Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/12/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

do la comisión de la falta tipificada en los artículos 86 de la Ley 8.031.Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Dimeglio, Raúl, en orden a la infracción artículo 86 de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II
Sobreseer al imputado Raúl Héctor Di Meglio, titular de D.N.I Nº 10.515.193, de nacionalidad argentina, casado, comerciante, domiciliado en calle Paunero Nº 1118, Gerli, en virtud de lo resuelto en el acápite I. Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al infractor Di Meglio por intermedio de edictos. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Jueza. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. Secretaría, 2 de octubre de 2013.
C.C. 11.857 / nov. 26 v. dic. 2


POR 5 DÍAS - La señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a BUFFA, RUBÉN
CÉSAR, en la causa Nº 2274-C Nº interno 2274-C seguida al nombrado en orden al delito de Infracción artículo 96
de la Ley 8.031, cuya resolución se transcribe: "Banfield, 10 de julio de 2013 Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Buffa, Rubén César, en orden de Infracción artículo 96 de la Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Rubén César Buffa, titular de D.N.I. Nº 4.369.504, de nacionalidad / casado/ nacido el día 26 de enero de 1941, domiciliado en calle Esquiú 1040, Capital Federal, en virtud de lo resuelto en el acápite 1. Regístrese, notifíquese.
Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese.
Fdo. Nora Martini. Juez P.D.S. los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial. Secretaría, 1 de octubre de 2013. Marcela V. Di Marco, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.859 / nov. 26 v. dic. 2
POR 5 DÍAS - La señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, cita y emplaza a MONTENEGRO, FABIÁN ERNESTO para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4 piso, sector "f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, tel.
Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, e-mail: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-00-1006-13 Nº interno 4674 seguida al nombrado en orden al delito de Portación ilegal de arma de fuego de uso civil, cuya resolución se transcribe:
"Banfield, 1 de octubre de 2013. Y Visto
Considerando Resuelvo: 1 Citar a Montenegro, Fabián Ernesto por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2
Notifíquese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí:
Marcela Di Marco. Auxiliar Letrada. Secretaría, 1 de octubre de 2013.
C.C. 11.860 / nov. 26 v. dic. 2
POR 5 DÍAS - La señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a JARA, SERGIO
OSCAR, en la causa Nº 2334-C Nº interno 2334-C segui-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 2 DE DICIEMBRE DE 2013

da al nombrado en orden al delito de Infracción artículos 72 y 74 de la Ley 8.031, cuya resolución se transcribe:
"Banfield, 7 de agosto de 2013 Resuelvo: I Declarar extinguida la Acción penal por prescripción respecto del encartado Jara Sergio Oscar, "en orden a la Inf. Arts. 72 y 74 Inc. "A" Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada Ley.
Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Sergio Javier Jara, domiciliado en calle Heredia 1060, Gerli, en virtud de lo resuelto en el acápite 1.
Regístrese, notifíquese. Comuníquese a quien corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Rubén Baca. Juez, los que se publicarán por el término de cinco 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial. Secretaría, 1 de octubre de 2013. Marcela V. Di Marco, Auxiliar Letrada.
C.C. 11.861 / nov. 26 v. dic. 2


POR 5 DÍAS - La Señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, cita y emplaza a ANDINO, JAVIER ANÍBAL, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, Tel. Nº 4202-1327 internos 12134, 12241, 12354 y 12329 -fax automático-, email: juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, en la causa Nº 07-00-34722-11 Nº interno 4299 seguida al nombrado en orden al delito de encubrimiento, cuya resolución se transcribe: "Banfield, 3 de octubre de 2013. Y visto
Considerando Resuelvo: I Citar a Andino, Javier Aníbal por intermedio de edictos, los que se publicarán por el término de 5 días y en la forma establecida en el artículo 129 del Código de Procedimiento Penal en el Boletín Oficial a cuyo efecto líbrese oficio, debiendo presentarse el nombrado dentro de los cinco días de la última publicación, bajo apercibimiento que en caso de incomparecencia se le declarará su rebeldía, Art. 303 y siguientes del Código de Procedimiento Penal. 2 Notifíquese. Fdo.
Ana María Tenuta, Jueza. Ante mí: Mariana Pombo, Secretaria. Secretaría, 3 de octubre de 2013.
C.C. 11.853 / nov. 26 v. dic. 2
POR 5 DÍAS - La señora Jueza a cargo del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Ana María Tenuta, notifica a FARÍAS FABIÁN
RICARDO, en la causa Nº 2292-C Nº interno 2292-C
seguida al nombrado en orden al delito de Inf. Art. 67 A
Ley 8.031, de tramite por ante el Juzgado en lo Correccional Nº 3 del Departamento Judicial Lomas de Zamora, sito en el 4º piso, sector "f" del Ed. Tribunales, Cno. Negro y Larroque, Banfield, Tel. Nº 4202-1327 internos 121 12241 12354 y 12329 -fax automático e-mail:
juzcorr3-lz@jusbuenosaires.gov.ar, de la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 26 de septiembre de 2013. Autos y Vistos: Esta causa Nº 2292-C Nº interno 2292-C del registro de este Juzgado caratulada "Farías, Fabián Ricardo s/Inf. Art. 67 A" Ley 8.031" y Considerando: 1 Que se inicia esta causa con fecha 14 de noviembre de 1999 por la cual se le imputa al infraccionado la comisión de la falta violatoria al Art. 67 Inc. a" 38 de la Ley 8.031. 2 Que resultando la prescripción una institución de orden público que debe ser dictada por el organismo jurisdiccional con la simple constatación del transcurso de los plazos procesales, entiendo que analizadas las constancias de autos surge claramente de las actuaciones que ha transcurrido el plazo establecido en el artículo 33 de la Ley 8.031 ya que opera la prescripción de la acción al año de cometida la falta. 3 Por último, corresponderá dejar sin efecto la captura dispuesta a fs. 44. Por todo lo expuesto, es que Resuelvo: I Declarar extinguida la acción penal por prescripción respecto del encartado Farías, Fabián Ricardo, en orden a la inf. Art. Ley 8.031, al haberse operado el plazo de prescripción previsto en el artículo 33 de la mentada ley. Artículos 32, 33 y 34 de la Ley 8.031. II Sobreseer al imputado Fabián Ricardo Farías, indocumentado; de nacionalidad argentina, soltero, nacido el día 4 de abril de 1979, en Avellaneda, hijo de José Luis Farías y de Deldionise domiciliado en calle 148
e/ 48 y 49 Berazategui, en virtud de lo resuelto en el acápite I. III Dejar sin efecto la captura dispuesta a fs. 44. IV
Regístrese, notifíquese al Sr. Defensor Oficial y al infractor Farías por intermedio de edictos, comuníquese a quien
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corresponda. Fecho, archívese. Fdo. Ana María Tenuta, Juez. Ante mí: Rosana Luciani. Secretaria. ". Secretaría, 26 de septiembre de 2013.
C.C. 11.862 / nov. 26 v. dic. 2


POR 5 DÍAS En I.P.P. N 03-00-7705-12, seguida contra LUCAS PRATS; que tramita por ante este Juzgado de Garantías N 3, interinamente a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Pinamar, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores.
23 de abril de 2013. Autos y Vistos: Y Considerando:
Por Ello, Resuelvo: Sobreseer Totalmente al Imputado Luis Prats Lucas Prats, argentino, soltero de 26 años de edad, instruido, domiciliado en calle Totora 666 de Pinamar, D.N.I. N 32.137.269, hijo de Eduardo y María Lobos, nacido el 01 de mayo de 1986 en Tucumán, en orden al delito de Robo Agravado por el Uso de Arma en Grado de Tentativa, por el que se le recibiera declaración a tenor del Art. 308 del C.P.P., de conformidad con lo dispuesto en el Art. 323 Inc. 4 y 6 del C.P.P. Notifíquese al Sr.
Agente Fiscal y al Defensor Oficial en la forma de estilo y al imputado por oficio .. Proveo por licencia del Titular.
Firmado María Fernanda Hachmann, Juez Subrogante.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, 11 de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Por recibida la diligencia de notificación proveniente de la Comisaría de Pinamar habiendo arrojado resultado negativo atento que el imputado de autos no fue habido en el domicilio fijado en la presente, procédase a la notificación de lo resuelto a fs. 60/60 vta. por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Proveo por licencia del Titular. Fdo.
Dr. Luis Esteban Nitti. Juez Subrogante". María Fernanda Hachmamn, Jueza de Garantías.
C.C. 11.970 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS En Investigación Penal Preparatoria N
03-00-7506-12, seguida Gazzarini Gonzalo Maximiliano por el delito de Robo agravado por el Uso de Arma impropia, de trámite por ante este Juzgado de Garantías N 3, interinamente a mi cargo, Secretaría Única a cargo del Dr.
Jorge Agustín Martínez Mollard, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido GAZZARINI GONZALO MAXIMILIANO cuyo último domicilio conocido era jurisdicción del Partido de Chascomús, el siguiente texto que a continuación se transcribe: "Dolores, 31 de Mayo de 2013 Autos y Vistos:
Considerando: .. Resuelvo: Sobreseer totalmente a Gonzalo Maximiliano Gazzarini, DNI N 38.317.447, de 18
años de edad, instruido, soltero, albañil, nacido el día 06
de diciembre de 1994 en Corrientes Capital, hijo de Anselmo v y de Marta Haydee González v, ddo. en calle Malvinas Argentinas de la Localidad de Chascomús, en orden al delito de Robo Agravado por el Uso de arma impropia previsto y reprimido por el Art. 166 Inc. 2 primer párrafo del CP, por el que se le recibiera declaración a tenor del Art. 308 del C.P.P. Arg. Art. 323 inc. 4 del C.P.P.. Regístrese. Notifíquese al Sr. Agente Fiscal y Defensor Oficial en la forma de estilo y al imputado por oficio. Proveo por licencia del Titular. Fdo. Luis E. Nitti. Juez.
Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente:
"Dolores, de noviembre de 2013. Autos y Vistos: Por recibido el oficio proveniente de la Comisaría de Chascomús atento lo allí informado, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Pcia. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el Art. 129 del Código de Procedimiento Penal; todo ello, a fin de que Gazzarini Gonzalo Maximiliano sea debidamente notificado del auto que dispuso el sobreseimiento total del nombrado en los presentes autos. Cúmplase. Proveo por licencia del Titular. Fdo. Luis E. Nitti, Juez. Jorge Agustín Martínez Mollard, Secretario.
C.C. 11.969 / nov. 27 v. dic. 3
POR 5 DÍAS - En Causa N 8446 IPP N 03-02-274608, seguida a Romero Pablo Ezequiel por Hurto, Tenencia de Arma de Fuego de Uso Civil sin la Debida Autorización

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 02/12/2013 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data02/12/2013

Conteggio pagine18

Numero di edizioni3385

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Ultima edizione18/07/2024

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