Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/04/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cumplido dentro de sus posibilidades con las obligaciones que le fueran impuestas a tenor de lo normado por el artículo 27 bis del Fondal durante el término establecido, por lo que he de apartarme de la tesitura esgrimida por la Sra.
Agente Fiscal de Juicio. Y ello resulta así, ya que se encuentra acreditado con el informe remitido por la Dirección Provincial del Patronato de Liberados, Delegación Ezeiza glosado a fs. 708 de la presente, donde consta que el nocente fijó residencia, haciéndose presente en dicha Dependencia en fecha 28 de junio de 2012, cumpliendo dentro de sus posibilidades con las obligaciones que le fueran impuestas. Que el Infrascripto ordenó actualizar los antecedentes penales del encartado, los que lucen a fs. 809 y fs. 810/816, de los cuales surge que Emiliano Nahuel Yedros no ha cometido un nuevo delito, actuaciones con las cuales se deberá tener por finalizada la etapa probatoria. En consecuencia, es en este estado y en razón de las consideraciones expuestas precedentemente, que se deberán tener por cumplidos los requisitos exigidos por el artículo 76 ter párrafo cuarto del Código Penal a los fines de tener por extinguida la acción penal en el sub-exámine. Para ello hago pie, en un todo de acuerdo con el Tribunal de Casación Provincial Sala III, causa N 6412, Reg. de Presidencia Nº 23.407, Z., J. C. y otro s/recurso de casación interpuesto por el fiscal, 4/10/2007, en que si bien Yedros no ha cumplido con la totalidad de las condiciones impuestas al momento de concedérsele el beneficio de la suspensión del juicio a prueba, si lo hizo con aquellas reglas de conducta de mayor importancia, cuáles son el mantener el domicilio fijado en autos y no cometer otros delitos, por lo que en el caso estimo que se han logrado los objetivos preventivo especiales que emergen de las normas que regulan el instituto de la probation, correspondiendo por ende la extinción de la acción penal y consecuente sobreseimiento del nombrado. VIII. Por ello, es en orden a las razones precedentemente enumeradas y mensuradas que este Juzgado en lo Correccional Nº 6 Departamental, Resuelve:
I. Sobreseer totalmente a Emiliano Nahuel Yedros, de las demás circunstancias personales de autos, por hallarse extinguida la acción Penal en la presente causa que le fuera seguida por el hecho traído a conocimiento del Infrascripto y calificado como Abuso de armas en concurso real con Violación de domicilio, el que tuviera lugar en fecha 2 de julio de 2004, en la localidad de Tristán Suárez, partido de Ezeiza. Artículos 168 y 171 de la Constitución de la Provincia de Buenos Aires, 76 ter párrafo cuarto y 104 y 150 del Código Penal y 210, 321 y 323
Inc. 1º del Código Procesal Penal. II.- Fijar en la suma de noventa y dos pesos $ 92 la tasa de justicia de la presente causa, la que deberá ser soportada por el encartado en autos. Artículos 530, 531 y 533 del Código de Procedimiento Penal y 40 de la Ley Impositiva 12.576. III.Regístrese y Notifíquese a la Sra. Fiscal de Juicio, al Sr.
Defensora Oficial interviniente y al imputado de autos. IV.Cúmplase con las comunicaciones de ley. V.- Líbrese oficio a la Seccional 2da. de Ezeiza a fines de notificar al enjaretado de autos. Ante mí.: Delia Mabel Palmerini, Secretaria. Dr. Manuel Barreiro, Juez. Romina Felisatti, Auxiliar Letrada. Lomas de Zamora, 12 de marzo de 2015.
C.C. 4.074 / abr. 14 v. abr. 20


POR 5 DÍAS - El Señor Presidente del Tribunal -oralen lo Criminal Nº 7 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Roberto A. W. Lugones, cita y emplaza, por el término de cinco días, a LEONARDO EZEQUIEL SIEBERT, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa Nº 007851-12, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo agravado por comisión en poblado y banda tentado. Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 17 de marzo de 2015. En atención a lo que surge de los informes de fojas 160 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Leonardo Ezequiel Siebert, por el término de cinco días, a estar a derecho.
Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo.: Roberto A. W. Lugones, Juez.
Ante mí: Paula Soledad Silveti.. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 17 de marzo de 2015.
C.C. 4.075 / abr. 14 v. abr. 20
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, a cargo de la Sra. Juez, Dra. Andrea V. Ramos Perea. Secretaría Única
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 15 DE ABRIL DE 2015

a mi cargo, cita y emplaza a GONZÁLEZ. BRIAN GARIEL, para que en el término de cinco días comparezca a la Sede, del Juzgado a estar a derecho en la presente causa Nº 59349-10, seguida al nombrado en orden al delito de Encubrimiento simple, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenarse el comparendo compulsivo. Arts.
303, 304 del C.P.P. Lomas de Zamora, 13 de marzo de 2015. Analía Estanga. Auxiliar Letrada.
C.C. 4.076 / abr. 14 v. abr. 20


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 11, Secretaría Única, del Departamento Judicial de Mar del Plata, hace saber que en los autos caratulados: Ángel Musmeci e Hijos S.A. s/
Concurso Preventivo Hoy Quiebra Expte. N 19.640, con fecha 11 de abril de 2014 se ha decretado la quiebra de ÁNGEL MUSMECI E HIJOS S.A., Matrícula N 29920, con domicilio real en calle Rondeau N 839, de la ciudad de Mar del Plata, Pcia. de Buenos Aires, habiendo sido descinsaculado para desempeñar la sindicatura el Estudio:
Bazerque y Asociados, con domicilio en Juan B. Justo N 1395, 2do. Piso, de la ciudad de Mar del Plata, y a quien los acreedores pos concursales deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes, de lunes a viernes de 9 a 17 horas, hasta el 1 de junio de 2015. Se ha fijado el 16 de julio de 2015, para que la sindicatura presente el Informe Individual y el 16 de septiembre de 2015 para presentar el Informe General. Los acreedores que hubieran verificado en el concurso preventivo, no lo deberán hacer en la presente quiebra, debiendo la sindicatura recalcular dichos créditos, según su estado.
Ordénase a la fallida y a terceros para que entreguen a la sindicatura los bienes de aquélla y los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Arts. 177 y ss. de la L.C.Q.. Prohíbese hacer pagos al fallido, los que serán considerados ineficaces. Mar del Plata, 3 de febrero de 2015. Mar del Plata, 27 de marzo de 2015. Daniel Harbouki, Auxiliar Letrado.
C.C.4.252 / abr. 15 v. abr. 21
POR 2 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 3, Secretaría Única del Departamento Judicial Mar del Plata hace saber que en los autos caratulados SCARPINI
JULIETA NOEMÍ s/ Quiebra - Pequeña Exp.7285 la Sindicatura ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de fondos. Se determinaron los honorarios de los profesionales intervinientes Arts. 218, 265 inc 4 y 267
de la Ley 24.522. Mar del Plata, 30 de marzo de 2015.
María Carolina Acosta, Secretaria.
C.C.4.256 / abr. 15 v. abr. 16
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo de la ciudad de Tandil - del Dto. Judicial de Azul, cita a don JOSÉ DIEGO
LÓPEZ, D.N.I. 5.388.455 para que se presente en los autos Ángel Mario Alberto c/ López José s/ Diferencias Salariales 219 Nº 13.142 a hacer valer sus derechos en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de designarse al Sr. Defensor Oficial para que lo represente en juicio Art.
341, párrafo 2º del CPCC. Tandil, 19 de febrero de 2015.
Gustavo A. Iacaruso, Secretario.
C.C. 4.201 / abr. 15 v. abr. 16
POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 2, a cargo de la Dra. Gloria Aboud, Secretaría Única a cargo de la Dra. Marcela V. Fernández, del Departamento Judicial de Pergamino, sito en calle Pinto 1251 de Pergamino, en los autos Blanco Natalia Lorena s/ Usurpación de propiedad - Pergamino Denunciante: Quiroga Carlos Gerardo, Expte. Nº 71/2015, notifica por este medio a NATALIA
LORENA BLANCO, DNI 28.895.087, la resolución que dice: Pergamino, 31 de marzo de 2015. Atento a lo informado, notifíquese por edictos a la imputada Natalia Lorena Blanco, para que dentro del plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado a constituir nuevo domicilio, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde.
Arts. 303 y ccs. del C.P.P.. A efectos de dar cumplimiento a lo ordenado precedentemente, líbrese oficio al Boletín Oficial de La Plata, el edicto que se acompaña por el término de cinco días Art. 129 C.P.P.; debiendo remitirse a este Juzgado uno de los ejemplares o constancia que se realizó la publicación para agregar al expediente.
Notifíquese. Fdo. Dra. Gloria Aboud. Jueza. Marcela V.
Fernández, Secretaria.
C.C. 4.212 / abr. 15 v. abr. 21
POR 5 DÍAS - En causa Nº 340/14, de trámite por ante el Juzgado Correccional Nº 2 del Depto. Judicial Dolores,
PÁGINA 2645

a cargo de la Dra. María Cristina Tramontini, Secretaría Única, a cargo de la Dra. Florencia Virginia Doumic, seguida a MASCARO EZEQUIEL por Encubrimiento, a los efectos de que proceda a publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar al nombrado cuyo último domicilio conocido era Calle Rico Nº 1449 de la ciudad de Dolores, Pcia. de Bs. As., lo resuelto por la Excma.
Cámara de Apelación y Garantías en el marco de causa Nº 340/241 Recurso de Apelación de Sentencia en C. Nº 340/14, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 3 de marzo de 2015. Por los fundamentos expuestos se hace lugar al recurso de apelación Se anula el pronunciamiento en crisis y se sobresee a Mascaro Ezequiel en orden al delito de Encubrimiento, previsto y sancionado por el Art. 277 del C.P.
Notifíquese Fdo.: Fernando Sotelo Juez, Susana Miriam D. Yaltone, Juez, María Lucrecia Angulo, Abogada Secretaria. Dolores, de Abril de 2015. Por recibido CNº 340/241 Recurso de Apelación de sentencia y atento el resultado del mismo y lo informado por la Excma. Cámara de Apelación y Garantías Departamental, notifíquese al imputado por Edicto Judicial lo resuelto por dicho Tribunal, el que se publicará en el Boletín Oficial de la Pcia. de Bs. As., conforme lo preceptuado en el Art.129
del C.P.P. Fdo. María Cristina Tramontini. Juez. Ante mí:
Florencia V. Doumic. Abogada. Secretaria. Dolores, 6 de abril de 2015, C.C. 4.213 / abr. 15 v. abr. 21


POR 2 DÍAS - La Dra. Ana Carolina Scoccia, Juez a cargo del Juzgado de Familia Nº 5, Secretaría Única a cargo de la Dra. Justina Boeri, sito en Laprida 292, Nivel 0, en los autos caratulados: Caneda, Analía Mónica c/
Vázquez, Héctor Rafael s/ Divorcio contradictorio, Expte.
Nº 0092/13, hace saber al Sr. HÉCTOR RAFAEL CANEDA, D.N.I. Nº 17.487.242, que en el término de quince 15 días deberá comparecer a estar a derecho, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Ausentes para que lo represente en juicio. Publíquense por dos días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y de Río Negro.
Secretaría, 5 de marzo de 2015. Justina Boeri, Secretaria.
C.C. 4.214 / abr. 15 v. abr. 16
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 2, a cargo del Dr. Fernando Novoa, Secretaría a cargo del Dr. Carlos Daniel Cusan, del Departamento Judicial de Mar del Plata, en autos caratulados Cremonte, Sergio Horacio c/
Gastromar S.A. y otro s/ Cobro de haberes expediente número 53.152, que tramitan ante este Juzgado se ha ordenado notificar la siguiente resolución Mar del Plata, 5
de agosto de 2013. Autos y Vistos Habida cuenta lo solicitado, no habiendo comparecido la demandada CULINARIA S.A. aplícase el apercibimiento contenido en la Iución de fs. 15, en consecuencia tiénese por contestada la demanda en los términos del Art. 28 de la Ley 11.653, decretándose la rebeldía de la misma. Por constituido domicilio procesal en los Estrados del Tribunal Art. 41 del C. Pr. Haciéndole saber que las sucesivas notificaciones serán realizadas en dicho domicilio Art. 59 del C. Pr..
Notifíquese Art. 137 1ra. parte del C.Pr.. Regístrese.
Fdo. Dr. Humberto Omar Noel, Presidente, Dra. Graciela Eleonora Slavin, Juez y Dra. Amelia Teresa Mastrogiácomo, Juez. Dra. Patricia V. Ivorra, Secretaria.
C.C. 4.251 / abr. 15 v. abr. 16
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 2 del Departamento Judicial de Mar del Plata, sito en calle Garay 1768, Piso 2, ciudad, bajo la presidencia de la Dra.
Amelia Teresa Mastrogiácomo, Secretaría a cargo de la Dra. Josefina Pérez Massa, en autos Adimari Romina Andrea c/ Clínica Balcarce S.S. y otro s/ Diferencias salariales Expte. 48.681 se ha ordenado notificar al codemandado DOMÍNGUEZ DAGUERRE y CÍA. S.C. la sentencia recaída en autos; la parte dispositiva de la misma se transcribe a continuación: Sentencia Mar del Plata, 25 de febrero de 2011. Autos y Vistos: Atento el resultado de la votación habida precedentemente, y por los fundamentos legales allí referidos el Tribunal Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda incoada por Romina Andrea Adimari condenando a Clínica Balcarce S.A. s/ Quiebra, a pagarle la suma de pesos dieciocho mil cuatrocientos cinco con diez centavos $ 18.405,10 en concepto de capital comprensivo de: haberes enero a marzo de 2006, días de abril 2006
e integrativo, sueldo anual complementario proporcional, indemnización sustitutiva de preaviso, indemnización por despido, vacaciones proporcionales, e indemnizaciones agravadas según: Arts. 16 Ley 25.561 Dec. 1.433/05 y

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 15/04/2015 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data15/04/2015

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3384

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione17/07/2024

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