Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/02/2013 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 1644

LA PLATA, MIÉRCOLES 27 DE FEBRERO DE 2013

Marcela Modesta Díaz, Daniel Alejandro López, Ricardo Moyano, Lidia Noemí Rodríguez, Rodolfo Gustavo Sandoval y Griselda Gisela Servin, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de tenencia ilegítima de estupefacientes con fines de comercialización agravada por cometerse con la participación de más de tres personas en forma organizada por el cual fueran formalmente imputados Arts. 321, 322 y 323, inciso 4º del Código Procesal Penal. Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí: Elizabeth Carbajal, a Auxiliar Letrada."
C.C. 1.332 / feb. 22 v. feb. 28


POR 5 DÍAS El Señor Juez Titular en Feria Judicial del Juzgado de Garantías N 6 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr. Gabriel M. A. Vitale, notifica a CRISTIAN ALEXIS ARAYA GUTIÉRREZ, en causa N
0700-561763-04 de la Secretaría del Juzgado de Garantías N 6 Deptal., la resolución que a continuación se transcribe: "Lomas de Zamora, 25 de octubre de 2011
Resuelvo: Sobreseer totalmente a Cristian Alexis Araya Gutiérrez en las presentes actuaciones, conforme lo establecido por los artículos 323 inc. 1 del Código Procesal Penal, 59 inc. 3 y 62 inc. 2 del Código Penal. Regístrese.
Notifíquese, una vez firme comuníquese al Registro Nacional de Reincidencia y Estadística y al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Buenos Aires. Fecho, remítase la presente causa a la Unidad Funcional interviniente, sirviendo la presente de muy atenta nota de envío." Fdo.:
Dr. Esteban Pablo Baccini, Juez de Garantías A los fines que corresponda se transcribe el auto que ordena la presente medida: "Banfield, 03 de enero del 2013. Atento lo informado a fojas 137, notifíquese a Cristian Alexis Araya Gutiérrez de la resolución de fojas 94/95, mediante la publicación de edictos, a cuyo fin líbrese oficio al Sr.
Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires Art. 129 del Digesto Adjetivo. Fdo. Gabriel M. A. Vitale, Juez de Garantías. Federico P. Navascues, Auxiliar Letrado.
C.C. 1.333 / feb. 22 v. feb. 28
POR 5 DÍAS - El Sr. Juez del Juzgado de Garantías N
3 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dr.
Esteban Pablo Baccini, notifica a PATRICIA BEATRIZ
ORONÁ en la causa Nº 07-00-026974-99 que se le sigue en orden al delito de robo en grado de tentativa y por el término de cinco días de los decretos que a continuación se transcriben: "Banfield, 17 de enero del 2013. Atento el estado de estos actuados, y toda vez que según lo que surge a fs. 163 la imputado Edith Fernanda Oroná se encuentra ausente del domicilio en el que fijara su residencia, y a los efectos de no dilatar el presente proceso respecto de la encausada Nadia Soledad Vázquez, líbrese edicto a fin de notificar a ambas incusadas de la resolución obrante a fs. 144/146 que se publicará por el término de cinco días en el Boletín Oficial en la forma establecida en el Art. 129 del CPP. Firmado: Dr. Esteban Pablo Baccini, Juez". Atento el estado de autos, y toda vez que según las constancias de autos el imputado se encuentra ausente del domicilio en el que fijara su residencia líbrese edicto a fin de notificado de la resolución obrante a fs.
144/146 que se publicará por el término de cinco días en el Boletín Oficial en la forma establecida en el Art. 129 del CPP. Fdo. Drsa. Lidia Fabiana Moro, Juez, ante mí, Dra.
María Jimena Strianese. Auxiliar Letrada". "Banfield, 04 de julio del 2012. Autos y Vistos: Considerando:
Resuelvo: I.- Declarar extinguida la acción penal en el presente proceso por prescripción de la misma. Artículo 328
inciso 2do., del C.P.P. y artículo 59 inciso 3ro., 62 inciso Segundo, 67 Cuarto párrafo "a contrario sensu" y cctes.
del C.P.. II.- Sobreseer totalmente a Nadia Soledad Vázquez y Patricia Beatriz Oroná, cuyas demás circunstancias personales son de figuración en autos, de la imputación del delito de Robo Simple en Grado de Tentativa Arts. 42 y 164 del Código Penal, realizada en la presente. Art. 321, 323 inciso Primero y cctes. del Código de Rito. Regístrese. Notifíquese mediante cédula a las partes, y fecho, firme que sea líbrese oficio a fin de notificar al citado Fernández en su domicilio denunciado. Firme que sea, líbrese oficio al Registro Nacional de Reincidencia y a la Dirección de Antecedentes Personales del Mtrio. de Justicia y Seguridad de la Prov. de Bs. As., haciendo saber lo aquí resuelto". Banfield, a los 17 días del mes de enero del año 2013. María Jimena Strianese, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.334 / feb. 22 v. feb. 28

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS El Sr. Juez a cargo del Juzgado de Garantías Nº 3 Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Esteban Pablo Baccini, notifica a LUNA FAUSTINO
DAVID en la Causa Nº 07-00-056816-12 que se le sigue en orden al delito de Robo Simple y por el término de cinco días de los decretos que a continuación se transcriben: "Banfield, 8 de enero de 2.013. Atento el estado de estos actuados, teniendo en cuenta lo informado por el Sr.
Defensor Oficial a fs. 62, y toda vez que según las constancias de autos cfs. 60, el imputado Luna se encuentra ausente del domicilio en el que fijara su residencia, líbrese edicto a fin de notificado de la resolución obrante a fs.
54/vta. que se publicará por el término de cinco días en el Boletín Oficial en la forma establecida en el Art. 129 del C.P.P ". Fdo. Esteban Pablo Baccini, Juez. Como así también en fecha 14 de noviembre del año 2012, se resolvió lo siguiente en la audiencia celebrada de conformidad con lo establecido en la Ley Nº 13.811: Resuelve: 1
Sobreseer totalmente al incusado Faustino David Luna en orden al delito de Robo Simple ello a tenor de lo normado por el artículo 323 inciso 2 del. C.P.P. 2 Firme que sea, practíquense las comunicaciones de rigor. Preguntado que le fue a las partes, se notificaron de lo resuelto en la presente audiencia, consintieron expresamente y prescindieron de firmar el acta". Fdo. Esteban Pablo Baccini, Juez; Secretaría Única. En la localidad de Banfield, Partido de Lomas de Zamora a los 8 días del mes de enero del año 2013. María Jimena Strianese, Auxiliar Letrada.
C.C. 1.335 / feb. 22 v. feb. 28


POR 5 DÍAS - Tengo el agrado de dirigirme a usted en relación a la Carpeta de Causa Nº 1443-11, autos caratulados Cáceres, María Ester s/ Lesiones Graves" de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1
Dptal. a cargo de la Dra. María Fernanda Hachmann, Secretaría Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini Nº 19 de esta Localidad;
a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a fin de notificar, a la menor CÁCERES, MARÍA ESTER con DNI 38.676.181 cuyo último domicilio conocido es en Paseo 119 e/Avda. 15 y Circunvalación de la localidad de Villa Gesell. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución de fecha 18 de enero de 2013, a notificar: Resolución Nº 0030-13. "Dolores, 18 de enero de 2013. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: Declarar extinguida la Acción Penal en la presente Carpeta de Causa e I.P.P. Nº 03-03-001986-11, que se sigue a la joven María Ester Cáceres con D.N.I.
38.676.181, en orden al delito de Lesiones Graves delito previsto y penado por el art. 90 del Código Penal, sobreseyéndola en la presente Causa, declarando que la formación de la misma no afecta su buen nombre.Notifíquese al señor Agente Fiscal con copia de la presente y Defensor. Líbrese oficio a Comisaría para notificar al menor y persona responsable acompañando copia de la presente. Líbrese oficio al centro de referencia informándole la presente y el cese de su intervención.
Regístrese.- Fecho, archívese la Causa sin más trámite.Fdo María Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Departamental". Asimismo se transcribe el despacho que dispuso el presente: "Dolores, de febrero de 2013. Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Villa Gesell y no siendo posible la notificación de la Resolución Nº 30-13 del la joven Cáceres, María Ester, D.N.I. Nº 38.676.181 en la presente Carpeta de Causa Nº 1443-11, IPP Nº 03-03-001986-11 ordénese la notificación de dicha resolución a la mencionada joven mediante edictos conf Art. 129 del C.P.P., debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial, por el término de cinco días.- A fin de que se de cumplimiento a la publicación de edictos líbrese por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: María Fernanda Hachmann Juez de Garantías del Joven Departamental". María F. Hachmann, Juez.
C.C. 1.322 / feb. 22 v. feb. 28
POR 5 DÍAS Tengo el agrado de dirigirme a usted en relación a la Carpeta de Causa Nº 02359-12, autos caratulados "Peirano Fernando Ezequiel s/ Hurto" de trámite por ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 Dptal.
a cargo de la Dra. Maria Fernanda Hachmann, Secretaria Única a cargo de la Dra. Agustina Franco, Juzgado sito en Calle Pellegrini Nº 19 de esta localidad, a los efectos que proceda a publicar edicto por el término de cinco días a
PROVINCIA DE BUENOS AIRES

fin de notificar, al menor PEIRANO FERNANDO EZEQUIEL, DNI Nº 36.499.810, cuyo último domicilio conocido es en calle Santa Fer Nº 1250 Depto. 2º de la localidad de Tres Arroyos. A continuación se transcribe la parte pertinente de la resolución Nº 0923-12, a notificar: Causa Nº 2359-12. I.P.P. Nº 03-00-001237-10 - Dolores, 17 de diciembre de 2012.- Autos y Vistos: Considerando:
Resuelvo: 1º Declarar al joven Fernando Ezequiel Peirano nacido el día 21 de marzo de 1992 , Argentino, con DNI Nº 36.499.810, hijo de Julio Alberto Peirano y de María EIsa López, con domicilio en Calle Santa Fe Nº 1250 Dpto. 2º de la localidad de Tres Arroyos, No Punible por Hecho, sobreseyéndolo definitivamente en virtud del delito de:
Hurto en la presente causa Nº 2359-12 , Caratulada Peirano, Fernando Ezequiel s/Hurto", de trámite ante este Juzgado de Garantías del Joven Nº 1 del Departamento Judicial Dolores, no sometiendo al mismo a proceso penal. 2º Declarar que la formación de la presente causa no afecta su buen nombre. 3º No siendo pertinente en el caso de marras dar intervención a los organismos de aplicación establecidos en la Ley 13.298 ya que según surge de la documental obrante a Fs. 16 de la IPP el joven Fernando Ezequiel Peirano es nacido el día 21
de marzo de 1992 contando al día de la fecha con 20 años de edad, ello en consonancia con lo normado en el Art. 2
de dicha Ley que dice: "Quedan comprendidos en esta Ley las personas desde su concepción hasta alcanzar los 18 años de edad, conforme lo determina la Conv. sobre los Derechos del Niño. Cuando se menciona a los niños quedan comprendidos, en todos los casos, las niñas, las adolescentes y los adolescentes", no siendo viable disponer la derivación del joven al Servicio Local de Promoción y Protección de Derechos por cuanto el joven Fernando Ezequiel Peirano está fuera del rango etáreo estipulado para la aplicación de dicha legislación.- 4º Notifíquese al Señor Agente Fiscal y Defensor Oficial del Joven. - 5º Líbrese oficio a Comisaría para notificar al joven encausado. Regístrese. Fecho, archívese la causa sin más trámite.
6º Devuélvase la I.P.P. ante el Sr. Agente Fiscal a sus efectos.-" Fdo María Fernanda Hachmann, Juez de Garantías del Joven, Departamento Judicial Dolores.
Asimismo se transcribe el despacho que dispuso el presente:" Dolores, febrero de 2013. I. Por recibidas las actuaciones provenientes de Comisaría de Tres Arroyos, en la presente Carpeta de Causa Nº 02359-12, y atento a lo informado por personal comisionado a efectos de notificar la Resolución Nº 923-12 de fecha 17 de diciembre de 2012 al joven, Peirano Fernando Ezequiel con DNI Nº 36.499.810, ordénese la notificación de dicha resolución a la mencionada persona mediante edictos conf. art. 129
del CPP, debiendo publicarse los mismos en el Boletín Oficial por el término de cinco días. II. A fin de que se de cumplimiento a la publicación de edictos líbrese oficio de estilo por ante el Jefe del Departamento Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires. Fdo.: María Fernanda Hachmann Juez del Joven Departamental. Agustina M.
Franco, Abogada-Secretaria.
C.C. 1.323 / feb. 22 v. feb. 28


POR 5 DÍAS - La Sra. Juez a cargo del Juzgado en lo Correccional nº 8 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Dra. Nora Alicia Martini , cita y emplaza a CRISTIAN DAMIÁN ROVELLI, DNI 14.120.339, argentino, instruido, alfabetizado, casado, de ocupación changarín, nacido el 27 de julio de 1960 en la Capital Federal, con domicilio en la calle Gandulfo Nro. 44 de El Jagel, partido de Esteban Echeverría, hijo de de Nélida María Bauleo y de Rómulo Roberto Rovelli para que en el término de cinco 5 días, comparezca el nombrado a estar a derecho en la causa IPP 07-00-3827-12 - registro interno nº 2185
seguida a Rovelli Cristian Damián y otro por el delito de Tenencia de Arma de fuego de uso Civil sin la debida autorización legal, a continuación se transcribe la resolución que así lo ordena: Atento al coimputado Rovelli Cristian Damián, y vistas las declaraciones testimoniales recibidas por la instrucción policial a fs. 156/158; líbrese oficio al Registro Nacional de Electores, sito en la calle 25
de Mayo nro. 245 de Capital Federal a fines que informe a este Órgano Judicial el domicilio del aquí imputado que figure en padrones y cítese al incuso por medio de edictos ante el Boletín Oficial, con el objeto de hacerle saber que se deberá presentar ante estos Estrados, dentro del quinto día de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Fdo. Dra. Nora Alicia Martini. Juez en lo Correccional. Ante mí Dr. Jorge Alberto Squeo Secretario. Jorge A. Squeo, Secretario.
C.C. 1.324 / feb. 22 v. feb. 28

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 27/02/2013 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data27/02/2013

Conteggio pagine13

Numero di edizioni3381

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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