Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/03/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

no de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de La Plata Calle 8 e/56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 20 de febrero de 2015. Atento los informes obrantes a fs. 155 y 160 -confeccionados por la instrucción, que dan cuenta que la imputada Perego, Susana Alejandra se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 135, ignorándose el lugar de residencia actual de la misma, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cítesela por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer la citada por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenarse su comparendo art. 150 del CPP. Marianela Serra, Secretaria.
C.C. 2.480 / mar. 5 v. mar. 11


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Sandra Claudia Martucci, Juez titular del Juzgado en lo Correccional Nº 5 de Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la Causa Nº 2085 de los registros de éste Juzgado, seguida a JORGE TITO HERLAND DAJALMA por Resistencia a la Autoridad, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: Ciudad de Quilmes, 02 de septiembre de 2014. Autos y Vistos
Considerando Resuelvo: I.- Declarar extinguida la Acción Penal de la Causa Nº 2085 respecto de Jorge Tito Herland Dájalma y Cristian Marcial León, de conformidad con lo dispuesto en el art. 76 ter, cuarto párrafo del C.P.
Il.-Sobreseer total y definitivamente Jorge Tito Herland Dajalma, Titular del DNI Nº 94.976.125, boliviano, sin apodos, soltero, instruido, de 22 años de edad, nacido el 23
de octubre de 1991, en Bolivia, domiciliado en Solesi N
468 de Ezpeleta Partido de Quilmes, hijo de Cain Jorge David y de María Luz Tito Burgo, estudiante, Nº de Prontuario Nacional 02334787, Nº de Prontuario Provincial 1322753 de la Sección AP, y a Cristian Marcelo León, titular del DNI 38.930.640, argentina, soltero, instruido, nacido en Berazategui el día 24 de mayo de 1992, de 20 años de edad, hijo de Marcia León y de Marina Arando, con domicilio real en calle Baradero Nº 5557 de la Localidad de Ezpeleta Partido de Quilmes, de ocupación estudiante, que tramitara como IPP 13-00-000286-11
ante la UFI y J Nº 4 Departamental art. 239 del Código Penal y 323 inc. 1º del C.P.P.. III.- Levantar la inhibición general de bienes que pesa sobre el Sr. Jorge Tito Herland Dajalma y Cristian Marcelo León. A tales efectos, líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble, de la Provincia de Buenos Aires adjuntándose copia del folio de seguridad obrante a fs. 169 y fojas 171. Regístrese y notifíquese. Firme que se encuentre la presente cúmplase con las comunicaciones y con lo ordenado en el punto III
y archívese. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez.
Quilmes, 02 de diciembre de 2014. Luciana De Luca, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.484 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a EUGENIO QUIÑONES RUIZ DÍAZ, DNI Nº 5.016.696, que en la Causa Nº P2204 caratulada Quiñonez Ruiz Díaz, Eugenio s/ Robo Simple en Grado de Tentativa arts.
42 y 164 C.P., se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: Campana, 20 de febrero de 2015. Vistas: Resulta Y Considerando Resuelvo:
I Declarar la extinción de la Acción Penal por Prescripción en la presente Causa Nº P-2204, respecto de Eugenio Quiñonez Ruíz Díaz y en orden al delito de Robo Simple en Grado de Tentativa arts. 42 y 164 del Código Penal imputado, de conformidad con lo reglado por los arts. 2º, 59
inc. 3, 62 inc. 2, 63 y 67 del Código Penal. II Dictar Sobreseimiento Total en la presente causa, como consecuencia de la declaración hecha en el punto precedente, de conformidad con lo reglado por los arts. 323 inc. 1 y 341 del C.P.P. III Dejar sin efecto la Declaración de Rebeldía dispuesta a fs. 94/95 respecto del aquí nombrado y su Averiguación de paradero y comparendo compulsivo dictado en consecuencia, debiéndose comunicar ello a las autoridades pertinentes. IV Notificar a Eugenio Quiñonez Ruiz Díaz de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 9 DE MARZO DE 2015

el art. 129 del CPP, Ley 11.922. Regístrese, notifíquese, Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez. Secretaría, 20 de febrero de 2015. Antonela Genovesi, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.489 / mar. 5 v. mar. 11


POR 5 DÍAS - El Juzgado Correccional Nº 4 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo del Dr. Juan Facundo Ocampo, sito en la calle Moreno 623 PB de San Isidro, cita y emplaza a CRISTIAN MIGUEL INSFRAN, quien resulta ser argentino, titular del Documento Nacional de Identidad Nº 30.499.680, soltero, nacido el 10
de abril de 1984, hijo de Aurelio Insfran y de Silvia Sánchez y con domicilio en la calle Fernando Fader 451
del Barrio Los Troncos de Pacheco del partido de Tigre, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de cinco 5 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado con el fin de ponerse a derecho en la presente Causa, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su detención arts. 129. 303 y sstes. del C.P.P.. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 13 de febrero de 2015.
Por devuelta, téngase presente lo expuesto por las partes.
Luego, previo pasar los autos a resolver y atento a que el encausado de autos no se encuentra a derecho, remítase la presente nuevamente a Defensoría a fines de que se procure la comparecencia del probado y brinde las explicaciones del caso, bajo apercibimiento de declararlo rebelde y ordenar su detención artículos 129, 303 y sstes.
del Código Procesal Penal.Finalmente, sin perjuicio de la remisión dispuesta en el párrafo que precede, intímese al encausado por edictos a que dentro del quinto día de publicados comparezca a este Juzgado a ponerse a derecho en la presente causa, bajo el mismo apercibimiento ordenado en el párrafo precedente art. 129 del C.P.P..
Fdo.: Juan Facundo Ocampo, Juez. Ante mí: María A.
Borella, Secretaria. Secretaría, 13 de febrero de 2015.
C.C. 2.493 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DIEGO SEBASTIÁN CHARAMONTI, con último domicilio en Kennedy 3675 -Villa de Mayo - Partido de Malvinas Argentinas, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2585, que se le sigue por Amenazas y Amenazas Agravadas por el Uso de Arma Blanca y LE, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 18 de febrero de 2015 En atención al informe policial obrante a fs.
207/208 y vta., y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Diego Sebastián Charamonti, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial. Conforme lo establecido en el art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo arts. concordantes del C.P.P. Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez, Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 18 de febrero de 2015. Estanislao Osores Soler, Secretario.
C.C. 2.497 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional Nº 1
del Departamento Judicial de Morón, en Causa nº 1915
seguida a MENDOZA RAMÓN ARMANDO s/Robo Simple del registro de esta Secretaría Única, cítese y emplácese al nombrado, quien resulta ser de nacionalidad argentina, instruido, sin apodos, vendedor ambulante, soltero, con D.N.I. Nro. 31.761.789, con último domicilio en la calle Mar Chiquita Nro. 898 de la Localidad y Partido de Merlo, Prov. de Buenos Aires, nacido el 30 de abril de 1985 en San Antonio de Padua, Provincia de Buenos Aires; hijo de Carlos Vicente y de Esther Aurelia González; identificado con prontuario Nro. 1155954 y de la Seccional AP del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires, y Prontuario Nro. U529838 del Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, mediante edicto a publicarse por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a estar a derecho dentro del plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación, a este Juzgado sito en la calle Brown y Colón 4to. piso, sector K de la Localidad y Partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparen-

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do art. 129 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal, se transcribe el auto que ordena el libramiento del presente:
Morón, 23 de febrero de 2015.- Asimismo conforme el informe de mención cítese y emplácese mediante edicto, a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Ramón Armando Mendoza por el término de cinco 5
días, a fin que en el plazo de treinta días corridos a contar desde la última publicación comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de ser declarado Rebelde y ordenar su comparendo art. 129 y 304 del C.P.P.. Fdo.
Dr. Daniel Alberto Leppén Juez en lo Correccional. Juez a cargo. Secretaría, 23 de febrero de 2015.
C.C. 2.500 / mar. 5 v. mar. 11


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías Nº 2 a cargo del Dr. Guillermo Gastón Mercuri, Secretaría Única a cargo de la Dra. Claudia G. Lamoth, en la I.P.P. Nro. 731114 caratulada: Mario Alberto Saucedo por los delitos de Lesiones Leves, Amenazas y Desobediencia; Que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 2 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr.
Eduardo Zaratiegui; cita y emplaza a MARIO ALBERTO
SAUCEDO, documento Nº 28.099.185, con último domicilio en calle Plumerillo Nro. 2421 de esta Ciudad, soltero, argentino, nacido en Bahía Blanca el día 12 de mayo de 1980; hijo de Miguel y de Florentina Gómez, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de este Juzgado de Garantías Nº 2, sito en calle Colón Nº 46, 8vo. piso, de Bahía Blanca, a fin de constituir domicilio y ser notificado de la resolución que dispone la elevación de la I.P.P. Nº 7311-14 a juicio; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde art. 129 del C. P. Penal. Bahía Blanca, febrero, 19 de 2015. María B. llull, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.501 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Se cita a Juicio y emplaza a DANIEL
FERNANDO LLANTADA, en Causa Nº 3.298 IPP. Nº 8640/13 caratulada: Llantada Daniel Fernando Desobediencia - Arrecifes, se le sigue al nombrado, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3, a cargo del Dr.
Sebastián Zubiri, por resolución de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Depart. El Secretario Dr.
Julio Tanús del Departamento Judicial de San Nicolás, para que en el término de diez 10 días comparezca al asiento de este Juzgado sito en calle Guardias Nacionales y Mitre de San Nicolás, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde ordenarse su detención.- San Nicolás, 22 de diciembre del año dos mil catorce. Fdo. Dr. Julio Tanús, Abogado
Secretario.
C.C. 2.512 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Se cita a Juicio y emplaza al encartado JUAN PABLO RIAL, DNI Nº 28.673.723, argentino, albañil, nacido en San Nicolás el día 27/04/81, hijo de Rodolfo Lorenzo Rial y de Betiana Alberta Ojeda, ddo. en calle Nobel Nº 230, Bº Las Mellizas de esta Ciudad, Prov. de Bs. As.; Causa Nº 3244 IPP. Nº 1490/13 caratulada Rial Juan Pablo - Encubrimiento - San Nicolás, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3, a cargo del Dr.
Sebastián Zubiri, por resolución de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Depart; el Secretario Dr.
Julio Tanús del Departamento Judicial de San Nicolás, para que en el término de diez 10 días comparezca al asiento de este Juzgado sito en calle Guardias Nacionales y Mitre de San Nicolás, a estar a derecho y constituir domicilio, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su detención. San Nicolás, 09 de febrero del año dos mil quince. Fdo. Dr. Julio Tanús, Abogado
Secretario.
C.C. 2.513 / mar. 5 v. mar. 11
POR 5 DÍAS - Se cita a Juicio y emplaza al encartado ALEJANDRO EMANUEL TRISTÁN en Causa Nº 3308 IPP
Nº 11346/12 caratulada: Tristán Alejandro E. Lesiones Graves en Ramallo, se le sigue al nombrado, por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3, a cargo del Dr.
Sebastián Zubiri, por resolución de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Depart; el Secretario Dr.
Julio Tanús del Departamento Judicial de San Nicolás, para que en el término de diez 10 días comparezca al asiento de este Juzgado sito en calle Guardias Nacionales y Mitre de San Nicolás, a estar a derecho y constituir

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 09/03/2015 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data09/03/2015

Conteggio pagine17

Numero di edizioni3377

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione03/07/2024

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