Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/09/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 7490

LA PLATA, MIÉRCOLES 12 DE SEPTIEMBRE DE 2012

y emplaza, por el termino de cinco días, a VENANCIO
ANDRÉS AMARILLA FRETES, a estar a derecho artículo 129 del Código Procesal Penal, en actuaciones que se registran por Secretaría como causa N 000543EZ/1, seguidas al nombrado en orden al delito de Robo Agravado por el Empleo de Arma y Violación de Domicilio.
Como recaudo legal se transcribe el auto que así lo ordena: Banfield, 28 de agosto de 2012. En atención a lo que surge de los informes de fojas 68/70 y en razón de ignorarse el domicilio del encartado de autos, de conformidad con lo normado por el artículo 129 del C.P.P.: Se cita y emplaza al encausado Venancio Andrés Amarilla Fretes, por el término de cinco días, a estar a derecho. Líbrese edicto y publíquese en el Boletín Oficial por el término de cinco días Fdo: Guillermo A. Rolón, Juez. Se hace constar que de no presentarse el nombrado en el término fijado, será declarado rebelde artículo 129 del Código Procesal Penal. Secretaría, 28 de agosto de 2012. Juan Miguel Etchepare, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.008 / sep. 7 v. sep. 13


POR 5 DÍAS - Dra. Susana Graciela Calcinelli, Juez de Garantías a cargo del Juzgado N 3, en la I.P.P. N
14.331-11, caratulada: Vega Elisa Leonor s/ Estafa; que se instruye con intervención de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N 2 a cargo del Sr. Agente Fiscal Dr.
Eduardo Quiros; cita y emplaza a la Sra. BLANCA ROSA
VERA ARZOLA, DNI 92.431.302, para que comparezca a la Sede de la Unidad Funcional de Instrucción y Juicio N
2, sita en calle Estomba N 127 de Bahía Blanca, o a la Comisaría correspondiente a la jurisdicción de su actual domicilio; a efectos de constituir domicilio en estos autos.
Bahía Blanca, 29 de agosto de 2012. Mercedes Martínez Zapata, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.013 / sep. 7 v. sep. 13
POR 5 DÍAS - En Los Polvorines, a los 24 días del mes de agosto de 2012, en el marco de la IPP 15-01-5582-12
del registro de esta Unidad Funcional de Instrucción N 21
del Depto. Judicial de San Martín, Descentralizada de Malvinas Argentinas, sita en calle Comodoro Rivadavia N
115 primer piso de la localidad de Los Polvorines, Pdo. de Malvinas Argentinas, se transcribe el auto dispuesto en la fecha: Existiendo elementos suficientes o indicios vehementes de la perpetración del delito de Daño y motivo bastante para sospechar que PATRICIA GLORIA TROCOLLI ha participado de su comisión, desígnese audiencia para el nombrado para el día 25/09/2012 a las 9:00 hs. a efectos de recibirle declaración en los términos del Art.
308 del CPP, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. A tales fines publíquese edictos. Notifíquese. Fdo. Marisa Marino, Agente Fiscal.
Javier Hernán Vázquez, Auxiliar Letrado.
C.C. 9.015 / sep. 7 v. sep. 13
POR 5 DÍAS - Ana De Leo, Agente Fiscal de la Unidad Funcional de Instrucción N 4 dependiente de la Fiscalía de Cámara del Departamento Judicial de San Martín, sita en la calle Roca N 129 de la localidad y partido de San Martín, en la Investigación Penal Preparatoria que lleva el número 15-00-034532-08, cita y emplaza a VALLEJOS
RUBÉN DARÍO, con último domicilio conocido en la calle:
Fournier 4760 José C. Paz, a presentarse y estar a derecho bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su averiguación de paradero, conforme lo normado por el Art. 129 del CPP, se transcribe el auto que lo ordena: San Martín, 9 de agosto de 2012. Cítese por edictos a Vallejos Rubén Darío, el que se publicará durante 5 días en el Boletín Oficial, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su averiguación de paradero, conforme lo ordenado por el Art. 129 del C.P.P. Fdo. Dra. Ana De Leo, Agente Fiscal. En San Martín, a los 9 días del mes de agosto del año 2012. Para su diligenciamiento pase a la oficina del Boletín Oficial del Departamento Judicial de San Martín, debiendo remitir oportunamente en ejemplar de las publicaciones correspondientes. UFI 4, 9 de agosto de 2012. Paola Mazza, Secretaria.
C.C. 9.014 / sep. 7 v. sep. 13
POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo Depto. Jud. de Morón, en Causa N 8.075, caratu-

BOLETÍN OFICIAL

lada Irizola, Sergio Gustavo s/ Inf. Art. 47 inc. A Dec. Ley 8031/73 notifíquese a SERGIO GUSTAVO IRIZOLA, argentino, sin domicilio fijo, Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As. 9 de mayo de 2012, Y Vista. Resuelvo: que la Causa N 8.075, caratulada Irizola, Sergio Gustavo s/ Inf. Art. 47 inc. A Dec. Ley 8031/73, en trámite del Juzgado de Paz Letrado del partido de Merlo; formada en cabeza de Sergio Gustavo Irizola aportándose sus otros datos personales al imputársele prima facie la supuesta comisión de la Infracción prevista y punida en el el artículo 47 inciso a del Decreto Ley 8031/73, con lo prevenido el día dieciséis del mes de octubre del año dos mil siete en donde emerge que transcurrió el plazo de un año desde la prevención a la fecha, no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil, corresponde declarar de oficiola extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción, a favor de tal encausado artículo 32, 33 y 34 del Decreto Ley 8031/73. Regístrese, Notifíquese Fdo. Eduardo A. Diforte, juez Ante mí: Dra.
Elena C. Boubeta, auxiliar letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As., 17 de agosto de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Sergio Gustavo Irizola, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 52 Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3del C.F. Bonaerense. Eduardo A.
Diforte, Juez. Merlo Bs. As. 23 de agosto de 2012. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.989 / sep. 7 v. sep. 13


POR 5 DÍAS - Por Disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo Depto. Jud. de Morón, en Causa N 7.858, caratulada Román, Pedro Leonardo s/ Inf. Art. 85 Dec. Ley 8031/73 notifíquese a PEDRO LEONARDO ROMÁN, argentino, sin domicilio fijo, Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As. 6 de junio de 2012.
Vista y considerando. Resuelvo: que la Causa N 7.858, caratulada Román, Pedro Leonardo s/ Inf. Art. 85 Dec.
Ley 8031/73, en trámite por ante el Juzgado de Paz Letrado del partido de Merlo; conformada en cabeza de Pedro Leonardo Román de los que se aportan sus otros datos; al imputársele prima facie la supuesta comisión de la Infracción al artículo 85 del Decreto Ley 8031/73, por lo prevenido el día dieciséis del mes de agosto del año dos mil siete en este Distrito emerge que ha transcurrido el plazo de un año desde la prevención hasta la fecha, no habiéndose interrumpido la prescripción de la acción por extremo hábil, ver fs. 58 por lo que corresponde declarar de oficiola extinción de esta acción contravencional de índole penal, por prescripción, a favor de los encausado artículo 32, 33 y 34 del Decreto Ley 8031/73. Respecto de los efectos secuestrados estése al artículo 13 apartado 4
del Decreto 8031/73. Regístrese, Notifíquese Fdo.
Eduardo A. Diforte, juez Ante mí: Dra. Elena C. Boubeta, auxiliar letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs. As., 17 de agosto de 2012.
Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Pedro Leonardo Román, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaída en autos obrante a fs. 62/vta. Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3del C.F. bonaerense. Eduardo A.
Diforte, Juez. Merlo Bs. As. 23 de agosto de 2012. Sergio E. Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.990 / sep. 7 v. sep. 13
POR 5 DÍAS Por disposición del Dr. Eduardo A.
Diforte, titular del Juzgado de Paz Letrado del Partido de Merlo Depto. Jud. de Morón, en Causa N 5.853, caratulada Parada, Mariano Segundo y Palomino, María Josefa s/ Inf. Art. 78 y 86 Dec. Ley 8031/73 notifíquese a MARIANO SEGUNDO PARADA, argentino, sin domicilio fijo, Notifíqueselo mediante edicto a publicarse por el término de cinco días de la sentencia definitiva recaída en autos, cuya parte pertinente a continuación se transcribe: Merlo Bs. As. 31 de mayo de 2012, Y Vista. Resuelvo: Declarar de oficiola extinción de la presetne acción contraven-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

cional, de índole penal, por prescripción, en estos, a favor de Mariano Segundo y María Josefa Palomino, en el supuesto de la comisión de las infracciones previstas y reprimidas en los artículos 78 y 86 del Decreto Ley 8031/73 Código de Faltas de la Provincia de Buenos Aires por haber transcurrido, en abundancia, el plazo pervisto por el artículo 33 del Decreto Ley 8031/73 desde su iniciación hasta esta oportunidad. Regístrese, Notifíquese por la Instrucción competente, a los coencartados en la forma usuala su Defensa Oficial, con vista de la causa, y a la Policía de esta Provincia, a sus efectos. Pasen por el lapso de cinco días. Oportunamente, Archívese.
Regístrese, Notifíquese Fdo. Eduardo A. Diforte, juez.
Ante mí. Dra. Elena C. Boubeta, Auxiliar Letrada. Como recaudo legal se transcribe el Decreto del caso: Merlo Bs.
As., 17 de agosto de 2012. Atento el estado de los presentes actuados y dado que hasta el momento no fue posible ubicar al encausado Mariano Segundo Parada, es oportuno disponer que se notifique por edictos, al mismo la sentencia definitiva recaida en autos obrante a fs. 84/85
Art. 129 C.P.P. por aplicación del Art. 3 del C.P. bonaerense Merlo bs. As. 23 de agosto de 2012. Sergio E.
Alessandrello, Auxiliar Letrado.
C.C. 8.991 / sep. 7 v. sep. 13


POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Sandra Claudia Martucci, Juez titular del Juzgado en lo Correccional N 5 de Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa N 1235 de los registros de este Juzgado, seguida a EZEQUIEL MAXIMILIANO CABAÑAS por el delito de infracción a la Ley 11.723 propiedad intelectual, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente: Ciudad de Quilmes, 24 de abril de 2012. Autos y Vistos Considerando Resuelvo: I.
Declarar extinguida la acción penal respecto de Ezequiel Maximiliano Cabaña, de conformidad con lo dispuesto en el Art. 76 ter, cuarto párrafo del C.P., II. Sobreseer total y definitivamente a Ezequiel Maximiliano Cabaña, Titular del D.N.I N 31.345.776, de nacionalidad argentina, nacido en La Plata, Bs. As., el día 20 de enero de 1985, hijo de Néstor Cabaña y de Gloria Romero, de estado civil soltero con domicilio en Calle Ameghino 2287 entre Senzabello y Curie de la Localidad de Florencio Varela, Bs. As., en orden al delito de Infracción a la Ley 11.723 propiedad intelectual que le fuera imputado como ocurrido el día 14
de septiembre de 2006 en la Localidad de Flode conformidad con lo normado por el Art. 72 bis inc. d de la Ley 11.723 Propiedad Científica, literaria y artística y 323 inc.
1 del C.P.P. III. Levantar la inhibición general de bienes decretada contra el imputado Ezequiel Maximiliano Cabaña. Líbrese oficio al Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires. IV. Decomisar las 55 películas en formato DVD aparentemente apócrifas, registradas bajo el N 28301 de la Oficina de Efectos Departamental. A tales fines líbrese oficio al Titular de la Oficina de Efectos Departamental. Regístrese, notifíquese, y firme que se encuentre cúmplase con el punto III, IV y con las comunicaciones de ley. Fecho, archívese.
Quilmes, 15 de agosto de 2012. Fdo. Sandra Claudia Martucci, Juez. Ante mí: Stella Maris Rossi, Auxiliar Letrada.
C.C. 9.021 / sep. 10 v. sep. 14
POR 5 DÍAS - Por disposición de la Dra. Sandra Claudia Martucci, Juez titular del Juzgado en lo Correccional N 5 de Quilmes, Secretaría Única a mi cargo, en relación a la causa N 811 de los registros de este Juzgado, seguida a GIMÉNEZ MIGUEL ANTONIO por el delito de Hurto Simple en grado de Tentativa, a fin de peticionarle tenga a bien publicar la siguiente resolución que a continuación se transcribe su parte pertinente:
Ciudad de Quilmes, 03 de julio de 2012. Autos y Vistos
Considerando Resuelvo: I. Declarar la extinción de la acción penal por prescripción de la presente causa N 811
respecto del imputado Miguel Antonio Giménez, es de nacionalidad argentina, nacido en Quilmes, Provincia de Buenos Aires, el 18 de marzo de 1988, titular del D.N.I. Nº 33.725.367, siendo sus padres Miguel Ángel y a Alicia Irene Acosta, y su domicilio real en calle El Apero esquina Cacique, sin número, Barrio San José, Partido de Florencio Varela, presuntamente cometido en fecha 2 de abril de 2008, de conformidad con lo normado por los Arts. 42, 162, 59 inc. 3, 62 inc. 2, 67 inc. d del Código

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 12/09/2012 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data12/09/2012

Conteggio pagine15

Numero di edizioni3392

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione29/07/2024

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