Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/01/2015 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez. Mercedes, 17 de diciembre de 2014. María Laura Pardini, Juez en lo Correccional.
C.C. 504 / ene. 21 v. ene. 27


POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1565/14-4992 caratulada:SOSA
FERNANDO EMILIANO s/Lesiones Leves en 25 de Mayo B, I.P.P. 09-00-013946-13, UFI 5 Dptal., carpeta de garantías Nº 11939, Juzgado de Garantías Nº 3 Dptal., notifica al nombrado Sosa, de la siguiente resolución:
en la audiencia del día quince de diciembre del año dos mil catorce, Resuelvo: I.- En virtud de lo informado a fs.
84 y de lo solicitado precedentemente por las partes, notifíquese al imputado Sosa por edictos, intimándoselo a que deberá presentarse ante este juzgado a primera audiencia en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, sea declarado rebelde Art. 129 del C.P. P.. II.- Hágase saber. Fdo.: Dra. María Laura Pardini. Juez Mercedes, 15 de diciembre de 2014.
C.C. 505 / ene. 21 v. ene. 27
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Juez del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa contravencional Nº 296/3, caratulada: Acosta Claudio Agustín s/ Inf. al Art. 74 Inc. a del Decreto Ley 8.031/73 en Moreno B notifica a CLAUDIO
AGUSTÍN ACOSTA de la siguiente resolución: Mercedes, 23 de diciembre de 2014. Por recibido, agréguese, téngase presente y en virtud de lo informado a fojas 20, cítese al presunto infractor Claudio Agustín Acosta por edicto a presentarse ante este Juzgado, en el término de 10 días a partir del último día de publicación del presente, bajo apercibimiento de que, en caso de no hacerlo, será declarado rebelde art. 3 del Decreto Ley 8.031/03 y Art. 129 del C.P.P.. Fdo. Dra. María Laura Pardini, Juez. Mercedes, 23 de diciembre de 2014.
C.C. 506 / ene. 21 v. ene. 27
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1188/12-4266, caratulada:
García, Cristian Damián s/ Incumplimiento de los deberes de asistencia familiar en la localidad de Moreno BI.P.P.
Nº 09-02-006514-11, U.F.I. Nº 12 Dptal., Carpeta de causa Nº 6154 del Juzgado de Garantías Nº 1
Departamento Judícial MorenoGral. Rodríguez, notifica al Sr. CRISTIAN DAMIÁN GARCÍA, de la siguiente resolución: Mercedes, 23 de diciembre de 2014. Autos y Vistos Y Considerando: Por las razones dadas y lo dispuesto en los Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, 67 del C.P. y Art. 1º de la Ley 13.944, Resuelvo: I Sobreseer a Cristian Damian García, relacionado al delito de incumplimiento de los deberes de asistencia familiar, imputado en la presente causa, por encontrarse extinguida la acción penal por prescripción, cerrando definitiva e irrevocablemente el proceso respecto del mismo, en cuyo favor se dicta, archivándose la presente. Fdo.: Dra. María Laura Pardini.
Juez. Mercedes, 23 de diciembre de 2014.
C.C. 507 / ene. 21 v. ene. 27
POR 5 DÍAS - María Laura Pardini, Titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Mercedes, en causa Nº 1634/10-3785, caratulada: De Lima, Nelson César s/ Hurto agravado por cometerse con llave sustraída en grado de tentativa en Luján BI.P.P. Nº 09-01-005948-10, notifica al encausado NELSON CÉSAR
DE LIMA, de la siguiente resolución: Mercedes, 23 de diciembre de 2014. Autos y Vistos Y Considerando
Por las razones dadas y lo dispuesto en los Arts. 59 Inc.
3º, 62 Inc. 2º y 67 del C.P., Resuelvo: 1 Sobreseer a Nelson César De Lima, respecto del delito de hurto agravado por cometerse con llave sustraída en grado de tentativa imputado en la presente causa, por encontrarse extinguida la acción penal por prescripción, cerrando definitiva e irrevocablemente el proceso respecto del mismo, a cuyo favor se dicta, archivándose la presente Arts. 42, 62 Inc. 2º, 67 Inc. c y 163 Inc. 3º del C.P.. 2 Dejar sin efecto la orden de comparendo dispuesta a fs. 46. Hágase saber Fdo: María Laura Pardini - Juez Mercedes, 23 de diciembre de 2014.
C.C. 508 / ene. 21 v. ene. 27
POR 5 DÍAS - En causa Nº 1436/00 sorteo Nº 1793/2013 seguida a Banegas, José Luis, Monzón, Ricardo Ramón, Pérez, Fernando, Ramírez, Rubén Alberto
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 21 DE ENERO DE 2015

y Santiago, Sergio Fabián s/ Portación ilegal de arma de guerra, en Moreno, en tramite por ante el Tribunal en lo Criminal 4 del Departamento Judicial Mercedes a cargo de la Dra. Patricia V. Guerrieri, se dispuso notificar a RUBÉN ALBERTO RAMÍREZ, del auto que seguidamente se transcribe: Mercedes, 05 de marzo de 2014 Autos y Vistos Y Considerando En virtud de todo lo expuesto, se impone la revocación de la prisión domiciliaria que venía gozando Rubén Alberto Ramírez, toda vez que el nombrado ha incumplido con dicho beneficio impuesto en su oportunidad por la Sra. Juez Titular del Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial de Moreno General Rodríguez Conf. Arts. 163 Inc. 1º a contrario, 146, 148 y 159 último párrafo del C.P.P. y sus doctrinas.
Por todo ello. Resuelvo: I revocar el beneficio de la prisión domiciliaria del encartado Rubén Alberto Ramírez, por incumplimiento de las condiciones en que fue otorgada y Disponer la Detención del nombrado. II Líbrense las comunicaciones de rigor. III Habido que sea, disponer el alojamiento del nombrado en la Unidad Carcelaria Nº 5
con asiento en esta ciudad, con conocimiento a este Tribunal. Notifíquese. Fdo. Patricia V. Guerrieri. Juez del Tribunal en lo Criminal Nº 4 Departamental Mercedes.
Mercedes, 19 de diciembre de 2014. Téngase presente lo informado precedentemente por la Actuaria y en virtud de ello, líbrense los oficios que correspondan en relación a lo resuelto por este Tribunal el pasado 5 de marzo del corriente año. Asimismo, fíjase audiencia personal -en relación al causante Ramírez, para el día 10 de febrero próximo, a las 10:00 horas, a la que deberá comparecer el nombrado, el cual deberá ser notificado a través de edictos, que se publicarán durante 5 en el Boletín Oficial, Art.
129 del C.P.P.. Fdo. Patricia V. Guerrieri, Juez del Tribunal en lo Criminal Nº 4 Departamental Mercedes.
María Laura Fraiese, Secretaria.
C.C. 509 / ene. 21 v. ene. 27


POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria Nº 03-00-97104-05, seguida Evequos Marcelo Adrián por el delito de Amenazas agravadas, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 3, a mi cargo por licencia del Titular, Secretaría única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido EVEQUOS MARCELO ADRIÁN cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 07 de agosto de 2014 Autos y Vistos Por ello Resuelvo: l.Sobreseer totalmente al imputado Evequos Adrián Marcelo, argentino, DNI Nº 18.557.392, divorciado, instruido, nacido el día 07 de febrero de 1967 en la localidad de Lomas de Zamora, Pcia. de Bs. As. , hijo de Lediz Ozil v y de Margarita Beatriz Andrade v, domiciliada en Paseo 126 y Av. 10 de Villa Gesell, en orden al delito de Amenazas Agravadas, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, en rel. al 149
bis in fine del C.P. y 323 Inc. 1º del C.P.P.. Regístrese
Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 30 de diciembre de 2014 Autos y Vistos: Por recibido el oficio proveniente de la Comisaría de Villa Gesell, atento lo allí informado, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Evequos Marcelo Adrián sea debidamente notificado del auto que dispuso su sobreseimiento en esta IPP Nº 03-00-9710405. Cúmplase. Proveo por licencia del Titular. Fdo.
Emiliano Lazzari. Juez.
C.C. 516 / ene. 21 v. ene. 27
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1 del Departamento Judicial de Quilmes, presidencia a cargo de la Dra. Manuela María Ochandío, Secretaría a cargo del Dr. Federico Adolfo Wilczek, sito en la calle Alem Nº 430
de Quilmes, Prov, de Bs. As, en los autos caratulados Robledo, Ladra Analía c/ Pudong Trading international Ltd. S.A. y otros s/ Despido y diferencia de haberes expediente Nº 34.816, que tramitan ante este Tribunal, cita y emplaza a PUDONG TRADING INTERNATIONAL
LTD S.A. para que en el término de diez días comparezca a contestar la demanda entablada en su contra, bajo apercibimiento en caso de incomparecía de pasar las actuaciones al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. El auto que así lo ordena dice: Quilmes, 3 de agosto de 2012.
Tiénese al peticionario por presentado, parte, en el carácter invocado y por constituido el domicilio indicado, a mérito de la carta poder acompañada. De la acción que se deduce, traslado a la parte demandada Pudong Trading
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International LTD S.A., para que conteste, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de ley Arts. 28 y 29 Ley 11.653. Asimismo, hágase saber a la demandada que, en oportunidad de contestar la demanda, deberá manifestar si lleva libros de Sueldos y Jornales y demás documentación laboral y contable, y dar cumplimiento con lo establecido con el Art. 201 de la Ley 10.620.
Haciéndosele saber que al responder el mismo deberá reconocer o desconocer expresamente la documentación acompañada o la recepción o remisión de los telegramas o cartas documento que se le atribuyen. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 53 ter. de la Ley 11.653, intímase al demandado para que dentro del plazo para contestar demanda, satisfaga los créditos que adeude al actor, bajo apercibimiento de serie aplicada la sanción que establece el primer párrafo de la norma citada, en el caso de que en su oportunidad se declaren procedentes las peticiones de éste último. Hágase saber a los demandados que a efectos de dar cumplimiento con el Art. 12.5 del Ac. 2972/00 de la S.C.J.B.A., en ocasión de contestar la demanda deberán completar y adjuntar formulario para ingreso de datos de demandados, como así también fotocopia suscripta por el letrado del comprobante de inscripción expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP en el que conste la razón social y el Nº de CUIT -en el caso de personas jurídicaso fotocopia del D.N.I., L.E. o L.E., C.I., o Pasaporte según corresponda -en caso de personas físicas-, todo bajo apercibimiento de ley Arts. 11, 12 de la Ley 11.653, Art. 12.5 Ac. 2972/00 SCJBA. Téngase presente la autorización conferida en el punto d del petitorio. Notifíquese con copias. Fdo. Dr. Horacio Andrés Casquero.
Presidente. Carolina B. Santos, Auxiliar Letrada. Quilmes, 16 de diciembre de 2014.
C.C. 611 / ene. 21 v. ene. 22


POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo Nº 1 del Departamento Judicial de Quilmes, presidencia a cargo de la Dra. Manuela María Ochandío, Secretaría cargo. del.
Dr. Federico Adolfo Wilczek, sito en la calle Alem Nº 430
de Quilmes, Prov. de Bs. As, en los autos caratulados Oroño, Marisol c/ Pudong Tranding International LTD.
S.A. y otros s/ Despido y diferencia de haberes expediente Nº 34.814, que tramitan ante este Tribunal, cita y emplaza a PUDONG TRADING INTERNATIONAL LTD S.A.
para que en el término de diez días comparezca a contestar la demanda entablada en su contra, bajo apercibimiento en caso de incomparencia de pasar las actuaciones al Defensor Oficial de Pobres y Ausentes. El auto que así lo ordena dice: Quilmes, 7 de agosto de 2012. Tiénese al peticionario por presentado, parte, en el carácter invocado y por constituido el domicilio indicado, a mérito de la carta poder acompañada. De la acción que se deduce, traslado a la parte demandada Pudong Trading International LTD S.A para que conteste, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de ley Arts. 28
y 29 Ley 11.653. Asimismo, hágase saber a la demandada que, en oportunidad de contestar la demanda, deberá manifestar si lleva libros de Sueldos y Jornales y demás documentación laboral y contable, y dar cumplimiento con lo establecido con el Art. 201 de la Ley 10.620.
Haciéndosele saber que al responder el mismo deberá reconocer o desconocer expresamente la documentación acompañada o la recepción o remisión de los telegramas o cartas documento que se le atribuyen. Asimismo, de conformidad a lo dispuesto por el Art. 53 ter. de la Ley 11.653, intímase al demandado para que dentro del plazo para contestar demanda, satisfaga los créditos que adeude al actor, bajo apercibimiento de serIe aplicada la sanción que establece el primer párrafo de la norma citada, en el caso de que en su oportunidad se declaren procedentes las peticiones de éste último. Hágase saber a los demandados que a efectos de dar cumplimiento con el Art. 12.5 del Ac. 2972/00 de la S.C.J.B.A., en ocasión de contestar la demanda deberán completar y adjuntar formulario para ingreso de datos de demandados, como así también fotocopia suscripta por el letrado del comprobante de inscripción expedido por la Administración Federal de Ingresos Públicos AFIP en el que conste la razón social y el Nº de CUIT -en el caso de personas jurídicaso fotocopia del D.N.I, L.E. o L.C., C.I, o Pasaporte según corresponda -en caso de personas físicas-, todo bajo apercibimiento de ley Arts. 11, 12 de la Ley 11.653, Art. 12.5 Ac. 2972/00 SCJBA. Notifíquese con copias.
Fdo. Dr. Horacio Andrés Casquero. Presidente. Quilmes, 11 de diciembre de 2014. Federico A. Wilczek, Secretario.
C.C. 612 / ene. 21 v. ene. 22
POR 3 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial N 1, Secretaría Única del Departamento Judicial de Mar del Plata, sito en la calle Alte. Brown 2257, en autos: LAHITTE

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/01/2015 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data21/01/2015

Conteggio pagine8

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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