Sr. Síndico de los informes individuales del Art. 35 y 200 LCQ; el día 22 de junio de 2016 como fecha límite para el dictado de la resolución el Art. 36 de la Ley de Concursos y Quiebras Art. 200 Ley cit.; hasta el día 4 de agosto de 2016 para la presentación por el Sr. Síndico del Informe General del Art. 39 y 200 LCQ; el 19 de agosto de 2016 como fecha límite a los efectos previstos en el Art.
40 de la Ley de Concursos y Quiebras y hasta el día 16 de setiembre de 2016 en los términos de Art. 117 LCQ. La Plata, 10 de febrero de 2016. Daniel A. Galipo, Secretario.
C.C. 1.656 / feb. 23 v. feb. 29


POR 5 DÍAS El Sr. Juez Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Francisco Mario Valitutto, en la Causa Nº 5091, caratulada Díaz, Cristian Javier s/Robo simple en grado de tentativa, notifica a CRISTIAN JAVIER DÍAZ, cuyos datos filiatorios son los siguientes: DNI Nº 38.842.250, Argentina, hijo de Díaz, Silvano y de Base, Mercedes, nacido 29/05/1995, en la localidad de Quilmes y con último domicilio conocido en Montiel Nº 2444 de Ingeniero Budge, Lomas de Zamora, de la resolución que a continuación transcribe: Lomas de Zamora, 2 de febrero de 2016. Atento a lo informado a fojas 149/151 y el carácter de la resolución de fojas 141/142, notifíquese la misma por medio de edictos, a efectos de no dilatar el trámite del proceso . Fdo. Dr.
Francisco Mario Valitutto, Juez. Ante mí Secretaría Actuante. María Cecilia Barbuto. Auxiliar Letrada.
C.C. 1.697 / feb. 23 v. feb. 29
POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo P.D.S. del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Francisco Mario Valitutto, cita y emplaza, por el término de cinco días, a LÓPEZ MATÍAS
MARIO y/o FEDERICO TOMÁS, cuyos datos filiatorios son los siguientes: Indocumentado, Argentina, hijo de Mario López y de Gladys Coronel, nacido 30/09/1992, en la localidad de San Vicente y con último domicilio conocido en Calle 16 e/ Soldado Carlos Domínguez y Av. 41, Guernica, Presidente Perón, a estar a derecho art. 129 del Código de Procedimiento Penal, en la causa Nº 5656 IPP 07-00023328-14, caratulada López, Matías Mario y/o López, Federico Tomás s/Hurto, Hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa y Violación de domicilio. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena:
Lomas de Zamora, 01 de febrero de 2016. Atento lo infor-

LA PLATA, LUNES 29 DE FEBRERO DE 2016

mado respecto del desconocimiento del domicilio del imputado, ver fs. 308/310 cítese a López Matías Mario y/o Federico Tomás, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo.
Dr. Francisco Mario Valitutto, Juez. Ante mí Secretaria actuante. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 1 de febrero de 2016.
C.C. 1.698 / feb. 23 v. feb. 29


POR 5 DÍAS El Sr. Juez interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, en la causa Nº 1855 I.P.P.
Nº 549917, caratulada Guille, Cristina Beatriz s/Usurpación de propiedad, notifica a CRISTINA BEATRIZ
GUILLE, cuyos datos filiatorios son los siguientes: D.N.I.
Nº 30.054.236, Argentina, hijo de Martín y de Rodríguez , Isabel, nacido el 14/04/1983, en la localidad de Lanús y con último domicilio conocido en Euskadi Nº 1607 barrio Santa Marta Lomas de Zamora, de la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 7 de octubre de 2015. Autos y vistos: A los fines de resolver en la presente causa Nº 549917 R.I. Nº 1855 del Juzgado en lo Correccional Nº 7 Departamental, seguida a Guille Cristina Beatriz en el orden al delito de Usurpación propiedad, y Considerando: que según consta a fs. 148/150
con fecha 03/04/2009, se concedió la Suspensión de Juicio a Prueba a favor de Guille Cristina Beatriz por el término de un 1 año y seis 6 meses. Cumplido que fue el término citado anteriormente, cabe realizar un análisis de las probanzas colectadas en autos a los fines de determinar el cumplimiento por parte de la encausada de las reglas de conducta impuestas en el auto de mención, adelantado desde ya que corresponde emitir una respuesta afirmativa al interrogante planteado. Que a fs. 10/16 del incidente de suspensión de juicio a prueba que corre agregado por cuerda a la presente, se encuentra glosado el informe final practicado por el Patronato de Liberados Delegación Lomas de Zamora II, el cual corrobora que la imputada ha dado cumplimiento al punto IV del resolutorio de fs. 148/150. Asimismo, de dicho informe surge que la nombrada Guille es víctima de violencia de género, motivo por el cual se vio obligada en distintas oportunidades a cambiar de domicilio siendo éstos constatados oportunamente por el profesional encargada de su supervisión, pero sin prejuicio de ello, concurrió al Patronato de Liberados Bonaerenses a fin de cumplimentar con sus presentaciones, en donde la asesoraron legalmente al respecto a su problemática, le dieron ayuda económica mediante entrega de mercadería para sus hijos y mantuvo interconsulta con psicólogos de dicho organismo. Que ante ello, manifestó encontrarse imposibilitada de abonar la suma de pesos cuarenta $ 40 en concepto de reparación del daño causado por no contar con los recursos económicos para afrontarlo, y siendo atendibles los motivos que expresó, entiendo corresponde eximirla del pago de la misma. Que habiendo sido ordenado actualizar los antecedentes penales de Cristina Guille, si bien los mismos fueron solicitados nominativamente por carecer de fichas dactiloscópicas de la nombrada, conforme consta a fs. 164 el Registro de Antecedentes Penales, del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires y de fs. 165/168 del Registro Nacional de Reincidencia, Guille Cristina Beatriz no ha cometido un nuevo delito.
Que en consecuencia y de todo lo actuado en la presente causa, surge acreditado que la nombrada, ha dado cumplimiento con las obligaciones asumidas en aquella oportunidad, sin perjuicio de las aclaraciones efectuadas, por lo que habiendo transcurrido el plazo por el cual se otorgara el beneficio impetrado sin que se hayan constatado actos interruptivos de la extinción, corresponde en virtud de lo normado en el artículo 76 ter. del Código Penal declarar la extinción de la acción penal y el sobreseimiento total y definitivo de la encausada con los alcances del art. 322 del C.P.P. por resultar ello mi razonada y sincera convicción. Atento las conclusiones precedentemente arribadas, no corresponde entrar en el tratamiento de los restantes ítems contenidos en el artículo 323 del citado Cuerpo Legal. Por ello, y de conformidad con lo normado por los artículos 168 y 171 de la Constitución de la
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Provincia de Buenos Aires; 76 ter. cuarto párrafo del Código Penal; y 210, 321, 322, 323 inc. 1º y 373 del Código Procesal Penal; Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa Nº 549917 R.I. Nº 1855 seguida a Guille Cristina Beatriz, de nacionalidad argentina, nacido en Lanús, el día 14/04/1983, hijo de Martín Guille y de Isabel Rodríguez domiciliado en la calle real: Calle Euskadi Nº 1607 del barrio Santa Marta, de la localidad de Lomas de Zamora, D.N.I Nº 30.054.236, quien se encuentra identificado en el Registro Nacional de Reincidencia con el prontuario Nº 02725567 y con número 1241213 sección AP en el registro de Antecedentes Penales, del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en orden al delito de Usurpación de propiedad, hecho supuestamente ocurrido el día 17/10/04 en la localidad de Lomas de Zamora en perjuicio de Blanca Nieves Gordiola y Amado Apolinario Acosta. II Sobreseer en forma total y definitiva a Guille Cristina Beatriz, por el delito mencionado precedentemente y que supuestamente ocurrió en la fecha y lugar señalados ut supra, con los alcances del art. 322 del C.P.P. III. Regístrese, notifíquese, cúmplase con las comunicaciones de ley. Fecho, archívese Fdo. Dr. José Antonio Michilini, Juez. Ante mí, María José Cacioli. Auxiliar Letrada. Secretaría, 1 de febrero de 2016.
C.C. 1.699 / feb. 23 v. feb. 29


POR 5 DÍAS El Sr. Juez Interinamente a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 7 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, P.D.S. en relación a la Causa Nº 3364, caratulada Valle, Héctor Omar s/Tenencia ilegítima de arma de guerra, notifica a HÉCTOR OMAR VALLE, cuyos datos filiatorios son los siguientes: titular del D.N.I. 21.522.193, argentina, hijo de Ítalo Romano y de Zulema Ana Veliz, nacido 13/04/1970, en la localidad de Lomas de Zamora y con último domicilio conocido en real: Calle Saladillo 2349 entre Bariloche y Espronceda de la localidad de Ingeniero Budge, de la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 04 de mayo de 2015 Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal en la presente causa Nº 3364
IPP Nº 07-00-056725-10 seguida a Valle, Héctor Omar, de nacionalidad argentina, estado civil soltero, hijo de Ítalo Romano y de Zulema Ana Veliz, nacido en Lomas de Zamora, con fecha 13 de abril de 1970, domiciliado en la calle Saladillo 2349 entre Bariloche y Espronceda, de la localidad de Ing. Budge. Lomas de Zamora, D.N.I.
21.522.193, quien se encuentra identificado en el Registro Nacional de Reincidencia con el prontuario Nº U2007804
y con número 1215530 AP, sección AP en el Registro de Antecedentes Penales, del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, en orden al delito de Tenencia simple de estupefacientes, respecto del hecho supuestamente ocurrido el día 13/10/2010, en la localidad de Ingeniero Budge, Partido de Lomas de Zamora. II
Sobreseer en forma total y definitiva a Valle, Héctor Omar, por el delito mencionado precedentemente y que supuestamente ocurrió en la fecha y lugar señalados ut supra, con los alcances del art. 322 del C.P.P.. Fdo. Dr. Rubén Oscar Baca, Juez interinamente a cargo de este Juzgado en lo Correccional Nº 7 Departamental PDS, ante mí Secretaría Actuante. Secretaría, 04 de febrero de 2016.
María José Cacioli. Auxiliar Letrada.
C.C. 1.700 / feb. 23 v. feb. 29
POR 5 DÍAS La Sra. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Nora Alicia Martín, cita y emplaza a VARAS
OMAR ERNESTO, cuyos datos filiatorios resultan ser:
Argentina, Nº Informado 18.444.889, hijo de Modon Amalia Yolanda, y de Leandro, instruido, último domicilio sito en Real: calle Púan 4322, para que en el término de cinco 5 días, comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa 07-0062205-13, causa registro interno Nº 3726, seguida a Varas Omar Ernesto, en orden al delito de Desobediencia, cuya resolución se transcribe: Lomas de Zamora, 12 de febrero de 2016. Ténganse presente lo informado precedentemente, y cítese al incuso, Varas Omar Ernesto por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. A tal fin líbrense oficios de estilo. Fdo. Dra. Nora Alicia Martín, Juez en lo Correccional. Viviana Gardenal, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.701 / feb. 23 v. feb. 29

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 29/02/2016 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data29/02/2016

Conteggio pagine10

Numero di edizioni3375

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/07/2024

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