Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/10/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente:
Dolores, 27 de agosto de 2014. Autos y Vistos:- III.
Notifíquese al MPF, a la Defensa Oficial, y al encartado mediante la publicación de edicto en el Boletín Oficial, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP. Fdo: Dra.
Laura Inés Elías, Jueza de Garantías Nº 1. Gastón Eduardo Giles, Juez. Dolores, 10 de septiembre de 2014.
C.C. 10.194 / sep. 30 v. oct. 6


POR 5 DÍAS - En la causa 483 interno 1230 caratulada Carrizo Javier Eduardo Achucarro Darío Claudio Robo agravado por cometerse en lugar poblado y en banda en grado de tentativa Art. 167 Inc. 2 y 42 del C.P y Carrizo Javier Eduardo Resistencia a la autoridad Arts. 239 y 55
del C.P a Mammolite Roque y Personal Policial de Cría. de San Bernardo en San Bernardo de trámite por ante este Tribunal Oral en lo Criminal Nº 1 Departamental, sita en calle Rico Nº 65 de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar al encausado DARÍO CLAUDIO ACHUCARRO, DNI Nº 32.316.606 cuyo último domicilio conocido es en Calle Gaboto y Frías de la localidad de San Bernardo. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución de fs. 57 vta. dictada por este Tribunal el día 15 de agosto de 2014 en el marco de la causa 483 interno 1230.
Dolores, 15 de agosto de 2014. Autos y Vistos y Considerando. Por ello el Tribunal Resuelve: Declarar extinguida la Acción penal por Prescripción y en virtud de ello, sobreseer a Achucarro Darío Claudio argentino, DNI
32.316.606, nacido el 19 de septiembre de 1984 en Florencio Varela provincia de Bs. As., hijo de Ignacio José y de Teresa Esther López. Fdo.: Dr. Carlos Enrique Colombo, Juez, Dr. Juan Pablo Curí. Juez Asimismo se transcribe el despacho que dispuso el presente, Dolores, 18 de septiembre de 2014. Autos y Vistos: por recibida las actuaciones provenientes de la Comisaría de San Bernardo que lucen agregadas a fs. 64/69 de la presente causa 483 interno 1230 caratulada Carrizo Javier Eduardo y Achucarro Darío Cluaudio robo agravado por cometerse en lugar poblado y en banda en grado de tentativa Art. 167 Inc. 2 y 42 del C.P. y Carrizo Javier Eduardo Resistencia a la autoridad Arts. 239 55 del C.P. a Mammolite Roque Personal Policial de Cría. de San Bernardo en San Bernardo y atento a lo informado por personal de dicha comisaría, no habiendo dado resultado positivo lo dispuesto por este Tribunal mediante resolución de fs. 57 vta., ordénese la notificación de lo resuelto por este tribunal en fecha 15 de agosto de 2014 sobreseimiento por extinción de la acción penal, a los encausados Eduardo Javier Carrizo y Darío Claudio Achucarro mediante edictos Conf. Art 129 del CPP, debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de 5
días. A fin de que se de cumplimiento a la publicación de Edictos Líbrese Oficio de estilo por ante el jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: Dr. Carlos Enrique Colombo. Juez. Dolores, 18 de septiembre de 2014.
C.C. 10.195 / sep. 30 v. oct. 6
POR 5 DÍAS El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial N 2 de Morón a cargo de la Dra. Roxana Patricia Ayale sito en Colón 151 Piso 1, Palacio de Tribunales, Morón, Pcia. Bs. As. Secretaría Única, comunica por cinco días que en los autos: Pereira, Dagoberto Arnaldo s/ Quiebra Expte. 28940 que con fecha 28 de mayo de 2014 se decretó la quiebra PEREIRA, DAGOBERTO ARNALDO D.N.I. 10.886.701. Se hace saber a los acreedores que deberán presentar sus títulos justificativos de crédito dentro del plazo que vence el día 21 de octubre de 2014 ante la sindicatura Estudio Contable Rufino, Drucaroff & Scheinkopf con domicilio en Sarmiento 848 Piso 5 C, Morón, Pcia., de Buenos Aires.
Los informes previstos en los Art. 35 y 39 de la L.C. serán presentados dentro de los plazos que vence el 19 de noviembre y 5 de diciembre de 2014 respectivamente.
Intímese al fallido y a terceros para que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad. Se hace saber la prohibición de hacer pagos al fallido, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. Morón, 9 de septiembre de 2014. Verónica V.
Arriaza Irigoyen, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.222 / oct. 1 v. oct. 7
POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Pablo Nicolás Raele, Secretaría Única a mi
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 2 DE OCTUBRE DE 2014

cargo, en la I.P.P. Nº 06-00-036546-13 caratulada Ariel Darío Ávila s/ Infracción Ley 14.346, a fin de solicitar remita a esta sede la constancia de publicación del edicto ordenando en fecha 7 de mayo de 2014. A mayor ilustración se transcribe el edicto de mención: El Juzgado de Garantías en lo Penal Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 días a ARIEL
DARÍO ÁVILA, DNI Nº 26.683.811, para que comparezca ante este Juzgado. Fdo.: Dr. Pablo Nicolás Raele, Juez de Garantías. Paula E. Gasco Amoreo, Auxiliar Letrada. La Plata, 22 de septiembre de 2014.
C.C. 10.247 / oct. 1º v. oct. 7


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez Titular a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 del Departamento Judicial Morón, Dr.
Ricardo Fraga, Secretaría Única a mi cargo, sito en la calle Alte. Brown esquina Colón, edificio de Tribunales, 2º piso cuerpo F de la Ciudad y Partido de Morón, notifica a PABLO ARIEL OSGANIAN de nacionalidad argentina, cartonero, soltero, nacido el 20 de junio de 1990, hijo de Mirta Sandra Osganián y Arnaldo Fabián Baldomir, y DIEGO
ALEJANDRO BALDOMIR, de nacionalidad argentina, cartonero, soltero, nacido el 10 de agosto de 1986, hijo de Mirta Sandra Osganián y Arnaldo Fabián Baldomir , de la resolución recaída en la I.P.P. Nº 10-00-008442-14 que tramitara ante la UFlyJ Nº 3, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Morón, 27 de agosto de 2014.
Autos y Vistos Y Considerando: Resuelvo: II.Sobreseer totalmente a Diego Alejandro Baldomir, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 323 Inc. 3º del C.P.P., toda vez que agotadas las diligencias instructorias útiles en orden a la comprobación del hecho materia de denuncia, se estableció que las conductas desplegadas no se encuadran en ninguna figura típica que las haga pasibles de persecución penal.- III.- Sobreseer totalmente a Pablo Ariel Osganián, de conformidad con lo dispuesto en el Art.
323 Inc. 3º del C.P.P., toda vez que agotadas las diligencias instructorias útiles en orden a la comprobación del hecho materia de denuncia, se estableció que las conductas desplegadas no se encuadran en ninguna figura típica que las haga pasibles de persecución penal. Fdo.
Dr. Ricardo Fraga. Juez de Garantías, debiendo publicarse por cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Morón, Secretaría, 15 de septiembre de 2014. Pablo A. Busolin, Secretario.
C.C. 10.217 / oct. 1º v. oct. 7
POR 2 DÍAS - El Tribunal del Trabajo del Departamento Judicial de Dolores hace saber que en autos Maydana Ramón y otro c/ Bustinduy Guillermo Manuel y otros s/ Indemnización por Despido, Expte número 18.867 se ha resuelto: Dolores 29 de junio de 2012. Visto el Acuerdo precedente el Tribunal Resuelve: 1
Hacer lugar a la demanda incoada por Ramón Maydana y Olga Beatriz Magallanes contra CUEROSUR SOCIEDAD
ANÓNIMA condenando a ésta a abonar a aquéllos la suma de pesos veinte mil ciento cincuenta y tres con noventa y un centavos $ 20.153,91 de los cuales corresponden $ 12.335,41 al Sr. Maydana y $ 7.818,50 a la Sra.
Magallanes en concepto de indemnización por despido más sac., preaviso más sac, integración al despido más sac, vacaciones no gozadas 1999, aguinaldo proporcional 1999, salarios meses de mayo, junio y julio de 1999 de la manera que fueron liquidados Arts. 55, 103, 107, 119, 137, 138, 139, 140, 121, 122, 123, 150, 151, 232, 233, 245
y Conc. LCT, Art. 168 y 171 de la Constitución Provincial.
Debiéndosele adicionar el interés que paga el Banco de la Provincia de Bs. As., en las operaciones de plazo fijo a treinta días vigente en los diferentes períodos de aplicación hasta su efectivo pago. Suma que deberá ser depositada en autos dentro de los diez días de notificada la presente a la orden del Tribunal y cuenta de autos. 2
Hacer lugar a la excepción de falta de legitimación pasiva Art. 345 Inc. 3 del CPCC opuesta por los demandados Nelly Entrecanales de Bustinduy, Guillermo Bustinduy h y Andrés Bustinduy, y en consecuencia rechazar in totum la demanda incoada contra éstos tanto en forma personal y como herederos del Sr Guillermo Manuel Bustinduy, con costas a los actores. 3 Rechazar el planteo de extensión de responsabilidad a los socios a tenor del Art. 54 de la Ley de Sociedades. 4 Condenar a la demandada a entregar a la actora la certificación de servicios de conformidad a lo acreditado en autos y lo normado por el Art. 80 de la LCT, dentro de los diez días de notificada la presente, bajo apercibimiento de imponérsele una multa equivalente a la suma de $ 30 por cada día de atraso Art. 37 del CPCC. 5 Imponer las costas a la demandada en lo que progresa la demanda, y a la actora en lo que la misma es rechazada Conf. Art. 68 y conc. del
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CPCC. Difiriéndose la regulación de los honorarios de los profesionales intervinientes hasta tanto se practique liquidación de capital, intereses y costas Art. 48 Ley del Fuero. Fecho lo cual, deberán volver estos autos al Acuerdo a dichos fines Art. 51 Ley 8.904. Cópiese.
Regístrese. Notifíquese, personalmente o por cédula que firmará la actuaria. Dr. Laborde. Dr. Hernández. Dr. Raffo Jueces del Trabajo. Dolores, 6 de agosto de 2012. Visto el Acuerdo precedente, el Tribunal Resuelve: Regular los honorarios de los Dres. Jorge Paso, apoderado de la actora, en la suma de Pesos dos mil setecientos sesenta $
2.760, Francisco Repetto, apoderado de la actora, en la suma de Pesos cinco mil quinientos veinte $ 5.520, Gregorio Recondo, patrocinante de la demandada, en la suma de Pesos dos mil ochocientos noventa y cinco $
2.895, José A. Capiel, patrocinante de la demandada, en la suma de Pesos dos mil ochocientos noventa y cinco $
2.895, todas con más el porcentaje legal Arts. 14, 15, 16, 21, 23, 26, 28 y concs. Ley 8.904; 12 Inc. a Ley 10.268/85
y los del Perito Contador, María del Carmen Natoli, en la Suma de Pesos dos mil setenta $ 2.070.Con más el 10%
para el Cons. Profesional Art. 193 Ley 10.620, Art. 27 Inc.
b y 33 Ley 13.948 deb. retenerse el 7% 33 Ley 13.948.
SCBA., en L 43.051, 42.329 y 42.306 del 11-XII-90. Todas con más el IVA si correspondiere. Y conforme lo resuelto a fs. 757 punto 2: excepción de falta de legitimación pasiva, se regulan los honorarios de los Dres. Gregorio Recondo, patrocinante de la demandada, en la suma de Pesos novecientos veinte $ 920, Francisco Repetto, apoderado de la actora, en la suma de Pesos seiscientos cuarenta y cinco $ 645, todas con más el porcentaje legal Arts. 14, 15, 16, 21, 23, 26, 28 y concs. Ley 8.904; 12 Inc.
a Ley 10.268/85. Todas con más el I.V.A si correspondiere. Cópiese. Regístrese. Notifíquese personalmente o por cédula que firmará la Actuaria. Dr. Laborde. Dr.
Hernández. Dr. Raffo Jueces del Trabajo. A continuación paso a practicar liquidación de capital, intereses e impuestos que deben ser abonados por la demandada:
Cuerosur S.A. dejándose constancia que el cálculo de intereses se efectúa hasta el 6 de julio de 2012, aplicando el cálculo de intereses en línea suministrado por la SCJPBA, a saber: Impuesto de justicia $ 443,38; 10% Ley 10.268/85 $ 44,33; Capital cond. a fav. de Maydana Ramona $ 12.335,41; Intereses s/ cap. desde que es debido al 06-07-12 conf. planillas adjuntas s/ índ. prom. aplic.
por Bco. de la Prov. de Bs. As. en dep. a 30 días vig. en los distintos períodos de aplicación $ 13.001,70 Capital cond. a fav. de Magallanes OIga B. $ 7.818,50 Intereses s/
cap. desde que es debido al 06-07-12 conf. planillas adjuntas.s/ índ. prom. aplic. por Bco. de la Prov. de Bs.
As. en dep. a 30 días vig. en los distintos períodos de aplicación $ 8.239,57. Total. $ 41.882,89 Asciende la Presente liquidación a la suma de Pesos cuarenta y un mil ochocientos ochenta y dos con ochenta y nueve centavos. Secretaría, 6 de julio de 2012. Firmado por Mariana Landi, Secretaria Tribunal del Trabajo. Dolores, 29 de agosto de 2014. Carolina Sosa, Secretaria.
C.C. 10.218 / oct. 1º v. oct. 2


POR 5 DÍAS - El Sr. Juez integrante del Tribunal en lo Criminal Nº 2 del Departamento Judicial de Morón, Dr.
Osvaldo Fabián Cedarri, cita y emplaza a ANTONIO
ALBERTO ROLDÁN por el término de tres días computables a partir de la última publicación del presente, a estar a derecho en los autos Nº 3742 caratulada Roldán, Antonio Alberto s/ Robo Agravado por tratarse de vehículo dejando en la vía pública en grado de tentativa l.P.P.
Nº 10-00-011368-14 de la Fiscalía General con intervención de la U.F.l.J Nº 3 Departamental; del Juzgado de Garantías Nº 2 Departamental; identificada a los fines de su sorteo en la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental bajo el Nº 732/2014 del registro de la Secretaría Única; ello, conforme el auto que se transcribe a continuación: Morón, septiembre de _ 2014.
Tiénense presente el contenido de las actuaciones que anteceden, y sin perjuicio de lo manifestado por el Sr.
Defensor Oficial a fs. 97/vta., dispónese su citación y emplazamiento mediante notificación por edicto para que en el término de tres días se presente a estar a derecho en los presentes actuados; ello, bajo apercibimiento de declarar su rebeldía y ordenarse su comparendo o detención según corresponda, a cuyo fin Conf. Art. 129 del C.P.P.. Fdo. Osvaldo Fabián Cedarri, Juez.. Secretaría, 9
de septiembre de 2014. Jorgelina Del Villar, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.220 / oct. 1º v. oct. 7
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Daniel Alberto Leppén, Juez Subrogante del Juzgado en lo Correccional

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/10/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data02/10/2014

Conteggio pagine14

Numero di edizioni3382

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione15/07/2024

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