Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/02/2014 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 772

LA PLATA, VIERNES 7 DE FEBRERO DE 2014

BOLETÍN OFICIAL

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

Sección Judicial Remates


OSVALDO RAÚL IGLESIAS
POR 2 DÍAS - Hácese saber que el Martillero Público don Osvaldo Raúl Iglesias, Reg. N 44, del Col. de Mart. y Corred. Públicos del Depto. Jud. Necochea, con domicilio en calle 57 N 2901 de Necochea, venderá en subasta pública de acuerdo a lo ordenado por el Sr. Juez Dr. Jorge Balbi, a cargo del Juzgado Civil y Comercial N 1, Secretaría Única, del Depto. Jud. Necochea, en los autos caratulados "Banco de la Provincia de Bs. As. c/ Rey Gustavo E. s/ Ejecución Prendaria" Expte. 13994, EL DÍA
21 DE FEBRERO DE 2014, A LAS 11 HS. en calle Juncal 536, 511/513 y 534 de Quequén, una cosechadora marca New Holland TR98 4WD, con chasis N 559709, motor marca New Holland N VL637644, modelo 675TA/VLY731, con plataforma New Holland, modelo N 973 serial N 595597, con motor de 270CV, en el estado en que se encuentra. Venta al contado y mejor postor. Base: $
330.000. Comisión 10 %, más IVA, Art. 38 inc. b Ley N
7.014, Sellado de Ley, todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta. Posesión inmediata. Quien resulte comprador deberá constituir domicilio legal en el lugar de asiento del Juzgado. Autorizándose la visita desde una hora antes de la subasta. Necochea, 23 de diciembre de 2013. Marta B. Bernard, Abogada Secretaria.
Nc. 81.002 / feb. 6 v. feb. 7

CASA CENTRAL

C.C.

POR 5 DÍAS - En incidente Nº 13.193/1/ Causa Nº 13.193/IPP Nº 005218-13, caratulado: "lncidente de Eximición de Prisión en favor de Juan Ceferino Ávila y otro", de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, interinamente a cargo del Dr. Luis Esteban Nitti, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido JUAN CEFERINO ÁVILA, con último domicilio conocido en calle Moisés Tinao Nº 2330 entre 48 y 50 de Ranchos, el siguiente texto que a continuación se transcribe: Dolores, 12 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Para resolver en relación a la solicitud de eximición de prisión presentada por la Dra. María Rosa Lagar, Secretaria de la Defensoría Oficial Dptal., en beneficio y representación de Ceferino Juan Ávila y Víctor Ezequiel Maldonado y Considerando: I. Que en la I.P.P. Nº 005218-13 que tengo a la vista, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Nº 2 Departamental, y conforme se desprende de las siguientes constancias de autos, a saber: denuncia de fs. 9 y vta.; acta de inspección ocular de fs. 12 y vta.;
croquis ilustrativo de fs. 13 y vta.; declaración testimonial de fs. 14 y vta. acta de levantamiento de evidencias físicas de fs. 16/17; declaración testimonial de fs. 19 y vta.; acta de fs. 20/21; acta de visu de fs. 22 y vta.; placas fotográficas de fs. 23/27; declaración testimonial de fs. 21, 28 y
vta., 192/93 y demás constancias de autos, se tiene por legalmente acreditado que: En la localidad de Chascomús, jurisdicción del Partido del mismo nombre, el día veinticinco de agosto de dos mil trece siendo aproximadamente las 04 horas, dos personas adultas del sexo masculino, ingresaron a la playa de expendio de combustible de la Estación de Servicio EG3 sita en Ruta 2 kilómetro 16 mano ascendente de la citada localidad y previo a amedrentar al empleado de turno con un arma de fuego, tipo revolver color oscuro, caño largo, se apoderaron ilegítimamente de dinero en efectivo en un total entre $ 700 y $
800 todo en billetes de bajo valor nominal, una 01 billetera de cuerina de color negro en mal estado de conservación y un 01 teléfono celular marca Nokia color rojo y negro con linterna del tipo frontal con número de abonado 02241 -15472943, todo propiedad de Omar Oreste Corbatta, dándose luego de ello a la fuga. Se investiga el delito que, en orden a lo determinado por el Art. 186 del C.P.P. y a los fines de la resolución de la cuestión traída, corresponde calificar "prima facie" como "Robo agravado por el uso de arma de fuego, previsto y sancionado por el Art. 166 Inc. 2 del código Penal. II Que en orden a la pena que el Código Penal contempla para la figura delictiva investigada, no resultando por ella, posible el otorgamiento de la excarcelación ordinaria Art. 169 Inc. 1º del C.P.P.
siendo por ende improcedente la eximición de prisión requerida Art. 186 del mismo Código, se impone el rechazo de la pretensión de la representante de los coimputados Juan Ceferino Ávila y Víctor Ezequiel Maldonado. Por ello, conforme lo reseñado y normado por los Arts. 169, 185, 186 y concs. del C.P.P.; Resuelvo: No hacer lugar al pedido de eximición de Prisión impetrado en favor de Juan Ceferino Ávila y Víctor Ezequiel Maldonado. Notifíquese a los coimputados; Defensor Oficial y Agente Fiscal; agréguese copia del presente auto a la I.P.P. y devuélvase la misma a la fiscalía actuante. Regístrese. Fdo. Diego Olivera Zapiola, Juez del Juzgado de Garantías Nº 2, Departamento Judicial Dolores. Como recaudo se transcribe el auto que dispone el libramiento del presente:
Dolores, 10 de enero de 2014. Autos y Vistos: IAtento lo que surge de la notificación de Juan Ceferino Ávila, y de lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial Dptal. a fs. 22, procédase a la notificación de lo resuelto en fecha 12 de noviembre de 2013, por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. II. Téngase presente el Recurso de Apelación interpuesto a fs. 6/7, por parte del Dr. Gustavo Estrada, para su oportunidad. Fdo. Luis Esteban Nitti, Juez Subrogante del Juzgado de Garantías Nº 2 del Dpto.
Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Abogado Secretario.
Dolores, 10 de enero de 2014.
C.C. 860 / feb. 3 v. feb. 7


POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 13188 caratulado: "incidente de eximición de prisión en favor de Parodi Rocío Fabiana de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, interinamente a cargo del Dr. Luis Esteban Nitti, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este
Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar a la prevenida nombrada PARODI ROCÍO FABIANA, cuyo último domicilio conocido era en calle Pueyrredón 1030 de Dolores, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 12 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Para resolver la solicitud de eximición de prisión presentada por Rocío Fabiana Parodi en su propio derecho, teniendo a la vista la IPP de marras: y Considerando: l. Que en la l.P.P. que tengo a la vista, de trámite por ante la Unidad Funcional de Instrucción Nº 3
Departamental, surgen de: denuncia penal de fs. 1, denuncia penal de fs. 5 vta., informe de fs. 7 vta., declaración testimonial de fs. 10 vta., declaración testimonial de fs. 14/15, elementos suficientes para tener por acreditado la existencia del presente hecho: Que sin poder precisar fecha ni horario exacto, pero sí pudiendo aseverar que habría ocurrido en el lapso comprendido entre el día lunes 5 y el martes 6 de agosto de 2013, en el domicilio de calle Buenos Aires Nº 244 2ºdo "A" de Dolores, sin ejercer fuerza en las cosas o violencia física en las personas, un sujeto adulto de sexo masculino se apoderó ilegítimamente de una cadena de oro y medalla de oro con la imagen de la virgen de Luján, retirándose del lugar con la res furtiva en su poder. Que el hecho descripto precedentemente corresponde calificarlo "prima facie" como "Hurto" Art. 162 del C.P.. Que no resultando dicho delito detenible, en los términos del Art. 151 4º párr. del C.P.P., encontrándose sospechado de la comisión del mismo Rocío Fabiana Parodi corresponde rechazar la eximición de prisión. Por ello, en razón de las disposiciones emergentes de los Arts. 151, 4º párr. del C.P.P., 162 del Código Penal, Resuelvo: l. No hacer lugar al beneficio de la eximición de prisión solicitado por Rocío Fabiana Parodi en su propio derecho.
Notifíquese a la imputada, Defensor Oficial y Agente Fiscal.
Regístrese Fdo. Dr. Diego Olivera Zapiola, Juez de Garantías Nº 2, Departamento Judicial Dolores. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: "Dolores, 17
de enero de 2014. Autos y Vistos. Atento lo que surge de la notificación de Parodi Rocío Fabiana a fs. 8/9 en la que se informa que la misma no pudo ser notificada del auto de fs. 5 y lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial, Dr.
Gustavo Estrada a fs. 12 ya que se ausento del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Regístrese " Fdo. Luis Esteban Nitti, Juez interinamente a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Juan Miguel Nogara, Abogado - Secretario. Dolores, 17 de enero de 2014.
C.C. 861 / feb. 3 v. feb. 7
POR 5 DÍAS - En la I.P.P. Nº 03-00-029382-01 caratulada: "Araujo Víctor s/Estafa", de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2 Departamental, a cargo del Dr.
Diego Olivera Zapiola, Secretaría del Dr. Juan Miguel Nogara, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al imputado VÍCTOR ARAUJO DNI 25.459.116 con último domicilio

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 07/02/2014 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data07/02/2014

Conteggio pagine3

Numero di edizioni3378

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione04/07/2024

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