Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/06/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 4538

LA PLATA, VIERNES 13 DE JUNIO DE 2014

Zamora, Dr. José Antonio Michilini, en la causa Nº 5031, caratulada González Casco, Edgar Josué s/ Hurto Simple en concurso ideal con violación de domicilio J. Gtías. N
04; Gestión N 3684/2013, notifica a EDGAR JOSUÉ
GONZÁLEZ CASCO, cuyos datos filiatorios son los siguientes: argentino, hijo de Rojas y de Francisca Ramona, nacido en San Martín con fecha 18 de diciembre de 1992, D.N.I. 59.659.010 y con último domicilio Díaz Vélez Nº 461 de la localidad de Avellaneda, conocido en la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 28 de mayo de 2014. Atento a los infractuosos intentos de localizar al causante sin resultado positivo y no encontrándose en ninguno de los domicilios recabados a lo largo de las presentes actuaciones, cítese a González Casco, Edgar Josué, por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día a la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Cúmplase con la medida dispuesta anteriormente en el término y forma establecida por el art. 129 del ordenamiento ritual. A tal fin líbrese oficio de estilo. Fdo.
Dr. José Antonio Michilini, Juez en lo Correccional. Ante mí Secretaria Actuante. Secretaría, 28 de mayo de 2014.
María Cecilia Barbuto. Auxiliar Letrada.
C.C. 5.677 / jun. 9 v. jun. 13


POR 5 DÍAS - Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado Nº 3, en la I.P.P. Nº 648413, caratulada: Villamayor, Juan Manuel, s/ Robo; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 15, a cargo de la Sra. Agente Fiscal, Dra. Claudia Lorenzo; cita y emplaza a VILLAMAYOR, JUAN MANUEL indocumentado, por medio de edictos que se publicarán durante diez días, para que en el plazo de un mes, contados desde la última publicación, comparezca por ante la Secretaría del Juzgado de Garantías Nº 3, Departamento Judicial Bahía Blanca, sita en calle Colón Nº 46, piso 2do., de la referida Ciudad, a fin de explicar los motivos de su incumplimiento a las reglas de conducta impuestas en el marco de la suspensión de juicio a prueba dictada a su respecto; ello bajo apercibimiento de serie revocado el beneficio. Bahía Blanca, 23 de mayo de 2014. María Mercedes Martínez Zapata. Auxiliar Letrada.
C.C. 5.693 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado Nº 3, en la I.P.P. Nº 819512, caratulada: Acosta, Nelson Ariel, s/ Lesiones Leves, Abuso de Autoridad y Violación de los deberes de funcionario; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a cargo del Sr.
Agente Fiscal Dr. Oscar Duizeide; cita y emplaza a NELSON ARIEL ACOSTA D.N.I. Nº 26.571.930, por medio de edictos que se publicarán durante diez días, para que comparezca a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3, sita en calle Estomba Nº 127, a fin de prestar declaración en los términos del art. 308 del C.P.P. Bahía Blanca, 22 de mayo de 2014. María Mercedes Martínez Zapata. Auxiliar Letrada.
C.C. 5.694 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado Nº 3, en la I.P.P. Nº 614813, caratulada: Silva Trigo Walter Adrián formula denuncia; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 con intervención de la Sra. Agente Fiscal, Dra. Leila Violeta Scavarda; cita y emplaza a LUIS EMILIO GONZÁLEZ REYES DNI
10.379.545, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, para que comparezca a la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 3 a primera audiencia a efectos de participar en una rueda de reconocimiento de personas; bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 129 del C.P.P. Bahía Blanca, 27
de mayo de 2014. Romina P. Antonelli, Secretaria.
C.C. 5.695 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 4 de Bahía Blanca a cargo de la Dra. Marisa G. Prome, Secretaría a cargo del Dr. Carlos Human, cita y emplaza a CÉSAR
DIEGO REYNOSO, DNI 27.777.948, con domicilio desconocido, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de la U.F.I.J. N 1 a primera audiencia a los fines de prestar declaración en los términos del art. 308 del C.P.P. Art. 129 del Código de
BOLETÍN OFICIAL

Procedimiento Penal Pcial.. Bahía Blanca, 26 mayo de 2014. Anabel Martínez Gabella, Auxiliar Letrada.
C.C. 5.697 / jun. 9 v. jun. 13


POR 5 DÍAS - El Señor Titular del Juzgado de Garantías N 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Jorge Walter López, notifica a BRIAN
EZEQUlEL MARTÍN, en causa N 07-00-062279-11 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 1 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: Lomas de Zamora, 16 de julio de 2013 Autos y Vistos y Considerando Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal en la presente causa y por ende sobreseer totalmente a Brian Ezequiel Martín en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1
del Código Procesal Penal y 59 inc. 3º y 76 ter. párrafo cuarto del Código Penal Fdo.: Jorge Walter López, Juez de Garantías.
C.C. 5.709 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Sra. Juez en lo Correccional Nº 4, Dra. María Laura Pinto de Almeida Castro, en la causa Nº 963 caratulada Vargas, Pablo Alberto s/ Desobediencia a fin de solicitarle se sirva disponer la publicación por cinco días, a efectos de citar al imputado PABLO ALBERTO VARGAS titular del DNI
23.121.941, como consecuencia de la resolución que a continuación se transcribe: Bahía Blanca, 22 de mayo de 2014. Atento lo que surge del oficio de fs. 101 y 105 y lo informado por el Actuario a fs. 93, siendo que Vargas, Pablo Alberto no ha podido ser notificado de la citación a juicio en la presente causa, desconociéndose su actual paradero; déjese sin efecto la audiencia fijada por economía procesal para el día de la fecha y cíteselo al mencionado imputado para que en el plazo de cinco días se presente en la sede de este Juzgado, sito en la calle Avenida Colón Nº 46 Piso 5to. de la ciudad de Bahía Blanca, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde :v ordenarse su comparendo. Art. 129 del C.P.P.B.A..
Notifíquese. Fdo. María Laura Pinto de Almeida Castro.
Eduardo Alejandro Guglielmi. Secretario.
C.C. 5.696 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - Por disposición del Tribunal en lo Criminal N 2 del Departamento Judicial Dolores, sito en calle Alberdi N 137, en causa Nº 615/1041 IPP Nº 52.452
seguida a JUAN CARLOS POLO por Robo Agravado de ganado mayor en Dolores; a los efectos de que se proceda a publicar edicto por el término de 5 días, a fin de notificar al nombrado la resolución que a continuación se transcribe:
Dolores, 15 de abril de 2014. Autos y Vistos: Atento el estado de autos conf. fs. 162/168 y lo manifestado por el Ministerio Público Fiscal a fojas 183, en relación al remanente de los elementos que se encuentran secuestrados y reservados en este Tribunal bajo Nº 388, a saber: un cuchillo Herardi con vaina negra, una mochila color azul tres destornilladores, tres llaves de dos bocas, un sacabujías, una llave francesa, dos llaves Allen, un alicate de cortar uñas, dos terminales de pesca, un frasco de plástico de aceite multiusos, un inflador metálico, un bolso de lona blanco, un gorro de lana negro con inscripción Ford, un pantalón de buzo azul sin marca, una remera manga larga color azul sin marca, un par de zapatillas deportivas color azul y gris con inscripción Finters; un par de medias de fútbol color azul con líneas blancas y un pullover tipo buzo color azul con inscripción Phillers Company y un calzoncillo azul; dispónese la entrega de los mismos a Juan Carlos Polo, domiciliado en calle Espora Nº 95 de esta ciudad, en el mismo carácter en el cual eran detentados al momento de su incautación v. fs. 37 IPP 52452. En caso de no ser retirados en el término de sesenta días contados a partir de su notificación, se procederá a su destrucción 523 y concs.
del C.P.P. y Art. 9 y concs. Ac. 3062 de la S.CJ.B.A.. Dicha medida se efectivizará a través de la Oficina de Efectos dependiente de la Fiscalía General Departamental a la que se le remitirán bajo debida constancia. A tales fines, ofíciese con adjunción de copia certificada de la presente y los efectos correspondientes. Notifíquese al señor Polo. Fdo.
Dra. Analía Graciela Ávalos. Juez. Asimismo se transcribe a continuación el proveído que dispuso el presente: Dolores, 27 de mayo de 2014. Habiéndose recepcionado las actuaciones de notificación del encausado Juan Carlos Polo proveniente de la Comisaría de Policía Local en razón de ignorarse el domicilio del nombrado/ y a fin de notificarlo de la resolución obrante a fs. 184, procédase a la publicación de edictos judiciales por el término de cinco días en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. art. 129 del C.P.P..
Recepcionado que sea, la copia del Boletín, donde conste
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

la publicación ordenada, cúmplase con el segundo párrafo de la mencionada resolución. Fdo. Dra. Analía Graciela Ávalos. Juez. Dolores, 28 de mayo de 2014. Marisol Moreno, Secretaria.
C.C. 5.704 / jun. 9 v. jun. 13


POR 5 DÍAS - En Causa N 2-10.876, seguida a CORIA
JUAN s/ Defraudación, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3 a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido Coria Juan cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de La Costa, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 21 de mayo de 2014.
Autos y Vistos Por ello Resuelvo: INo hacer lugar a lo peticionado por la Dra. María L. Esponda de Chirizola, por carecer de legitimación activa en esta causa N 2-10.876.
II.-Declarar la extinción de la acción penal puesta en marcha en la presente causa seguida a Juan Coria en orden al delito de Defraudación, por la prescripción operada conforme lo normado por los arts. 59 inc. 3 y 62 inc. 2, 173
inc. 1 del C.P. III.- Levantar la averiguación de paradero oportunamente decretada contra Juan Coria, por haber desaparecido el poder punitivo del estado en lo sucesivo.
A tal fin líbrese oficio de estilo Notifíquese Fdo. Gastón Giles. Juez. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 21 de mayo de 2014. Autos y Vistos
Resuelvo IV.- Procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art.
129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Juan Coria sea debidamente notificado del presente auto. Notifíquese Fdo. Gastón Giles, Juez. Dolores, 21
de mayo de 2014.
C.C. 5.705 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - En Incidente N 13551 Investigación Penal Preparatoria N 03-00-5286-12 caratulado Vitale José Aníbal s/ Eximición de Prisión, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido VITALE JOSÉ ANÍBAL cuyo último domicilio conocido era jurisdicción de General Belgrano, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 15 de abril de 2014 Por los fundamentos expuestos en el acuerdo que precede, no se hace lugar al recurso de apelación impetrado por el Dr. Rolando Brown;
se confirma el auto en crisis en cuanto dispuso: No hacer lugar a la eximición de prisión a favor de José Aníbal Vitale por el delito de Abuso Sexual agravado por el encargado de la guarda de la menor en los términos del art. 119 primer párrafo en relación con el último párrafo en su referencia al cuarto párrafo inc. b del Código Penal art. 177, 179, 180, 186, 190 y concordantes del Código de Procedimiento Penal. Notifíquese Fdo. Susana Mriam D. Yaltone. Luis Felipe Defelitto. Jueces. Ante mí María Lucrecia Angulo. Secretaria. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 26 de mayo de 2014
Autos y Vistos: Por recibido el presente incidente de eximición de prisión proveniente de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Dptal. y advirtiendo el suscripto que el encartado José Aníbal Vitale no ha sido notificado de la resolución por dictada por el Ad Quem, a fin de velar por las garantías constitucionales de defensa en juicio y debido proceso legal Art. 18 C.N., procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que José Aníbal Vitale, sea debidamente notificado de la resolución dictada por el Superior en Grado, por medio de la cual se confirma la resolución que no hace lugar a la eximición de prisión.
Cúmplase. Fdo. Gastón Giles. Juez. Dolores, 26 de mayo de 2014.
C.C. 5.706 / jun. 9 v. jun. 13
POR 5 DÍAS - El Juzgado de Garantías N 4 de Bahía Blanca a cargo de la Dra. Marisa G. Prome, Secretaría a cargo del Dr. Carlos Human, cita y emplaza a ALDO
FABIÁN CARNICER, DNI 26.535.261, con último domicilio conocido en Barrio Centenario, casa 203 de Punta Alta, por medio de edictos que se publicarán durante cinco días en el Boletín Oficial, a fin de hacerle saber que deberá comparecer a la Sede de la U.F.I.J. N 3 a primera audiencia a los fines de prestar declaración en los términos del

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 13/06/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data13/06/2014

Conteggio pagine16

Numero di edizioni3392

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione29/07/2024

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