Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/08/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro cita y emplaza a MARCO TULIO CASTRO
VELÁSQUEZ con último domicilio en Moreno 1360, 1er piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2780, que se le sigue por Robo, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 4 de agosto de 2014. En atención al informe policial obrante a fs. 221/224, y desconociéndose el actual domicilio de los encartados de autos Marco Tulio Castro Velásquez y , cíteselos por edicto que se publicarán por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezcan a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarados rebelde y decretarse su comparendo Arts.
303, 304 y concordantes del C.P.P . Fdo. Dra. Andrea C.
Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario.
Secretaría, 4 de agosto de 2014.
C.C. 8.529 / ago. 20 v. ago. 26


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Dra.
Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a JORGE ANDRÉS GUERRERO
HERRAN con último domicilio en Moreno 1360, 1er piso de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2780, que se le sigue por Robo, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 4 de agosto de 2014. En atención al informe policial obrante a fs. 221/224, y desconociéndose el actual domicilio de los encartados de autos y Jorge Andrés Guerrero Herran, cíteselos por edicto que se publicarán por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezcan a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarados rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordantes del C.P.P. Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 4 de agosto de 2014.
C.C. 8.530 / ago. 20 v. ago. 26
POR 2 DÍAS - La Sala I de la Excma. Cámara de Apelación del Departamento Judicial de San Isidro en autos caratulados Domínguez Jorge Luis c/ García Cristina Isabel y otro / a s/ Fijación Precio Alquileres, notifica a la demandada CRISTINA ISABEL GARCÍA que con fecha 22 de abril del 2014, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: San Isidro, 22 de abril de 2014.
Sentencia: Por ello, en virtud de las conclusiones obtenidas en el Acuerdo que antecede y los fundamentos allí expuestos, se revoca la sentencia apelada y se hace lugar a la demanda de fijación de cánon locativo intentada por Jorge Luis Domínguez contra Cristina Isabel García y Héctor Andrés García, condenando a los demandados para que paguen al accionante por mitades la suma total de $ 1.600 mensuales en concepto de cánon locativo, los que comenzarán a correr desde la fecha de su reclamo 18
de julio de 2006 respecto de Cristina Isabel García, y a partir del 25 de junio de 2012 respecto de Héctor Andrés García y hasta la efectiva entrega del bien al actor, con más los intereses establecidos a la tasa pasiva que paga el Banco de la Provincia de Buenos Aires en sus depósitos a treinta días, desde dicha fecha y hasta su efectivo pago. Las costas de ambas instancias se imponen a los demandados. Regístrese, notifíquese y devuélvase.
Firmado: Carlos Enrique Ribera. Juez. Hugo Oscar Héctor Llobera. Juez. Miguel Luis Álvarez. Secretario. Otro auto:
San Isidro, 20 de mayo de 2014. Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, se desestima la aclaratoria interpuesta. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Firmado: Carlos Enrique Ribera. Juez. Hugo Oscar Héctor Llobera. Juez. Miguel Luis Álvarez. Secretario. Otro auto: San Isidro, 10 de junio de 2014. Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, se hace lugar a la aclaratoria interpuesta, en el sentido que el codemandado
BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, JUEVES 21 DE AGOSTO DE 2014

Héctor Andrés García fue constituido en mora el 15/10/2009, y no como se expresara en la sentencia, con la notificación de la demanda. Sin costas, atento a la forma en que se resuelve Art. 68 del CPCC. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Firmado: Carlos Enrique Ribera.
Juez. Hugo Oscar Héctor Llobera. Juez. Miguel Luis Álvarez. Secretario. San Isidro, 5 de agosto de 2014.
C.C. 8.531 / ago. 20 v. ago. 21


POR 2 DÍAS - La Sala I de la Excma. Cámara de Apelación del Departamento Judicial de San Isidro en autos caratulados Villacorta Gabriel Fernando c/ Cheves Adrián Ricardo s/ Daños y Perjuicios, notifica al demandado LUCIANO ROBERTO SANSON que con fecha 6 de diciembre de 2013, se dictó sentencia cuya parte dispositiva dice: Sentencia: Por lo expuesto en el Acuerdo que antecede, se modifica la sentencia apelada en el sentido que se extiende la condena a la Aseguradora Federal Argentina S.A. con las modalidades, alcances y limitaciones establecidas en el contrato anudado. Se confirma todo lo demás que ha sido materia de agravios. Las costas de esta Alzada se imponen en un 50% al recurrente y en un 50% a la aseguradora. Se difiere la regulación de los honorarios para su oportunidad legal Art. 31 de la Ley 8.904. Regístrese, notifíquese y devuélvase. Firmado:
Carlos Enrique Ribera. Juez. Hugo Oscar Héctor Llobera.
Juez. Miguel Luis Álvarez, Secretario. San Isidro, 5 de agosto de 2014.
C.C. 8.532 / ago. 20 v. ago. 21
POR 3 DÍAS - Juzgado de Paz Letrado del Partido de Saavedra, cita y emplaza a JUAN IGNACIO OBIOL y/o quienes resulten propietario del comercio ubicado en la calle Humberto 1 Nº 163 de la localidad de Pigé, para que comparezcan a tomar intervención en los autos caratulados Municipalidad de Saavedra-Pigé c/ Obiol, Juan Ignacio s/ Apremio, Expte. N 11603/08, por el término de tres días bajo apercibimiento de nombrárseles Defensor de Ausentes. Pigé, 18 de julio de 2014. Fdo.
Roberto Diego Mahón, Secretario.
C.C. 8.537 / ago. 20 v. ago. 22
POR 5 DÍAS - EI Juzgado Civil y Comercial Nº 8, a cargo de la Dra. Bárbara B. Fernández del Tejo, Secretaría Única a cargo de la suscripta, del Dpto. Judicial de Mercedes, hace saber por cinco días en autos Costa Miguel Ángel s/ Quiebra Pequena, Expte. N 90.693, que con fecha 14 de marzo de 2014, se ha decretado la quiebra de MIGUEL ÁNGEL COSTA, DNI Nº 26.102.302, domiciliado en Calle 90 Nº 49 de la ciudad de Chivilcoy, Prov. de Bs. As. El Síndico designado es el Cr. Marcelo Rubén Hermida, domiciliado en calle 28 Nº 518 de esta ciudad de Mercedes y ante quien deberán presentar a los acreedores los títulos justificativos de sus créditos y pedido de verificación hasta el día 12 de septiembre de 2014.
Asimismo el Síndico deberá presentar los Informes Individuales y General los días 13 de noviembre de 2014 y el 29 de diciembre de 2014, respectivamente. Se decreta la Inhibición General de Bienes del deudor. Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, de propiedad de la fallida dentro del quinto día de conocida su apertura, al igual que los libros de comercio y demás documentación, relacionada con su contabilidad, previniéndose a los terceros de la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces. Se ordena Interceptar la correspondencia que se entregará al Síndico, la interdicción de salida del país del fallido, el cierre de todas sus cuentas bancarias entidades financieras cuyos saldos se pondrán a disposición de este Tribunal. Radicar ante este Juzgado los juicios de contenido patrimonial contra el accionante. Mercedes, 17 de julio de 2014. Agustina Zunino, Auxiliar Letrada.
C.C. 8.555 / ago. 21 v. ago. 27
POR 5 DÍAS El Juzgado de Garantías N 2 del Departamento Judicial Necochea, se notifica por este medio a FEDERICO JAVIER DENTI, en I.P.P. N 11-00000226-14 caratulada: Denti, Federico Javier s/
Estupefacientes Tenencia para Consumo Personal por el término de cinco días de acuerdo a lo prescripto en el Art.
129 del C.P.P. Necochea, 23 de junio de 2014 Autos y
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Visto: y Considerando: Resuelvo: 1 Hacer lugar al Sobreseimiento de Federico Javier Denti, D.N.I. N
28.746.256, nacionalidad argentina, nacido el 07 de febrero de 1981 en Avellaneda, hijo de Javier y de María Elena Domine, último domicilio sito en calle Zeballos N 743 de Localidad de Avellaneda, en orden al delito de Tenencia de Estupefacientes, previsto y sancionado por el Art. 14
segundo párrafo de la Ley 23.737, de conformidad con los fundamentos expuestos y en los términos del Art. 323
Inc. 3 del C.P.P. II III Fdo. Dr. Aldo Darío Rau. Juez.
Necochea, a los 05 días del mes de agosto de 2014. María José Tedold, Secretaria.
C.C. 8.551 / ago. 21 v. ago. 27


POR 3 DÍAS - EI Juzgado de Familia N 1, Secretaría a cargo de la Dra. Graciela Domínguez y Dr. Alejandro Peris, del Departamento Judicial de Azul, con sede en Tandil, sito en la calle Irigoyen 857, cita y emplaza a FEDERICO NICOLÁS BORDO, D.N.I. N 28.189.833 para que en el término de diez 10 días, comparezca a tomar la intervención que le corresponde para hacer valer sus derechos, en autos caratulados: Leoni Leticia Pamela c/Bordo, Federico Nicolás s/ Divorcio Art. 214, Inc. 2
C.C..-, Expte. N 1694, bajo apercibimiento de designarle Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente en el proceso. Tandil, 8 de abril de 2014. José Peris, Secretario.
C.C. 8.553 / ago. 21 v. ago. 25
POR 5 DÍAS - En Investigación Penal Preparatoria N
03-02-1677-11, seguida Piaggio Diego Alberto s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido PIAGGIO DIEGO
ALBERTO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores agosto de 2014 Autos y Vistos Por ello Resuelvo: I.- Sobreseer totalmente al imputado Piaggio Diego Alberto, argentino, DNI N
16.312.082, agrimensor, divorciado, instruido, nacido el día 10 de marzo de 1963 en la Localidad de Gualeguay, Pcia. de Entre Ríos, hijo de Pablo Alberto v y de OIga Ofelia Altinier v, domiciliado en calle 12 N 7197 de la Mar del Tuyú, en orden al delito de Hurto, por haberse extinguido la acción penal puesta en marcha, por prescripción en atención a lo dispuesto en los Arts. 59 Inc. 3, 62 Inc. 2, en rel. al 162 del C.P. y 323 Inc. 1 del C.P.P.
Regístrese Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 17 de agosto de 2014 Autos y Vistos: .. Resuelvo: II.- Procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Diego Alberto Piaggio sea debidamente notificado del auto que dispuso el sobreseimiento en el presente proceso. 17 de agosto. de 2014.
Regístrese Fdo. Gastón Giles. Juez. Dolores.
C.C. 8.557 / ago. 21 v. ago. 27
POR 5 DÍAS - En IPP N03-02- 2613-07, seguida contra JAVIER EDUARDO IRASTORZA; que tramita por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, secretaría única del Dr. Jorge Martínez Mollard, de este departamento Judicial de Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era Olmos N
214 de Mar de Ajó siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 28 de mayo de 2014. Autos y Vistos:
Por ello: Argumentos expuestos, Resuelvo: Sobreseer Totalmente al imputado Javier Irastorza, DNI N
26.833.842 en orden al delito de lesiones culposas Art.94
del C.P. por encontrarse extinguida la acción penal puesta en marcha por prescripción, conforme lo normado en los Arts. 59 Inc. 3 y 62 del C:P: y Art. 323, inc. del C.P.P..
Regístrese, Notifíquese. Firmado Gastón E. Giles. Juez de Garantías Nro. 3 Deptal. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores 6 de agosto de 2014. Autos y Vistos: atento lo que surge de lo informado a fs. 124. y vta. de la presente por la comisaría de Mar de Ajó donde se informa el resultado negativo por no ser habido en el domicilio fijado por el imputado Javier Eduardo Irastorza, la vista contestada por el Defensor Oficial y lo resuelto por el suscripto a fs. 121, procédase a la notificación por

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/08/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data21/08/2014

Conteggio pagine11

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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