Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/05/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

actuando como vocales los Señores Jueces Doctores Marcelo Anselmo Molina y Virginia Persson, para determinar la procedencia del pedido de caducidad de instancia en los autos caratulados:Bogado, Martín Manuel C /
Christensen, Graciela Susana S/ Despido. Expte. N
13.444.Habiéndose practicado el sorteo que prescriben los Arts. 44 Inc. e de la Ley 11.653 y 168 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, se resuelve observar en la votación el siguiente orden: Soria, Molina y Persson..Sentencia.Por ello el TribunalResuelveDeclarar la caducidad de instancia en los presentes actuados. Art. 12 Ley 11.653, 310
y sgtes. del C.P.C.C., S.C.B.A. 3/5/77 Pereyra c/
Carrocerías La Estrella Impónense las costas del juicio a la parte actora, excepto los honorarios del perito interviniente que se imponen en un 50% a cada parte, con el beneficio de pobreza normado por el Art. 22 de la Ley de procedimiento, Art. 19 Ley 11.653 Regúlense los honorarios del Doctor Ariel A. Pellegrino en la suma de pesos cuatro mil doscientos cuarenta y ocho $ 4.248, los del Doctor Juan P. Maña en la suma de pesos seis mil sesenta y nueve $ 6.069, con más el 10% que determina el Art.
2 de la Ley 10.268, Arts. 16, 21 y conc. Ley 8.904. Y los de la Perito Contadora María B. Villarreal en la suma de pesos un mil setecientos ochenta y cinco $ 1.785, con más el 5% que determina el Art. 193 de la Ley 10.620 y con más el 5% que determina el Art. 27 de la Ley 12.724.
Practíquese liquidación, Regístrese y Notifíquese. Fdo. Dr.
Néstor Enrique Soria, Presidente; Dr. Molina Marcelo Anselmo-Juez; Dra. Virgina Persson Juez; Dr. Iacaruso Gustavo A. Secretario. Tandil, 29 de diciembre de 2014.
Gustavo A. Iacaruso, Secretario.
C.C. 6.205 / may. 28 v. may. 29


POR 5 DÍAS El Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Necochea, notifica por este medio al Sr. IAN MARCOS PADILLA BENÍTEZ, en I.P.P. N 97715 caratulada: Padilla Benítez, lan Marcos y Toledo, Alan Braian S/ Estupefacientes. Tenencia simple por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el Art. 129
del C.P.P. A continuación, se transcribe la parte dispositiva de la siguiente resolución Necochea, 21 de abril de 2015. Autos y Vistos: y Considerando: Resuelvo: I
declarar la nulidad de la Requisa, Registro de Automotor y posterior Secuestro consignado en el acta de procedimiento obrante a fs. 2/3 vta. de estos autos, como así también, de todo lo actuado como consecuencia de la misma, a saber: imputación penal de fs. 20/22 vta., declaración del Art. 308 de fs. 23/28 y de la requisitoria de elevación a juicio de fs. 60/65 vta Arts. 18 de la C.N. y 15
de la Const. de la Pcia. de Bs. As., Art. 201, 203, 205, 219, 225, 226 del C.P.P.. II Sobreseer a Ian Marcos Padilla Benítez nacionalidad uruguaya, de estado civil soltero, de ocupación empleado, nacido en Paysandu República Oriental del Uruguay el día 21/12/1991, de 23 años de edad, Documento Nacional de Identidad N 94.964.758, hijo de Marcos Antonio y de Silvia Lilian, con domicilio actual en Av. 58 N 4390 de Necochea y de Alan Braian Toledo nacionalidad argentina, de estado civil soltero, de ocupación letrista, nacido en Necochea el 01/02/1994, de 21 años de edad, Documento Nacional de Identidad N
37.926.975, hijo de Mario Alberto y de Nora Lilian Marrone, con domicilio actual en calle 85 N 2895 de Necochea por los delitos de Tenencia Simple de Estupefacientes previsto y sancionado por el Art. 14 primer párrafo de la Ley 23.737, hecho cometido el día 23/02/2015 en Necochea, por encuadrar la cuestión en tratamiento en las previsiones del Art. 323 Inc. 2 del C.P.P. Art. 321, 322 y 323 del C.P.P.. III Disponer el decomiso y destrucción de la sustancia estupefaciente, que en el marco de la presente se halla en custodia de la Fiscalía General Departamental. Art. 30 de la Ley 23.737.
IV Poner en conocimiento del Sr. Jefe Departamental Necochea, de lo aquí dispuesto remitiéndose para mayor recaudo copia certificada del acta de fs. 2/3 vta. y del presente proveído. V Regístrese, notifíquese. Cumplido devuélvase la presente a la Fiscalía de intervención a los fines pertinentes. Fdo. Dra. Aida Lhez. Juez de Garantías.

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 28 DE MAYO DE 2015

Ante mí: Dr. Gustavo J. Muñoz Calero. Secretario.
Necochea, 19 de mayo de 2015.
C.C. 6.208 / may. 28 v. jun. 3


POR 5 DÍAS Por disposición de la Sra. Presidente del Tribunal en lo Criminal N 2 Dra. María Eloisa Errea de Watkins, ubicado en calle Estomba N 34 /3er. piso de la ciudad de Bahía Blanca, Provincia de Buenos Aires, Telefax 0291 4009600 / interno 32326- en la causa nro.
381/14 Orden interno N 2933 caratulada Giménez, Alan Jonathan Emanuel s/ Abuso de Armas, Lesiones Graves y Portación Ilegal de arma d 02/00/017781-12 a fin de solicitarle tenga a bien publicar en dicho Boletín por el término de cinco días, lo siguiente: Se cita y emplaza a ALAN
JONATHAN EMANUEL GIMÉNEZ, para que en el término de diez 10 días comparezca a estar a derecho por ante el Tribunal Criminal N 2 del Departamento Judicial de Bahía Blanca Estomba N 34, 3er. Piso CP. 8000 Bahía Blanca, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. Como recaudo transcribo el auto que así lo ordenó: Bahía Blanca, 4 de mayo de 2015
Teniendo en cuenta que de los informes de policía de fs.
28 y 33 respectivamente de las actuaciones caratuladas Dr. Claudio A. Lofvall s/ Recuso de Casación ante el Excmo. Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires en la causa N 381/14 Orden interno 2933
caratulada Giménez, Alan Jonathan Emanuel s/ Abuso de Armas, Lesiones Graves y Portación Ilegal de Arma d 0200-017781-12; resulta que Alan Jonathan Emanuel Giménez no ha sido hallado en los domicilios de Yapeyú N 4952 y Avda. de Colón 2418 de Bahía Blanca, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo que disponen los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal Ley 11.922. Cíteselo por edicto fdo.
Dra. María Eloisa Errea de Watkins. Presidente del Tribunal en lo Criminal N 2. Mariano Elian Giambartolomei, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.211 / may. 28 v. jun. 3
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo N 1 Secretaría Única de Bahía Blanca, en los autos Oses, Pedro Rubén c/ Prósperi, Darío s/ Diferencias Salariales Expte. N
27.277, comunica que se ha dictado la siguiente resolución Bahía Blanca, 06 de octubre de 2014. Autos y Vistos: Considerando: Que en el Acuerdo que precede ha quedado resuelto: Que se ajusta a derecho la demanda deducida, en la extensión establecida precedentemente.
Por esto y fundamentos dados en el Acuerdo que precede: se hace lugar a la demanda deducida, en la extensión establecida precedentemente, y en consecuencia se condena a DARÍO PROSPERI a abonar en autos al actor, señor Pedro Rubén Oses dentro del plazo de diez días de notificada la presente, conforme el Art. 277 de la L.C.T., la suma de pesos Veinticuatro mil trescientos noventa y seis con setenta y cuatro centavos $ 24.396,74 en concepto de capital, incluidos los intereses que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires, en sus depósitos a treinta días, vigentes desde que se tornaron exigibles a la fecha, sin perjuicio de aplicar dichos intereses hasta el momento del efectivo pago, en caso de incumplimiento. Impónense las costas al demandado, atento la calidad de principal vencido art. 19 Ley 11.653. Cabe condenar al empleador a entregar en autos al actor, el certificado previsto en el Art.
80 de la L.C.T., con las constancias allí consignadas y de acuerdo a los términos de la presente sentencia, bajo apercibimiento que de así no hacerla, dentro del plazo de veinte días de notificada la presente, deberá abonarle por cada día de atraso, la suma de pesos doce art. 666 bis, Código Civil. Regúlense los honorarios del profesional interviniente en autos, Doctor Hernán Federico Suris en la suma de pesos cuatro mil cuatrocientos, con más el adicional de Ley Arts. 14, 15, 16, 21, 22, 23, 24, 26, 43 y conc. Ley 8.904, 12 Ley 6.716 y Ley 24.432; y los honorarios de la Perito Cantadora María Julia Taffetani en la suma de pesos quinientos, con más el adicional de Ley Arts. 175, 183, 193 Ley 10.620; Arts. 27 y 33 Ley 13.948;
Ley 24.432 y autos TaraboreIli, Eduardo Ángel c/ Coop.

PÁGINA 3973

Eléctrica de Tres Arroyos s/ Indem. de Daños y Perjuicios por Accidente de Trabajo SCBA, L. 44.096, 27/11/1990;
y el porcentaje del l.V.A. para el caso de que los profesionales mencionados revistan la calidad de responsables inscriptos en tal gravamen. Practíquese por Secretaría liquidación general Art. 48 Ley 11.653, notifíquese, resérvese copia Acordada 966, cúmplase con lo dispuesto por el Art. 20 de la Ley 6.716 y consentido o ejecutoriado que sea este pronunciamiento, archívese el expediente, previa vista del Señor Agente Fiscal. Fdo.: María Gabriela Lombardi. Juez. Gustavo Ariel Dieguez. Juez. Héctor Raúl Sayago. Presidente. Jorgelina Romero, Secretaria.
C.C. 6.212 / may. 28 v. may. 29


POR 5 DÍAS - El Juzgado Civil y Comercial N 6, Secretaría Única del Departamento Judicial Bahía Blanca, hace saber por cinco días que en los autos caratulados:
Guarnalusse Sonia Beatriz s/ Quiebra Pequeña, Expte.
103674, que con fecha 17 de marzo de 2015 se ha decretado la Quiebra de SONIA BEATRIZ GUARNALUSSE, D.N.I. N 18.588.195 con domicilio en calle Belgrano N
433, de la localidad de Médanos, Partido de Villarino, habiéndose designado Síndico al Cdor. Cr. José Luis Lombroni, quien constituyó domicilio en Las Heras N
287, oficina 1 de esta ciudad, y a quien los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes hasta el día 3 de agosto de 2015. Prohíbase hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces y se intima a los mismos y a terceros para que entreguen a la Síndica los bienes de aquél. Bahía Blanca, mayo 14 de 2015. Dr.
Fernando H. Fratti, Secretario.
C.C. 6.213 / may. 28 v. jun. 3
POR 5 DÍAS - Se hace saber a FÁTIMA MAITE
VÁZQUEZ y a ANALÍA DEL VALLE VÁZQUEZ, que por ante el Juzgado de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial Común de la Séptima Nominación, a cargo de la Dra.
Nilda Graciela Dalla Fontana, Juez; Secretaría del Dr.
Guillermo Garmendia tramitan los autos caratulados:
Vázquez Luis Ángel C/ Herederos de Correa Felisa del Carmen s/ Disolución y Liquidación de Sociedad, Expte.
N 595/14, en los cuales se ha dictado el proveído que se transcribe: San Miguel de Tucumán, 27 de febrero de 2015. Atenta a lo solicitado y a constancias de autos, cítese a Fátima Maité Vázquez y Analía del Valle Vázquez para que se apersonen a estar a derecho en la presente causa y córraseles traslado de la demanda para que la contesten en el término de seis días, bajo apercibimiento de Ley Personal. Notificaciones, lunes y jueves o día subsiguiente hábil en caso de feriado. A sus efectos publíquense edictos, con un extracto de la demanda, por el término de cinco días en el Boletín Oficial Fdo. Dra. Nilda Graciela Dalla FontanaExtracto de la demanda: As fs. 2, se apersona el Defensor Oficial en lo Civil Comercial y del Trabajo de la 1 Nominación en representación del Sr. Vázquez Luis Ángel D.N.I. 8.095.484, con el objeto de iniciar juicio de Liquidación de la Sociedad de Hecho en contra de los herederos de la Sra. Correa Felisa del Carmen Fallecida quien fuera concubina del actor y madre de Vázquez Ramón Alejandro, Vázquez Luis Ángel h, Vázquez Fátima Maite DNI 33.632.146 y Vázquez Analía del Valle D.N.I.
31.353.467, solicitando se proceda a la liquidación de los bienes que el actor obtuvo durante la vigencia de la Sociedad de Hecho que el actor constituyera con la Sra.
Correa Felisa Del Carmen, en su relación de concubinato.
En fecha 1 de octubre del año 2003 falleció la Sra. Correa Felisa del Carmen madre de los accionados que por el simple hecho del vinculo que les uniera le suceden en calidad de únicos y universales herederos sin perjuicio de los derechos de terceros que pudieren presentarse.
Conforme al Informe emitido por el Instituto Provincial de Vivienda y Desarrollo Urbano que se acompaña con la demanda, el Sr. Vázquez Luis Ángel y la Sra. Correa Felisa del Carmen, fueron adjudicatarios de un inmueble ubicado en Pje. Lautaro Na 550 de esta ciudad, descripta como lote 18- manz. BBarrio Estrella de Evita. El Dominio consta inscripto en mayor extensión a nombre de Superior Gobierno de la Provincia de Tucumán en la Matrícula

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/05/2015 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data28/05/2015

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3375

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione01/07/2024

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