Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/07/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

remitida a la Sindicatura. El presente se libra en autos:
Lafforgue, Juan Carlos s/ Quiebra Expte. Nº 28.250, de trámite por ante el Juzg. de 1º Inst. en lo C. y Com. Nº 2, Secr. Única, del Depto. Jud. Necochea. Necochea, 15 de junio de 2012. Silvina Di Carlo Miks, Secretaria.
C.C. 6.942 / jul. 10 v. jul. 16


POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la I.P.P. N 06-00-017793-09 caratulada Alejandro Jonhatan Silvero y otro s/ Tent. de Robo, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín Oficial el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 cinco días a ALEJANDRO
JONHATAN SILVERO, indocumentado, nacido el día 02 de mayo de 1990 en Posadas, Prov. de Misiones, hijo natural de Delia Sara Silvero, para que comparezca ente este Juzgado a cumplir con lo normado por el art. 13 del Acuerdo N 2.840 de la Suprema Corte de Justicia de la Provincia de Buenos Aires, en la I.P.P. N06-00-01779309. La Plata, 04 de junio de 2012. Alessandro F.M. Vitale, Secretario.
C.C. 6.921 / jul. 10 v. jul. 16
POR 5 DÍAS - Por disposición del Dr. Juan Pablo Masi Juez del Juzgado de Garantías N 4 Departamental en el marco de la I.P.P. N 06-00-032519-09, caratulada Romano Leonardo Ezequiel s/ Robo calificado Inc. de Eximición de Prisión, a fin de solicitar la publicación de edictos con el objeto de notificar al Sr. LEONARDO EZEQUIEL ROMANO, DNI N 33.208.660, que deberá comparecer, a la sede de este Juzgado, sito en calle 8 entre 56 y 57, 2 Piso de la ciudad de La Plata, con el objeto de labrar el acta correspondiente por ante el Actuario. La resolución que así lo dispone dice: La Plata, 24 de junio de 2012. Atento el tiempo transcurrido y no habiéndose recepcionado la publicación del edicto que antecede, líbrese nuevo edicto al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires, a fin de notificar al Sr.
Leonardo Ezequiel Romano del resolutorio de fecha 23 de septiembre de 2011. Fdo. Juan Pablo Masi. Juez. A tal fin, se transcribe el resolutorio a notificar: La Plata, 23 de septiembre de 2011. Autos y Vistos: A fin de resolver el pedido de eximición de prisión solicitado en favor de Leonardo Ezequiel Romano; Y Considerando: I. Que a fs. 1/vta. del presente incidente, Leonardo Ezequiel Romano con el patrocinio letrado de la Dra. Agustina Canal, Auxiliar Letrada de la Defensoría N 8 solicita se le conceda el beneficio de la eximición de prisión, de conformidad con lo previsto por el Art.
185 del C.P.P. II. Ahora bien, a fin de evaluar la procedencia del beneficio en tratamiento y en virtud de lo previsto por el Art. 186 del ritual, es que me remitiré a la calificación oportunamente arribada en el hecho de marras, el cual es constitutivo del delito de robo calificado por el uso de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tener por acreditada, en los términos del Art. 166 inc. 2 último párrafo del CP, con una pena de reclusión a prisión de 3 a 10 años. III.
Conforme lo preceptuado por el Art. 185 del C.P.P., la procedencia de la eximición de prisión se supedita a la suerte de la excarcelación, de manera que la presunta inviabilidad de esta última echa por tierra la primera Art. 186 del C.P.P.
De este modo tengo en cuenta en primer lugar que el monto máximo de pena que registra el tipo penal citado supera el quantum previsto por el Art. 169 inc. 1ero del ritual para que el beneficio excarcelatorio proceda en esta situación. IV. Por otra parte, y conforme me he expedido tanto al resolver no hacer lugar a la eximición de prisión de Leonardo Ezequiel Romano con fecha 26 de mayo de 2010, como al denegar la excarcelación del mismo con fecha 25 de febrero del corriente, -por el momentola situación procesal del encartado no encuadra en ninguna de las demás causales previstas por la norma procesal citada y que no han variado las circunstancias valoradas oportunamente, ya que interpreto que resulta prematuro merituar en esta incipiente y -corno antes citaraprecaria etapa, la probabilidad de aplicación de una condena de ejecución condicional, desde que aún no cuento con los elementos necesarios que me permitan formar el criterio en cuanto a la personalidad del incusado, sus condiciones sociales, y por sobre todo la inconveniencia de aplicar en este momento la privación de la libertad para lograr la averiguación de la verdad Art. 26 primer párrafo, última parte del Código Penal y Art. 169 inc. 3ero. del Código Procesal Penal. Colofón de los argumentos expresados, y de conformidad con lo previsto por los Arts. 23 inc. 9no., 148, 171, 185, 186 -a contrario-, sgts. y ccts. del C.P.P.;
Resuelvo: I. No hacer lugar a la eximición de prisión solicita-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, LUNES 16 DE JULIO DE 2012

da en favor de Leonardo Ezequiel Romano Arts. 23 inc.
9no., 148, 171, 185, 186 -a contrario, sgts. y ccts. del C.P.P.. Notifíquese. Il. Firme que se encuentre lo resuelto en el punto 1, vuelva el presente incidente a la Unidad Funcional de Instrucción N 3 a fin de que el mismo sea agregado a los autos principales. Sirva el presente de atenta de envío. Fdo.
Juan Pablo Masi. Juez de Garantías. Sírvase remitir los ejemplares de la publicación requerida a la Sede de este Juzgado de Garantías N 4 Departamental, sito en calle 8
entre 56 y 57, 2 Piso de la ciudad de La Plata, con telefax 410-2444. LA Plata, 24 de junio de 2012. María Julieta Genco, Secretaria Adscripta.
C.C. 6.922 / jul. 10 v. jul. 16


POR 5 DÍAS - Por disposición del Titular del Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dr. Néstor A. de Aspro, Secretaría Única a mi cargo, en la I.P.P. N 06-00-017786-09 caratulada Arturo Horacio Icasto y Sergio Raúl lcasto s/tentativa de robo, a fin de solicitar se publique durante cinco días en el Boletín Oficial el auto que a continuación se transcribe: El Juzgado de Garantías en lo Penal N 3 del Departamento Judicial La Plata, cita y emplaza por el término de 5 días a ICASTO
SERGIO RAÚL, titular del DNI N 33.680.893 y a ICASTO
ARTURO HORACIO, titular del DNI N 35.170.748, para que comparezcan ante este Juzgado a fin de notificarse de lo resuelto a fs. 80/vta., en la I.P.P. N 17786-09. Fdo.: Dr.
Néstor A. de Aspro, Juez de Garantías. Asimismo solicito la posterior remisión al organismo a su cargo, de constancias de la publicación. La Plata, 25 de junio de 2012.
Emanuel Cirigliano, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.923 / jul. 10 v. jul. 16
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 3
a cargo del Dr. Néstor A. de Aspro Secretaria Única, a cargo del Dr. Alessandro Flavio Maximiliano Vitale, del Departamento Judicial La Plata. Cita y emplaza a JEREMÍAS FACUNDO LEMOS, DNI 33777333, con último domicilio denunciado en la calle casa 44 Barrio Federal de Ensenada, Provincia de Buenos Aires, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho respecto a la Investigación Penal Preparatoria N 06-00-03519910, que se le sigue por el delito de Robo que tramita ante la Unidad Funcional de Instrucción N 4 del Departamento Judicial de La Plata, cargo del Dr. Fernando Ernesto Cartasegna, sita en calle 7 entre 56 y 57 La Plata conforme surge de la resolución que se transcribe: La Plata, 15 de marzo de 2012. Resuelvo: Ordénese el comparendo a derecho del encartado Jeremías Facundo Lemos, por publicación de edictos conf. Art. 129 del CPPBA. por el término de 5 cinco días en el Boletín Oficial. Fdo. Dr.
Fernando Ernesto Cartasegna, Agente Fiscal.
Departamento Judicial La Plata. Ante mí Dr. Alejandro Glombovsky, Secretario Instructor. La Plata, a los 15 días del mes de marzo del año 2012.
C.C. 6.924 / jul. 10 v. jul. 16
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez Titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a JORGE
MANUEL FREDES, apodado Witi, argentino, soltero, hijo de Jorge Horacio y de Estela Fredes, nacido el 4 de noviembre de 1989, DNI N en trámite, con domicilio 13
entre 484 y 485 de la localidad de City Bell, Prov. Prov. de Buenos Aires, en causa N 3670-3 IlPP 1144/12 UFF, JG
N 1 seguida a Fredes Jorge Manuel, por la presunta comisión del delito de Robo en grado de tentativa, para que en el término de cinco 5 días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/ 56 y 57, 1 Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 30 mayo de 2012. Visto el informe policial obrantes a fs. 102 y 111 que da cuenta que el imputado se ha ausentado, sin autorización, del domicilio fijado en autos, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo, de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129 y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos. A tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional N 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Art. 150 del CPP.
Fdo. Graciela M. Buscarini, Juez. Ezequiel Leonardo Forti, Auxiliar Letrado.
C.C. 6.925 / jul. 10 v. jul. 16

PÁGINA 5847

POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción de Delitos Culposos N 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo del Dr. Carlos Alpino Vercellone, Agente Fiscal, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a LUCAS
JAVIER ANTONIO GARCÍA, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57, subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la I.P.P. 06-00-002012-10 caratulada García Lucas Javier Antonio s/ Lesiones Culposas en trámite por ante esta U.F.l.J., a cargo del Agente Fiscal mencionada, seguida a Lucas Javier Antonio García por el delito de Lesiones Culposas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 21 de junio de 2012. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Lucas Javier Antonio García, cíteselo en la forma prevista por el artículo 129 del C.P.P. para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada, de solicitar la declaración de rebeldía en su contra. Fdo. Dr. Carlos Alpino Vercellone, Agente Fiscal. Secretaría, 21 de junio de 2012. Dra. Verónica Patricia Savian, Secretaria.
C.C. 6.926 / jul. 10 v. jul. 16


POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a DIEGO SEBASTIÁN RIVERO MAIDANA, con último domicilio en Las Heras 3632 de la localidad de San Fernando, Partido de San Fernando, Provincia de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 2388, que se le sigue por Hurto en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 26 de junio de 2012 En atención al informe policial obrante a fs. 72, y desconociéndose el actual domicilio del encartado de autos Diego Sebastián Rivero Maidana, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts.
303, 304 y concordantes del C.P.P. Hágase saber lo aquí dispuesto al Sr. Defensor Oficial y el Sr. Fiscal. Fdo. Dra.
Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr. E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 26 de junio de 2012.
C.C. 6.930 / jul. 10 v. jul. 16
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a JAVIER ALEJANDRO ACOSTA, con último domicilio en Mariano Acha 2663 y Gendarmería Nacional 522 Barrio Retiro, ambos de la ciudad Autónoma de Buenos Aires, por el plazo de tres 3 días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa 1944, que se le sigue por Robo Simple en Grado de Tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 26 de junio de 2012. En atención a lo informado a fs. 514/515 y 536/537 respecto del encausado Acosta Javier Alejandro y desconociéndose el actual domicilio del mismo, cíteselo por edicto que se publicará por 5 cinco días en el Boletín Oficial, conforme lo establecido en el Art. 129 del CPP, para que en el término de tres 3 días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y decretarse su comparendo Arts. 303, 304 y concordante s del C.P.P. Fdo. Dra. Andrea C. Pagliani, Juez; Ante mí: Dr.
E. Osores Soler, Secretario. Secretaría, 26 de junio de 2012.
C.C. 6.931 / jul. 10 v. jul. 16
POR 5 DÍAS El Juzgado en lo Correccional N 5 del Departamento Judicial de San Isidro, a cargo de la Andrea C. Pagliani, sito en la calle Moreno 623 de San Isidro, cita y emplaza a NICOLÁS MATÍAS PAVÓN, con último domi-

Riguardo a questa edizione

Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 16/07/2012 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data16/07/2012

Conteggio pagine12

Numero di edizioni3379

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Ultima edizione05/07/2024

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