Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/01/2012 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ción de fecha 2 de noviembre de 2011, las siguientes medidas: Decretar la Quiebra, con el alcance de los Arts.
102 a 159 y conc. de la Ley 24.522, de Estación de Servicio Río Negro S.R.L., con domicilio real en la calle San Juan Nº 2 y constituyendo legal en la calle Corrientes N 3605, ambos de esta ciudad. A cuyo fin se ordena las siguientes medidas: 1 La inhibición general de bienes de la fallida para disponer y gravar sus bienes registrables, 2
La intimación a terceros que tengan bienes de la fallida a que oportunamente los pongan a disposición del Síndico, bajo apercibimiento de ser pasibles de las penas y responsabilidades que en derecho correspondan Art. 88 inc.
3 Ley 24.522. 3 La prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo apercibimiento de considerarse los mismos ineficaces Art. 88 inc. 5 LC y Q. 4 La retención de la correspondencia epistolar y telegráfica a nombre de la fallida, la que deberá ser entregada a la sindicatura. 5 Atendiendo a lo normado por el Art. 253 inc. 7 LCyQ, corresponde el cese de las actuaciones del CPN Iribarren y dispónese en consecuencia, el día 10 de noviembre de 2011 a las 10 hs.
para proceder al sorteo de un nuevo Síndico Contador categoría B, quien se desempeñará en las funciones de sindico titular. El nuevo síndico titular el C.P.N: Gelos, Raúl Alberto, domiciliado en la calle Belgrano 4207, de Mar del Plata, atenderá en ese domicilio, de lunes a viernes de 8:30 a 13 y de 16 a 20 horas. 6 Poner al Síndico en posesión de los bienes papeles y demás documentación que tuviere importancia, intimándose asimismo a la fallida para que en el plazo de 24 horas entregue al síndico los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad Art. 88 inc. 4 L.C.. 8
Ordénase la realización de los bienes del deudor, en el término establecido por el Art. 217 L.C.y Q. 9 Los acreedores concurrentes no requerirán solicitar nueva verificación, procediendo el Sr. Síndico a recalcular sus créditos según su estado conf. Art. 202 LCyQ. 10 Se fija el 20 de marzo de 2012 como fecha hasta la cual los acreedores posconcursales y anteriores a la presente declaración de Quiebra deberán presentarse ante el Síndico con los títulos justificativos de sus créditos los fines de su graduación y verificación. 11. Señálase el día 8 de mayo de 2012 como fecha en la cual el Síndico designado deberá presentar el informe individual de los créditos Art. 35 LCyQ; el día 22
de junio de 2012 para la presentación del informe general previsto por el Art. 39 de la LCyQ. 12 Disponer la publicación de edictos por 5 días en Boletín Oficial, Diario La Capital de Mar del Plata, sin necesidad de previo pago, asignándose los fondos cuando los hubiere disponibles Arts. 273 inc. 8, 89 Ley 24.522. 13 Procédase a la inhabilitación de la fallida a cuyo fin líbrense los oficios correspondientes. Regístrese. Notifíquese. Dr. Raúl Eduardo Garrós. Juez Civil y Comercial. Mar del Plata, 27 de diciembre de 2011. Marcos R. Valdettaro, Secretario Subrogante.
C.C. 273 / ene. 11 v. ene. 17


POR 5 DÍAS - El Sr. Titular del Juzgado de Ejecución Penal del Departamento Judicial Dolores, Dr. Luis Esteban Nitti, notifica a CLAUDIO GABRIEL ALFREDO SOTO en causa nro. 2831 la Resolución que a continuación de transcribe: Dolores, 15 de Diciembre de 2011. y Vistos: I.
Notificado que fuera el cómputo de pena practicado oportunamente por el actuario y no siendo impugnado por las partes, Apruébase el mismo. II. Asimismo, ho habiendo abonado el condenado Claudio Gabriel Alfredo Soto las costas procesales impuestas, decrétasele la inhibición general de bienes, librándose al efecto oficio de estilo al Registro de la Propiedad Inmueble. III. Fecho, vuelva a despacho. Notifíquese y ofíciese al imputado mediante publicación en el Boletín Oficial Fdo. Luis Esteban Nitti, Juez. Dolores, 15 de diciembre de 2011. Jesús María Antonelli, Abogado Secretario.
C.C. 268 / ene. 11 v. ene. 17
POR 5 DÍAS - En la Causa N 13757 I.P.P. N 03-00089666-05 seguida a DÍAZ, GABRIEL y CHANCEL, FABIÁN por el delito de Estafa, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a los prevenidos nom-

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, MARTES 17 DE ENERO DE 2012

brados cuyo último domicilio conocido era calle Olmos N
320 Díaz y Avellaneda N 150 Chancel, ambos de Mar de Ajó, la resolución que dictara este Juzgado con fecha 13 de diciembre de 2.011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Resuelvo:
Sobreseer totalmente a Fabián Eduardo Chancel y Gabriel Alejandro Díaz, en orden al delito de Estafa; previsto y reprimido por el Art. 172 del Código Penal, por el que se le recibiera declaración a tenor del Art. 308 del C.P.P
Fdo.: Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de diciembre de 2.011. Autos y Vistos: Atento lo que surge de la notificación de Díaz, Gabriel y Chancel, Fabián en la que se informa que los mismos no pudo ser notificado del sobreseimiento, ya que se ausentaron de sus domicilios, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del C.P.P. Fdo.: Dra.
Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Dolores, 28 de diciembre de 2011.
C.C. 267 / ene. 11 v. ene. 17


POR 5 DÍAS - En los autos caratulados SAUCEDO
BERNARDO s/ Recurso de Queja Art. 433 del CPP I.P.P.
N 03-03-000590-11, de trámite ante este Juzgado de Garantías N 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado, la resolución que dictara la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Prov. de Buenos Aires, con fecha 1
de noviembre de 2011, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Sentencia Por lo expuesto en el acuerdo que antecede, la Sala II del Tribunal Resuelve: l.
Declarar formalmente admisible el presente recurso de queja artículo 433 del Código Procesal Penal. II.
Rechazar por inadmisible el recurso de casación interpuesto por el señor Defensor Oficial general departamental, doctor Daniel Ignacio María Arias Duval, por los motivos expuestos al tratar la segunda cuestión, sin costas
Regístrese, notifíquese. Fdo.: Dr. Fernando Luis María Mancini, Juez de la Sala II. Dr. Carlos Alberto Mahiques, Juez de la Sala II del Tribunal de Casación y de la Provincia de Buenos Aires. Gonzalo Rafael Santillán Iturres, Secretario. Asimismo, transcríbole el auto que dispuso el presente: Dolores, de diciembre de 2011.
Habiéndose dispuesto su rebeldía en estos actuados, notifíqueselo mediante Boletín Oficial. Fdo.: Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías N 1. Dolores, 28 de diciembre de 2011.
C.C. 266 / ene. 11 v. ene. 17
POR 5 DÍAS - La Sra. Juez titular del Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata, Dra.
Graciela María Buscarini, cita y emplaza a OLIVES, ADRIANA MARILIN o REYNOSO VIVIANA PAOLA, argentino, DNI 26.599.332, hijo de Jesús y de Bilar, Inés. con último domicilio en calle Cuba 10420 de Tres de Febrero, en causa N 3536-3 seguida a la nombrada por el delito de Hurto dos hechos, para que en el término de cinco 5
días comparezca a estar a derecho por ante el Juzgado Correccional N 3 del Departamento Judicial La Plata calle 8 e/56 y 57, 1 Piso, La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo. En consecuencia se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 27 de diciembre de 2011. Atento los informe e policiales de fs. 288 y 299, que dan cuenta que la imputada Adriana Marilin Olives o Viviana Paola Reynoso se ha ausentado del domicilio fijado en autos fs.
43/44, ignorándose el lugar de residencia actual del mismo de conformidad con lo dispuesto por los Arts. 129
y 303 del Código Procesal Penal cíteselo por edictos, a tales fines, ofíciese al Boletín Oficial a fin de que se publique durante cinco 5 días la presente, término durante el cual deberá comparecer el citado por ante este Juzgado Correccional nro. 3 de La Plata, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo Art.
150 del CPP. Fdo. Graciela M. Buscarini, Juez.
Francisco R. N. de Lázzari, Secretario.
C.C. 263 / ene. 11 v. ene. 17

PÁGINA 417

POR 5 DÍAS - El Señor Vicepresidente del Tribunal en lo Criminal N 4 del Departamento Judicial Morón, Dr.
Carlos Roberto Torti, cita y emplaza a DANIEL GUSTAVO
CASETTE GONZÁLEZ por el termino de tres días computables a partir de la ultima publicación a fin de que comparezca a estar a derecho en relación a los autos N 791
seguidos al nombrado por el delito de amenazas simples reiteradas y robo agravado por el uso de arma en concurso real entre sí, del registro de la Secretaría de este Tribunal, y se notifique del auto que se transcribe: Morón, 20 de diciembre de 2011. Atento lo informado por la dependencia policial de Hurlingham Primera a fs. 443, e ignorándose la residencia actual del encartado Daniel Gustavo Casette, procédase a disponer su citación y emplazamiento mediante notificación edictal para que en el término de tres días, computables a partir de la última publicación, se presente a estar conforme a derecho; ello bajo apercibimiento de declarárselo rebelde y ordenar su comparendo compulsivo. En consecuencia, líbrese oficio al Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires a fin de que, durante cinco días, publique el emplazamiento antes mencionado, debiendo remitir un ejemplar del número de Boletín Oficial o constancia que pruebe el cumplimiento de la medida ordenada, la que será exenta de sellado y tasas judiciales Art. 129 del CPP. Fdo.: Carlos Roberto Torti, Juez. Secretaría, 20 de diciembre de 2011.
Alejandro Daniel Fernández, Secretario.
C.C. 262 / ene. 11 v. ene. 17


POR 5 DÍAS - El Tribunal en lo Criminal N 3 del Departamento Judicial de La Matanza, en relación a la causa n 7-02 Reg. int. N 0669 caratulada Jorge Martín Amarilla s/robo agravado por el uso de arma y otros notifica a JORGE MARTÍN AMARILLA, por el término de cinco 5 días, de la resolución que a continuación se transcribe en su parte pertinente: San Justo, 14 de diciembre de 2011. Habida cuenta lo informado a fs. 461/vta. y 467/vta., respecto del imputado Jorge Martín Amarilla, notifíquese por edictos durante cinco días Conf. Art. 129 del C.P.P..
Dichos edictos serán publicados en la cartelera del Tribunal y en el Boletín Oficial Fdo.: Liliana Logroño.
Presidente. En la ciudad de La Plata a los doce días del mes de julio del año dos mil once Sentencia I.
Declarar admisible el recurso de Casación planteado a favor de Jorge Martín Amarilla. II. Por mayoría rechazar el mismo y confirmar la sentencia dictada por el Tribunal Oral en lo Criminal n 3 del Departamento Judicial de La Matanza, con costas en esta instancia. Arts. 210, 373, 530
y 532 del C.P.P.; 41 inc. 1, 42, 166 inc. 2 t.o. según Ley anterior a la 25.882 del C.P. III. Tener presente la reserva del caso federal plateada a tenor del Art. 14 de la Ley 48 Fdo.: Federico G. J. Domínguez. Carlos Alberto Mahiques y Jorge Hugo Celesia, Jueces de Sala Primera del Excmo. Tribunal de Casación Penal Bonaerense. Ante mí: Gerardo Cires, Auxiliar Letrado. Secretaria, 14 de diciembre de 2011. Gustavo Lorzin, Secretario.
C.C. 261 / ene. 11 v. ene. 17
POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción de Delitos Culposos N 10, del Departamento Judicial de La Plata a cargo de la Dra. María Antonieta Scarpino, Agente Fiscal, Secretaría a mi cargo, cita y emplaza a OMAR
ALCIDES VERA, para que dentro del término indicado comparezca a la sede de esta Fiscalía, sita en calle 7, entre 56 y 57, subsuelo, La Plata, a los efectos de estar a derecho, y aportar su domicilio real, en el marco de la 1.P.P. 06-00-031296-08 caratulada Vera Omar Alcides Lesiones CuIposas en trámite por ante esta U.F.I., a cargo de la Agente Fiscal mencionada, seguida al nombrado por el delito de Lesiones Culposas, bajo apercibimiento, en caso de incomparecencia injustificada de solicitar la pertinente declaración de rebeldía. En consecuencia, se transcribe la resolución que ordena el presente: La Plata, 21 de diciembre de 2011. Visto que hasta el día de la fecha no ha logrado ser notificado en el domicilio aportado en autos, el imputado Omar Alcides Vera, cíteselo en la forma prevista por el artículo 129 del C.P.P., para que comparezca en el término de cinco días de terminada la última publicación en el Boletín Oficial, ante la sede de esta Fiscalía, a los efectos de estar a Derecho, y aportar

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 17/01/2012 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data17/01/2012

Conteggio pagine5

Numero di edizioni3380

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione08/07/2024

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