Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/10/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito art. 67. Inc. 4º del C.
Penal.Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse a los imputados en orden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el Art. 323 del C.P.P. Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los arts. 59 Inc. 3º, 62 Inc. 2º, y 67 del C. Penal; y arts.
321, 322, 323. Inc. 1º y 324 y Conc. del C.P.P, Resuelvo:
Sobreseer Totalmente a Gabriel Yoao Melos Álvez, nacionalidad Argentina, nacido en Montevideo, Uruguay el 19
de mayo de 1967, con D.N.I. Nº 92.578.678, hijo de Eduardo Abel y de Lidia Beatriz Cabeza, domiciliado en calle Quintero Nº 93 de Mar de Ajó y a Marina Elisa Ubieta, argentina, con D.N.I. Nº 37.537.602, hija de Abilio Saúl y de Nilda Beatriz Núñez, soltera, de ocupación ama de casa, domiciliada en calle Tucumán y Santa Fe de la Lucila del Mar, en orden al delito de Usurpación en grado de Tentativa , previsto y reprimido en los Arts. 181 y 42 del Código Penal, que se denunciara en autos, en virtud de haberse extinguido por Prescripción la Acción Penal.
Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal.
Regístrese, notifíquese. Fernanda Hachmann, Jueza Subrogante a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto.
Judicial Dolores. Asimismo transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, 26 de septiembre de 2013. Autos y Vistos. Atento lo que surge de la notificación de la Comisaría de Mar de Ajó en la que informa que Gabriel Yoao Melos Álvez no pudo ser notificado del auto de fs.
223/224, ya que se ausentó de su domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Fernanda Hachmann, Jueza Subrogante a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores.
Dolores, 26 de septiembre de 2013. M. Paula Racioppe Díaz, Auxiliar Letrada.
C.C. 10.626 / oct. 25 v. oct. 31


POR 5 DÍAS En la IPP Nº 03-00-009444-09 caratulada: Masare Jorge Adalberto s/ Hurto, de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, Departamental a cargo del Dr. Diego Olivera Zapiola, Secretaría del Dr.
Juan Miguel Nogara, a fin de notificar al imputado JORGE
ADALBERTO MASARE, DNI 8.289.705 con último domicilio conocido en calle 121 Nº 364 de General Belgrano, la siguiente resolución: Dolores, 9 de agosto de 2013.
Autos y Vistos: Para resolver en la presente causa acerca de la solicitud de sobreseimiento impetrada por el Sr.
Agente Fiscal en favor de Jorge Adalberto Masare y Considerando: Que a fs. 51 y vta. el señor Agente Fiscal a cargo de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio Nº 1, Departamental: Dr. Gustavo David García solicita se sobresea al imputado Jorge Adalberto Masare por el delito de Hurto, previsto y reprimido en el Art. 162 del Código Penal, en virtud de haber operado la prescripción de la acción en autos. Funda su petición en la circunstancia de considerar que desde la fecha de perpetración del hecho en estudio 11 de julio de 2009, ha transcurrido en exceso el término previsto por el Art. 62. Inc. 2º en su relación con el Art. 162 del Código Penal. En consecuencia de conformidad con lo estatuido por el Art. 324 del Código de Procedimiento Penal, y luego de analizar las causales en el orden dispuesto por el Art. 323 del ritual, arribo a la conclusión de que le asiste razón al Dr. García. Si bien existen constancias fehacientes a efectos de acreditar la perpetración del hecho y por ende la autoría de Masare en el mismo, lo cierto es que desde la fecha de la denuncia, al presente, ha transcurrido en exceso el término que la citada norma y el Art. 62 prevee como plazo de prescripción de la acción, sin que se haya interrumpido el mismo por algún acto procesal constitutivo de secuela de juicio o comisión de nuevo delito art. 67. Inc. 4º del C.
Penal.Consecuentemente, entiendo debe sobreseerse al imputado en orden al delito que se le imputa, por lo que omito el tratamiento y consideración de las demás cuestiones a las que alude el Art. 323 del C.P.P. Por ello, argumentos expuestos, de conformidad con lo normado por los arts. 59 Inc. 3, 62 Inc. 2º, y 67 del C. Penal; y arts. 321, 322, 323. Inc. 1º y 324 y Conc. del C.P.P. Resuelvo:
Sobreseer Totalmente a Jorge Adalberto Masare, argentino, con D.N.I. 8.289.705, domiciliado en calle 121 Nº 364
de General Belgrano, en orden al delito de Hurto, previsto y reprimido en el Art. 162 del Código Penal, que se denun-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MIÉRCOLES 30 DE OCTUBRE DE 2013

ciara en autos, en virtud de haberse extinguido por Prescripción la Acción Penal. Firme y consentida la presente resolución practíquense las comunicaciones de ley al Ministerio de Seguridad y al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal. Regístrese, notifíquese. Diego Olivera Zapiola, Juez. Juzgado de Garantías Nº 2. Departamento Judicial Dolores. Como recaudo trascribo el auto que ordena el presente: Dolores, 10 de octubre de 2013. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación proveniente de la Comisaría de General Belgrano en la que informa que el imputado Jorge Adalberto Masare no pudo ser notificado del auto de fs. 52 y vta., ya que se ausentó del domicilio, procédase a la notificación por Edicto Judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Buenos Aires, conforme lo dispuesto por el art. 129 del Código de Procedimiento Penal. Diego Olivera Zapiola, Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 2 Depto. Judicial Dolores. Dolores, 1º de octubre de 2013.
Héctor Alberto Zamora, Auxiliar Letrado.
C.C. 10.627 / oct. 25 v. oct. 31


POR 5 DÍAS - La Sra. Jueza Titular del Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial Junín, Dra.
María Laura Durante, hace saber que en las actuaciones caratuladas Viola Prioli Federico Silvio Jesús s/ Lesiones Graves" IPP 1849/13, perteneciente a la UFIyJ Nº 3 a cargo del Dr. Carlos Colimedaglia del Depto. Judicial Junín, se ha dictado la siguiente Resolución: "Junín, 08 de octubre de 2013. Atento el estado de autos, en cuanto a la imposibilidad de localizar al imputado FEDERICO SILVIO VIOLA PRIOLI, conforme surge de fs. 82, y siendo menester para continuar con la tramitación de la presente individualizar al mismo, ordénese la publicación de edictos en el Boletín Oficial, durante cinco días, a fin de notificar al imputado Federico Silvio Jesús Viola Prioli de 40
años de edad, soltero, de nacionalidad Argentina, habiendo nacido en Junín - Provincia de Buenos Aires , el 21/02/1973, siendo hijo de Gladys Mabel Loza y de Armando Oscar Viola Prioli, con último domicilio conocido en calle Comandante Ruiz Nº 398 de Junín, D.N.I. Nº 23.053.431, en el marco de la Investigación Penal Preparatoria Nº 1849/13, en trámite ante la U.F.I.J. Nº 3 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr. Carlos Colimedaglia; a efectos de que comparezca a prestar declaración a tenor del Art. 308 del CPP a primera audiencia. En la sede de dicha Fiscalía sita en la calle Comandante Escribano 226
de la ciudad de Junín, dentro del término de cinco días desde la última publicación de edictos, bajo apercibimiento de declararse su rebeldía Art. 129, 303 y ccs. del CPP.
Fdo. Dra. María Laura Durante. Juez. Ante mí: Dr.
Leopoldo J. Tomino. Secretario". Dado, sellado y firmado en la sale de mi Público despacho, a los 8 días del mes de octubre de 2013. Dra. María Laura Durante, Juez.
C.C. 10.703 / oct. 28 v. nov. 1º _________________________________________________
POR 5 DÍAS - La Titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Trenque Lauquen, Anastasia Marqués, notifica a MARIANO RODRIGO BARBETTI la resolución que en su parte pertinente se transcribe: "Trenque Lauquen, 2 de octubre de 2013. Resuelvo: 1.
Dictar sobreseimiento total en favor de Mariano Rodrigo Barbetti argentino, nacido el 3 de septiembre del año 1991 en la localidad de Trenque Lauquen, partido homónimo, con DNI: 35.795.311, domiciliado en Farrington y Caseros Nº 601 de la ciudad de mención, hijo de "Cacho"
Barbetti y Amalia Del Valle y en la presente Carpeta de Causa Nº 10045 seguida por el delito de hurto agravado por escalamiento en grado de tentativa Arts. 163 Inc. 4 y 42 del Código Penal por el hecho acaecido el día 10 de enero del año 2012 en la ciudad de Trenque Lauquen, partido homónimo, en perjuicio de Raúl Faustino Velázquez, investigado en la I.P.P. N 214/12.- II. Regístrese.
Notifíquese, haciéndole saber a ambos Ministerios Públicos que para la extracción de la copia del presente la misma se halla publicada en el Sistema Informático del Ministerio Público S.I.M.P.. Devuélvase a la IPP Nº 214/12. Firme que sea, comuníquese. Fdo. Anastasia MarquésJueza de Garantías. Ante mí: Fdo. Dra. Verónica L. Felice, Auxiliar Letrada. Trenque Lauquen, 15 de octubre de 2013.
C.C. 10.714 / oct. 28 v. nov. 1º _________________________________________________
POR 5 DÍAS - El Juzg. de 1ra. Instancia en lo Civ. y Com. N 1 del Depto. Judicial Trenque Lauquen, Prov. de
PÁGINA 9307

Bs. As., hace saber por cinco días que el 08/02/2011 se ha decretado la quiebra de MARÍA FABIANA LASCA, CUIT
N 27-23305510-2, con domicilio en Rivadavia N 774, Henderson, Pdo. de H. Yrigoyen, Bs. As., Síndico: Cra.
Rosana Ethel Calcagno, con domicilio en calle Urquiza N
327 de Trenque Lauquen. Los acreedores posteriores a la fecha de presentación en concurso, pero anteriores a la fecha de quiebra, podrán requerir verificación por vía incidental. Prohíbase a los terceros realizar pagos al fallido bajo apercibimiento de su ineficacia. Ordenar a los fallidos y a terceros que entreguen al Síndico todos los bienes y documentación de aquél, bajo las penas y responsabilidades de ley. Expte. N 873-2009 Trenque Lauquen, 3 de octubre de 2013. Diego G. Veinticinque, Secretario.
C.C. 10.717 / oct. 28 v. nov. 1


POR 2 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 9, a cargo de la Dra. Miriam B. Celle, Secretaría Única, del Departamento Judicial de La Plata, sito en la calle 13 e/ 47 y 48 Palacio de Tribunales de La Plata, Prov. de Bs. As, en autos caratulados "Di Silvestro, Elisabet Renee c/ Empresa El Siete y otro s/ Daños y Perjuicios" Expte. Nº 130189, que tramitan ante este Juzgado, cita y emplaza al Sr. CÉSAR DIEGO GÓMEZ
para que en el término de diez 10 días comparezca a hacer valer sus derechos en el presente juicio, bajo apercibimiento de nombrar un Defensor de Pobres y Ausentes para que lo represente Conf. Arts. 145, 146, 341 y ctes.
C.P.C.C.. La Plata, 8 de octubre de 2013. Leonardo Javier Villega, Abogado Adscripto.
C.C. 10.770 / oct. 29 v. oct. 30
POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción de Delitos Culposos Nº 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Antonieta Scarpino, Agente Fiscal, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a JAVIER
ALBERTO HERRERA, D.N.I., 31.658.304, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57; subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la I.P.P. 15081/08, caratulada:
Herrera Javier Alberto - Lesiones Culposas en trámite por ante esta U.F.I., a cargo de la Agente Fiscal mencionada, seguida al nombrado por el delito de Lesiones Culposas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, se transcribe la resolución que ordena el presente: .. Plata, 9 de octubre 2013. Atento a lo resuelto por el gado de Garantías Nº 2 fs. 139, cítese al aquí encartado Javier Alberto Herrera, en la forma prevista por el artículo 129 del C.P.P., para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín Oficial, ante la sede de esta Fiscalía.
Fdo. Dra. María Antonieta Scarpino. Agente Fiscal.
Secretaría, 11 de agosto de 2008. Dr. Guillermo Raúl Barreyro. Auxiliar Letrado.
C.C. 10.785 / oct. 29 v. nov. 4
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a ROSENDO
PÉREZ CORTES, boliviano, D.N.I. 93.070.085, hijo de Modesto y de Regina Velázquez, con último domicilio en Ruta Provincial Nº 36 y 448 s/n, Partido de La Plata, en causa Nº 2589-3 seguida al nombrado por el delito de Violación de Domicilio y Abuso Sexual Simple en Concurso Real, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional Nº 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/ 56 y 57, 1º Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: "La Plata, 13 de Agosto de 2013. Atento los informes policiales de fs. 177/181, que dan cuenta que el imputado Rosendo Pérez Cortes se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs. 154/vta. y fs. 7 del legajo de ejecución Nº 1725 acollarado por cuerda al principal, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional Nº 3 de La Plata, bajo

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/10/2013 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data30/10/2013

Conteggio pagine14

Numero di edizioni3379

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione05/07/2024

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