Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BOLETÍN OFICIAL

Quagliata Santiago y otro s/ Despido Exp. N 31.462, que el Martillero Juan José Venturino Col. N 786 rematará EL DÍA 25 DE JUNIO DE 2014 A LAS 13,00 HS. en la sala de subastas del Colegio de Martilleros de Quilmes, Humberto 1 N 277 de Quilmes, un inmueble sito en Av.
López Escribano hoy Presidente Juan Domingo Perón entre Gral. Alvarado y Vías del Ferrocarril, del Partido de Florencio Varela correspondiente a la Nomenclatura Catastral: Circ. I, Sección T, Fracción 2, Parcela 2 a, Matrícula 63.633, Pdo. Florencio Varela 032. Exhibición el 24-06-2014 de 10,30 a 11,30 hs.- Ocupado por el Señor Claudio Quagliata en calidad de inquilino. Deudas Municipales al 10/12/13 $ 10.525,29 Fs. 448, ABSA al 19/12/13 $ 811,82 Fs. 441 e Impuesto Inmobiliario al 20/11/13 $ 52.272,20 Fs. 432. Condiciones: Base $
709.540. Seña 30%, Comisión 3% cada parte más Aportes de Ley, Sellado 1,2 % e Impuesto a la Transferencia de Inmuebles Ley 23.905 1,5 %, todo al contado, en pesos y al mejor postor en el acto de remate.
De lo obtenido del remate se atenderá en primer término el pago de los créditos que por capital, intereses y honorarios del letrado ejecutante se liquiden en estos autos Conf. doctrina S.C.B.A., L. 69.979, 12/2/02, Ressia c/
Ingles Bahía Blanca. El relevamiento normado por la Ley 10.707 será a cargo exclusivo del comprador, efectivizándolo en el momento de realizarse la Escritura Traslativa de Dominio. No se permite la compra en comisión Art. 36
CPCC, ni la cesión del boleto de compraventa. El comprador deberá depositar el saldo de precio en la cuenta de autos, en el Bco. de la Pcia. de Bs. As. Suc. Quilmes, dentro de los cinco días de aprobada la subasta; las sumas correspondientes al saldo de precio devengarán un interés anual igual al que paga el Bco. de la Pcia. de Bs. As. en sus depósitos a 30 días vigentes en los distintos períodos de aplicación Ac. 43.858 del 21/05/91 SCJBA desde la fecha de compra hasta el efectivo depósito de los mismos. El comprador deberá constituir domicilio en el radio de asiento del Tribunal. Quilmes, 30 de mayo de 2014.
Federico A. Wilczek, Secretario.
C.C. 5.779 / jun. 10 v. jun. 12


TRIBUNAL DEL TRABAJO N 1
Departamento Judicial de Quilmes POR 2 DÍAS El Tribunal del Trabajo N 1 de Quilmes, informa autos Aquino Silvio Osmar c/ Juárez María Cecilia s/ Despido Expte. N 33.149, que el Martillero H.
J. Di Nucci, Mat. N 41 CMYCPQ, con Ofic. en 148 N
1469 de Berazategui, Telfax 4256-1316, e-mail hjdinucci@yahoo.com.ar ; Remata al contado y al mejor postor EL
DÍA 8 DE JULIO DE 2014, A LAS 12 HS., en Planta Industrial de Carrocerías Juárez sita en calle Martín Coronado N 1583 a 150 mts del Puente de Bosques de Bosques, Pdo. de Fcio. Varela, Exhibiendo el mismo día de 11 a 12 hs., las siguientes máquinas: a Gran máquina dobladora de chapas marca Daisa. Base $ 3.000,00, b Máquina guillotina de chapa marca Daisa. Base $
2.000,00; c Guillotina de chapa sin marca. Base $ 500,00;
d Amoladora de mano marcha Bosch. Base $ 100,00; e Soldadora para pulsote CO2 sin marca a la vista con tubo de CO2. Base $ 2.000,00; y f Soldadora marca Selendar para tubo de CO2, con tubo incluido. Los adquirentes de cada unidad, abonarán a momento de la compra y en dinero en efectivo, el 100% del importe de la compra, con más el 10% de comisión del Martillero, con mas el 10 %
de dicha comisión por Aportes Caja Previsional Leyes 10.973/12.125 y 14.085, con más el 21 % del honorario en concepto de IVA. Es de responsabilidad del adquirente y a su cargo; el desamure de las máquinas; la reparación de ser necesaria del piso y el inmediato retiro de las mismas, finalizado el acto de subasta, como al igual el acarreo y carga al exterior a su cargo. El Martillero, podrá requerir a los asistentes de la exhibición como de subasta, la firma de la planilla de asistencia, exhibiendo DNI;
dando dirección y firmando la misma. Fotos en color de las máquinas, a disposición en autos y/o en Oficina del Martillero interviniente. Quilmes, 20 de mayo de 2014.
Federico A. Wilczek, Secretario.
C.C: 5.773 / jun. 10 v. jun. 11

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia N 5, en lo Civil y Comercial del Departamento Judicial de San Isidro, sito en Ituzaingó 340, 6, Piso, San Isidro, Provincia
LA PLATA, MARTES 10 DE JUNIO DE 2014

de Buenos Aires, a cargo de la Dra. Alicia Ángela Ortolani, Secretaría Única desempeñada por la Dra. Diana Cecilia Segovia, en los autos Alimentación Natural S.R.L. s/
Pedido de Quiebra Expediente N 54.902; hace saber que con fecha 7 de marzo de 2012, se ha decretado la quiebra de ALIMENTACIÓN NATURAL S.R.L., con domicilio comercial sito en la calle William C. Morris 683, de Villa Martelli, Partido de Vicente López, Provincia de Bs. As.
Son sus socios gerentes: Roberto Leopoldo Maxera D.N.I.
N 16.785.662, C.U.I.T. 20-16785662-5 y Lucas Andrés Carrano D.N.I. N 16.920.671, C.U.I.T. N 20-16920671-7.
La Sociedad fue inscripta en el Registro Público de Comercio el 5 de diciembre de 1995, bajo el Número N
9458, L 103 de S.R.L. C.U.I.T. N 30-68644787-8. Se ha designado síndico al contador Dr. Juan Manuel Río, Teléfono N 15-5416-8100, debiendo presentarse los pedidos de verificación de créditos en el domicilio de la calle Tres Sargentos 929 Acassuso, días hábiles de lunes a viernes de 14 a 18.30 hs hasta el día 11/06/14 de 2014.
Oportunidad en que los acreedores pagarán la suma de $
300,00 al Síndico por cada crédito a verificar por valor actualizado fijado en el Art. 32 LCQ. Intimar a la fallida para que dentro del plazo de veinticuatro horas, ponga a disposición del Juzgado todos sus bienes en el modo previsto en el artículo 88 de la citada ley, bajo apercibimiento de decretarse las medidas compulsivas del caso. Se intima a la fallida a constituir domicilio dentro del radio del Juzgado en el plazo de 48 horas, bajo apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados. Asimismo, intímase a todos aquellos que tengan en su poder bienes o documentación del fallido para que dentro del plazo de cuarenta y ocho horas de la última publicación edictal coloquen los mismos a disposición del juzgado o, en su caso, denuncien la ubicación e individualización de los bienes o instrumentos, todo ello, bajo apercibimiento de ley. Poner en conocimiento de los terceros la ineficacia de los pagos de cualquier naturaleza al fallido conforme los términos del artículo 88 inc. 5 de la L.C.Q, Fijar los días 11 de julio y 27 de agosto de 2014, respectivamente, para la presentación por el síndico de los informe individual y general. San Isidro, 22 de mayo de 2014. Diana Cecilia Segovia, Secretaria.
C.C. 5.612 / jun. 4 v. jun. 10


POR 5 DÍAS - La señora Juez a cargo del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial de Lomas Zamora, Dra. Ana María Tenuta. Notifica a CLAUDIA MARCELA FIDALGO, en la causa N 648680/3 N interno 3397 seguida a la nombrada en orden al delito de Amenazas en concurso real con daño, cuya resolución infra se transcribe:Banfield, 7 de marzo de 2013. Autos y vistos: Para resolver en la presente causa N 648680/3 del registro de este Juzgado y N 4546/2008 de la Secretaría de Gestión de la Excma. Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental, caratulada Badaracco, Claudia Alejandra s/ Amenazas en concurso real con daño, y Considerando: Que a fs. 129 se presenta el Dr.
Diego M. Álvarez, Tomo V, Folio 188 del C.A.Q solicitando se regulen los honorarios pertinentes en virtud de las labores desempeñadas a lo largo del proceso, todo ello en función de la normativa imperante en los artículos 9, título I, ítem 16, punto II y 54 ssgtes. y cctes. de la Ley 8.904.
Que teniendo en cuenta las constancias del expediente, el mérito y el resultado de las tareas cumplidas hasta esta etapa procesal, corresponde al suscripto regular los honorarios del indicado profesional, conforme la normativa legal vigente. Por todo lo expuesto es que el suscripto.
Resuelve: I Regular los honorarios profesionales en la presente causa N 648680/3 N interno 3397 del Dr.
Diego M. Álvarez, Tomo V, Folio 188 del C.A.Q, en la suma equivalente a 20 Jus, con más los aportes que establece la Ley 6.716, dejándose constancia que los mismos deberán ser abonados dentro del plazo establecido en la normativa del artículo 54 de la Ley 8.904. Artículos 9, título I, ítem 16, acápite b, punto 1 y 54 de la Ley 8.904, artículo 21 de la Ley 7.166 y artículo 8 de la Ley 12.061. II
Regístrese por Secretaría. III Notifíquese. Fdo. Dr. José Antonio Michilini. Juez a cargo P.D.S. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Otro resolutorio:Banfield, 14 de marzo de 2014. Autos y vistos: Esta causa N 648680 R.I.
3397 del Registro de este Juzgado y N 4546/2008 del Registro de la Secretaría de Gestión de la Excma Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal Departamental caratulada Badaracco, Claudia Alejandra s/ Amenazas en concurso real con daños, Considerando: 1 Que a fs. 169
con fecha 18 de febrero de 2014 se dispuso la notificación
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por edictos respecto de la Sra. Claudia Fidalgo quedando la confección y diligenciamiento a cargo del Dr. Diego Álvarez, ello conforme lo peticionado a foja 168 de estos obrados. 2 Que a fs. 170/1 el mencionado profesional interpone en legal tiempo y forma recurso de reposición con apelación en subsidio conforme lo establece los artículos 436 y 438 del C.P.P. contra el decreto obrante a fs.
169 de la presente causa.- 3 Que teniendo en cuenta las constancias del expediente y siendo atendibles las razones esgrimidas por el mentado profesional, entiende el Suscripto que corresponde hacer lugar al recurso de reposición interpuesto, conforme la normativa legal vigente.
Por todo lo expuesto es que Resuelve: I Hacer lugar al recurso de reposición interpuesto por el Dr. Diego Álvarez.
Art. 436 y concordantes del C.P.P. II Revocar el auto de fs. 169 por contrario imperio y procédase a notificar a Claudia Marcela Fidalgo por intermedio de edictos la resolución que luce a foja 130/vta., los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. III Regístrese y notifíquese al Dr. Diego Álvarez mediante cédula. Fdo.
Dra. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani.
Secretaria. Otro decreto: Banfield, 26 de mayo de 2014.
Téngase presente lo solicitado a foja 176 y advirtiendo un error en la publicación del edicto dispuesta a foja 172/vta., reitérese el mismo a fin de notificar a Claudia Marcela Fidalgo por intermedio de edictos la resolución que luce a foja 130/vta. con transcripción del artículo 54 de la Ley 8.904, los que se publicarán por el término de cinco 5
días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio. Fdo. Dra. Ana María Tenuta.
Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Artículo 54 Ley 8.904:Los honorarios regulados judicialmente deberán abonarse dentro de los diez 10 días de quedar firme el auto regulatorio. Los honorarios por trabajos extrajudiciales se abonarán dentro de los diez 10 días de intimado su pago, cuando sean exigibles. Operada la mora, el profesional podrá optar por: a Reclamar los honorarios revaluados con el reajuste establecido en el artículo 24, con más un interés del ocho 8 por ciento anual. b Reclamar los honorarios, con más el interés que perciba el Banco de la Provincia de Buenos Aires en operaciones de descuento. Los honorarios a cargo del mandante o patrocinado quedarán firmes a su respecto si la notificación se hubiere practicado en su domicilio real. En la cédula de notificación en todos los casos y bajo apercibimiento de nulidad, deberá transcribirse este artículo. Secretaría, Banfield, 26 de mayo de 2014. Rosana M. Luciani, Secretaria.
C.C. 5.616 / jun. 5 v. jun. 11


POR 5 DÍAS - Se hace saber a SILVIA CRISTINA ALANIS, DNI 14.083.717, que por ante este Juzgado en lo Civil en Familia y Sucesiones de la IIa. Nominación, a cargo de Sylvia García Zavalía de Sánchez Iturbe, y Secretaría Actuaria desempeñada por la Dra. Marta María Posse y la Proc. María Celina Carrizo, se tramitan los autos caratulados:Saavedra Carlos Eduardo c/ Alanis Silvia Cristina s/
Divorcio Vincular - Exp. N 6457/07, en los que se proveyó lo siguiente: San Miguel de Tucumán, 30 de abril de 2014. 1 Téngase y presente lo informado. Fíjase nuevamente fecha para la realización de la primera y segunda audiencia del artículo 38 del C.P.C. A tal fin, fíjase los días 18/06/2014 y 02/07/2014, ambas a 08:30 hs., o día hábil subsiguiente a la misma hora en caso de feriado, debiéndose notificar a la demandada mediante edicto Ley 22.172, el que deberá ser publicado en la Localidad de Lanús Oeste, Provincia de Buenos Aires. Se encuentra autorizado al diligenciamiento del edicto Ley 22.172, el Defensor Oficial de la 1 Nominación y/o la persona que el mismo designe. Notifíquese con transcripción literal de la providencia de fecha 3 de diciembre de 2007 fs. 20. Se hace constar que el edicto Ley 22.172 deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires y que el mismo deberá ser diligenciado sin cargo, es decir, libre de derechos. Asimismo se hace constar que el término para contestar demanda se amplia en razón de la distancia conforme lo normado por el Art. 124 del C.P.C. un día por cada doscientos kilómetros o fracción que no baje de cien. Personal. Fdo. Dra. Sylvia García Zavalía de Sánchez Iturbe. Juez. A continuación se transcribe el mencionado proveido: San Miguel de Tucumán, 3 de diciembre de 2007. Por presentado, dese a la presente causa el trámite prescripto por el Art. 283 del C.P.C.

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 10/06/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data10/06/2014

Conteggio pagine17

Numero di edizioni3392

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione29/07/2024

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