Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/03/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

BARRERA, DNI 7.790.584 con domicilio Calle 58 N 995
de la localidad y Partido de La Plata, Provincia de Buenos Aires, con fecha 7 de octubre de 2013. Los acreedores deberán formular sus pedidos de verificación ante el Síndico Cdor. César Alberto Carlino, con domicilio en calle 39 N 978, La Plata, Estudio Dr. Eduardo Gardella, hasta el día 4 de abril de 2014. Días y horario de atención: lunes, miércoles y viernes de 14:30 a 17:00 hs. Informe individual Art. 35 LCQ: 28 de mayo de 2014. Informe general Art.
39 LCQ: 11 de julio de 2014. Se intima a los herederos y a los terceros con bienes o documentación de propiedad del fallido a entregarlos al Síndico designado conf. Art. 88
inc. 4 LCQ. Se prohíbe todo pago de cualquier naturaleza o entrega de bienes a la sucesión fallida, bajo apercibimiento de declararlos ineficaces. La Plata, 28 de febrero de 2014. Marcela R. Sonaglia, Secretaria.
C.C. 2.725 / mar. 21 v. mar. 28


BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 28 DE MARZO DE 2014

libertad asistida arts. 13 y 14 C.P., 4, 101 y ss. Ley 12.256
y 169.10 C.P.P.B.A. debiendo cumplir como reglas de seguimiento el someterse al contralor del Patronato de Liberados y fijar domicilio, vide fs. 42/43 del incidente 2586/4 la que se concretó en igual fecha.
Consecuentemente la pena vencerá el 26 de junio de 2015."
Los datos personales del causante Lautaro Federico Martínez son: D.N.I. 37.785.539, argentino, nacido en Carmen de Patagones, Pcia. de Buenos Aires, el 21 de septiembre de 1993, hijo de Javier Dellulius y de Karina Soledad Martínez, domicilio Ángel Brunel N 680 de Carmen de Patagones. María Carla Roveta. Auxiliar Letrada.
C.C. 2.727 / mar. 21 v. mar. 28


POR 5 DÍAS - Por disposición del señor Titular del Juzgado en lo Correccional Nº 4 del Departamento Judicial Morón a cargo del Dr. Lucas Varangot, en el marco de la causa correccional N 1.582 seguida a Antonela Mariel Bramajo por el delito de Hurto en Grado de Tentativa, del registro de esta Secretaría, cítese y emplácese, por el término de cinco 5 días, a ANTONELA
MARIEL BRAMAJO, DNI Nº 38.670.250, de nacionalidad argentina, estado civil soltera, instruida, nacida el día 4 de diciembre de 1993 en la localidad y partido de Morón, Provincia de Buenos Aires, hija de Luis Armando Bramajo y de Ramona Rosa Toledo, con último domicilio conocido en Bergamini Nº 1417 del Partido de Hurlingham, Provincia de Buenos Aires, a fin que en el plazo de diez 10 días, comparezca a regularizar su situación procesal ante este Órgano jurisdiccional, sito en la calle Colón Nº 151, esquina Almirante Brown, cuarto piso, sector "c" de la localidad y partido de Morón, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su comparendo arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Como recaudo legal; se transcribe a continuación el auto que ordena el libramiento del presente edicto: "Morón, 10 de marzo de 2014. Por devuelta la presente causa. En atención a lo manifestado por la Sra.
Defensora Oficial a fs. 170 y lo solicitado por el Sr. Agente Fiscal a fs. 187/vta., cítese y emplácese mediante edicto a publicarse en el Boletín Oficial de esta Provincia, a Antonela Mariel Bramajo, por el término de cinco 5 días, a fin que comparezca a este Tribunal a efectos de regularizar su situación procesal dentro de los diez 10 días a partir de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde y ordenar su comparendo compulsivo arts. 129, 303 y 304 del C.P.P.. Firmado: Dr. Lucas Varangot. Juez. Secretaría, 10 de marzo de 2014. Laura Vanesa Sáez. Secretaria.
C.C. 2.726 / mar. 21 v. mar. 28


POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores, sito en Calle Ingeniero Quadri N 242 de esta ciudad de Dolores, en causa N 458/11, interno N 673 caratulada "González Jorge Matías s/ Tentativa de Robo Simple art. 42 y 164
C.P. a Olga Teresa Anchoverri en Mar del Ajó, Secretaría Única a cargo de la Dra. Inés Lamacchia, a efectos de solicitarle que por donde corresponda se proceda a publicar edicto por el término de cinco 5 días a fin de notificar a GONZÁLEZ JORGE MATÍAS la resolución dictada que a continuación s transcribe en su parte dispositiva esencial:
"Dolores, 5 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: y Considerando Por todo lo expuesto, Resuelvo: I.Declarar la extinción de la acción penal en el marco de la Causa N 458/11 Interno N 673, caratulada "González Jorge Matías s/ Tentativa de Robo art. 42 y 164 C.P. a Olga Teresa Anchoverri en Mar de Ajó", correspondiendo sobreseer en forma total al imputado González Jorge Matías, de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, nacido el día 14 de agosto de 1988 en San Martín, Provincia de Buenos Aires, titular del D.N.I. N 34.018.850, hijo de Raúl Jorge y de Claudia Marcela Acuña, domiciliado en calle Defensa Nº 7535 e/ Roca y Parodi de Lomas de Marilo Pdo. de Moreno, por el hecho ocurrido el día 14
de febrero del año 2008 en Mar de Ajó y que fuera calificado como Tentativa de Robo, previsto y reprimido en el art. 42 y 164 del Código Penal, por el que fuera elevada a juicio, sin costas art. 76 bis y ter del Código Penal y art.
323, 530 y concordantes del C.P.P.. II.- Regístrese Notifíquese al Agente Fiscal y al Defensor Oficial. A fin de notificar al imputado, líbrese el oficio de estilo con transcripción de la parte resolutiva. Una vez firme, practíquense las comunicaciones de ley y póngase en conocimiento del Patronato de Liberados de intervención. Cumplido todo ello, vuelva a despacho. Fdo. Analía H. C. Pepi, Jueza en lo Correccional N 3 del Departamento Judicial Dolores".
C.C. 2.728 / mar. 21 v. mar. 28


POR 5 DÍAS - Por disposición del Sr. Juez del Tribunal en lo Criminal N Uno del Departamento Judicial de Bahía Blanca, Dr. Mario Lindor Burgos, dirijo a Ud. el presente en cumplimiento a lo dispuesto por la Ley 4.474, haciéndole saber que en la causa seguida a LAUTARO FEDERICO
MARTÍNEZ - causa original Nº 542/12 Orden interno 2586, en el día de la fecha, se ha resuelto aprobar el siguiente cómputo de pena: "con fecha 9 de octubre de 2012, se resolvió condenar a Martínez, a la pena de 4 cuatro años de prisión, con más las accesorias legales y costas en orden al delito de Robo Calificado por el Uso de Arma cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada;
por cometerse en poblado y en banda, con la participación de menores de edad en los términos de los arts. 166 inc. 2
último párrafo; 167 inc. 2, 41 quater, del Código Penalfs.
287/291. La resolución fue recurrida. Con fecha 5 de noviembre de 2013, la Sala II del Tribunal de Casación Penal Provincial, en la causa 56.016, dispuso declarar formalmente admisible el recurso y hacer lugar al mismo, casando el pronunciamiento impugnado, revocando la aplicación del art. 41 quater, y ajustando la pena, en conclusión, a 3 tres años y 4 cuatro meses de prisión, manteniendo la restante calificación fs. 53/58. Lo resuelto restó firme conforme la notificación de fs. 60 y 62 de la causa 56.016. Con fecha 27 de febrero de 2012 se procedió a la aprehensión del causante fs. 33/35, la misma se convirtió en detención el 29 de febrero de igual año fs. 57/60. Con fecha 14 de marzo de igual año se convirtió la detención en prisión preventiva fs. 149/158. El 24 de enero de 2014 se concedió al causante la excarcelación en los términos de la
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a ROBERTO ANTONIO CRESCENTE, DNI N 8.511.852, que en la causa Nº P02348 caratulada "Crescente, Roberto Antonio s/ Amenazas Agravadas - Tenencia Ileg.
de Arma de Fuego Uso Civil", se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe: "Campana, 30 de diciembre de 2013. Vistas y Considerando
Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal en la presente Causa N P02348, respecto de Roberto Antonio Crescente y en orden a los delitos de amenazas agravadas y tenencia ilegal de arma de fuego de uso civil Arts.
149 bis 20 párrafo y 189 bis inc. 2, segundo párrafo C.P.
que se le imputaran; de conformidad con lo reglado por el art. 76 ter. del C.P. II Dictar sobreseimiento total en la presente Causa N P02348, en los términos de los arts. 323
inc. 1 y 341 de C.P.P. III Desafectar del trámite de la presente causa el Efecto N 16904 que se encuentra reservado en el ámbito del Ministerio Público Fiscal Departamental; consistente en un 1 revolver sin marca ni numeración visible, con cachas encintadas en color negro, cuatro 4 proyectiles calibre 38 marca S&W, una 1 vaina servida calibre 38 marca S&W; debiendo la Fiscalía interviniente proceder a su decomiso, de conformidad con lo tratado en el considerando Segundo. A tal fin, líbrese el oficio respectivo al área de efectos del Ministerio Público Fiscal, ordenando su remisión al Registro Nacional de Armas. Líbrese la comunicación que establece la Ley 25.938 al Registro Nacional de Armas de Fuego y mate-

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riales controlados, secuestrados o incautados. Regístrese, notifíquese, firme comuníquese, cúmplase con el Acuerdo 2840/98 de la SCJBA, acumúlese materialmente el presente a la causa principal y oportunamente archívese.
Fdo.: Javier Alfredo Romañuk, Juez." Secretaría, 10 de marzo de 2014. Antonela Genovesi, Auxiliar Letrada.
C.C. 2.750 / mar. 21 v. mar. 28


POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial Zárate-Campana a cargo del Sr.
Juez Dr. Javier Alfredo Romañuk, notifica por este medio a ALEJANDRO CHICHI PALMA, Cédula N 6561740, que en la causa N P02359, caratulada "Chicchi Palma, Alejandro s/ Inf. Art. 2 de la Ley 24.270" se ha resuelto lo que a continuación en su parte pertinente se transcribe:
"Campana, 5 de marzo de 2014. Vistas Considerando:
Resuelvo: I Declarar la extinción de la acción penal por prescripción en la presente causa Nº P002359 seguida a Alejandro Chichi Palma por el delito de Infracción al Art. 2
de la Ley 24.270 del C.P., de conformidad con lo normado en los arts. 59 inc. 3º, 62, 63 y 67 del C.P. II Dictar sobreseimiento total en la presente causa, respecto Alejandro Chichi Palma, en orden al delito de Infracción Art. 2 Ley N 24.270 que se le imputara Art. 323 inc. 1 del C.P.P.. III Dejar sin efecto la rebeldía y consecuente averiguación de paradero y comparendo compulsivo de Alejandro Chichi Palma, la cual fuera dispuesta en la providencia de fs. 464/466. A tal fin ofíciese a la Jefatura de Policía Provincial y al Registro Nacional de Reincidencia.
IV Notificar a Alejandro Chichi Palma de lo aquí dispuesto mediante edictos que se publicarán en el Boletín Oficial de esta Provincia por el término de cinco 5 días, conforme lo normado por el art. 129 del CPP Ley 11.922.
Regístrese, notifíquese, y una vez firme, cúmplase con las comunicaciones de Ley y con el Acuerdo Nº 2840 de la S.C.B.A.; oportunamente archívese. Fdo Javier Alfredo Romañuk, Juez." Publíquese el presente en el Boletín Oficial de la provincia de Buenos Aires, Secretaría, 5 de marzo de 2014. Antonela Genovesi, Auxiliar Letrado.
C.C. 2.751 / mar. 21 v. mar. 28
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 1 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24 de esta Ciudad, cita a RODOLFO ENRIQUE BASALDUA, argentino, DNI N 29.320.954, nacido en la ciudad de San Pedro, Provincia de Buenos Aires el 2 de agosto de 1982, hijo de Eduardo Basaldua y de Miriam Acosta, último domicilio conocido: calle Bottaro 2150 de San Pedro, Provincia de Buenos Aires; por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: "San Nicolás, 6 de marzo de 2014. Por recibido e ignorándose el paradero actual del encartado y no surgiendo otro domicilio particular o laboral, notifíquesele por edictos cfr.
Art. 129 del C.P.P. por reenvío art. 3 del Dec. Ley 8.031/73, que deberá presentarse a estar a derecho, bajo apercibimiento de si no compareciere ante este Juzgado en el término de cinco días, será declarado rebelde, expidiéndose orden de detención cfr. Arts. 129, 303 y 304 del C.P.P. por reenvío del art. 3 del Código de Faltas .
Notifíquese a las partes. Fdo. Dr. Rubén Edgardo Enz, Juez." El nombrado, quien se encuentra imputado del delito de Tenencia Ilegal de Arma de Fuego de Uso Civil en la causa Nº 3374, de este registro, caratulada:" Basaldua, Rodolfo Enrique - Tenencia ilegal de arma de fuego de uso civilSan Pedro", deberá comparecer dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, sito en calle Mitre N 24
de la ciudad de San Nicolás, en día y hora hábil y bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia, de declararlo rebelde y expedirse orden de detención arts. 129 y 304
del C.P.P.. San Nicolás, 6 de marzo de 2014. Gabriela V.
Rodríguez. Secretaria.
C.C. 2.755 / mar. 21 v. mar. 28
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional Nº 2 de San Nicolás, Secretaría Única, sito en calle Mitre 24, de esta Ciudad, cita ESTEBAN ROLANDO LESCANO, D.N.I.
Nº 33.413.220, argentino, nacido el día 27 de noviembre de 1987, hijo de Miguel Ángel y de Adriana Inés Leguizamón, con último domicilio conocido en calle España Nº 620, de la localidad de Ramallo, por el término de cinco días a fin de que se notifique de lo resuelto por este Juzgado en causa Nº 3385, cuya parte dispositiva se

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 28/03/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data28/03/2014

Conteggio pagine13

Numero di edizioni3381

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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