Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/12/2011 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

de Zamora, 16 de septiembre de 2011. Resuelve:
Resuelve: I. declarar extinguida la acción penal en la presente causa registrada bajo el Nº 844.518 Nº 2.467/9 de orden interno seguida a Sixto Javier Báez Vázquez, por cumplimiento de las obligaciones impuestas al momento de disponerse la suspensión del juicio a prueba. Art. 76
terc., párrafo cuarto, primera parte, del Código Penal. 2.
Sobreseer a Sixto Javier Báez Vázquez, de nacionalidad paraguayo, nacido en Paraguay el día 6 de agosto de 1984, indocumentado, de estado civil soltero, de ocupación albañil, hijo de Francisco Báez y de Ilara Vázquez, instruido, con domicilio en la calle Sócrates a 200 mts. de Elizalde, 2da. casa a la derecha, de la localidad de Transradio, Partido de Esteban Echeverría, con prontuario en el Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal Nº UER 2.395 - Reg. 124 y en el Ministerio de Seguridad Bonaerense Nº 1.252.248 de la Sección A.P., por el hecho que fuera acusado en el momento de requerirse su citación a juicio y se calificara prima facie constitutivo del delito de robo calificado por su comisión en lugar poblado y banda en gravo de tentativa y daños.
Artículos 321 in fine, 323 inc. 1, 324 y 341 del Código de Procedimiento Penal y 42, 45 y 166 inc. 2 y 183 del Código Penal. Regístrese. Notifíquese. Firme, comuníquese al Ministerio de Seguridad y Justicia de la Provincia de Buenos Aires, al Registro Nacional de Reincidencia, cúmplase con lo dispuesto por el Art. 22 de la Acordada 2.840
de la S.C.J.B.A. y archívese. Victoria Ballvé, Juez. Darío Bellucci, Juez, Juan Manuel Rial, Juez. Ante mí: Leonardo E. Kaszewski, Secretario. Secretaría, 26 de octubre de 2011.
C.C. 14.763 / dic. 26 v. dic. 30


POR 5 DÍAS - El Señor Juez titular del Juzgado de Garantías Nº 1 del Departamento Judicial de Lomas de Zamora, Provincia de Buenos Aires, Dr. José Luis Arabito, notifica a FERNANDO GABRIEL ALMEIDA, en causa Nº 07-00-001903-11, la resolución que a continuación se transcribe: Banfield, 29 de abril de 2011 Autos y Vistos:
Considerando: Resuelvo: Disponer el sobreseimiento total de Fernando Gabriel Almeida, en esta Investigación Penal Preparatoria Nº 00-001903-11, en orden a los delitos de Robo calificado por el empleo de arma de fuego cuya aptitud para el disparo no puede tenerse por acreditada en concurso real con resistencia a la autoridad. Art.
323 inciso 5 y 324 del C.P.P José Luis Arabito, Juez de Garantías. Ante mi: Diego C. Maceratesi, Secretario. A los fines que correspondan, se transcribe el auto que ordena la presente medida: Banfield, 13 de diciembre de 2011 en atención a lo informado a fs. 82, notifíquese a Fernando Gabriel Almeida, mediante la publicación de edictos la resolución de fs. 69/70, a cuyo fin, líbrese oficio al Sr. Director del Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires artículo 129 del Código Procesal Penal José Luis Arabito. Juez de Garantías.Diego C. Maceratesi.
Secretario.
C.C. 14.764 / dic. 26 v. dic. 30
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Civil y Comercial Nº 3, sito en Alvear 465, P.B., en autos Equipamientos Industriales Aixa S.R.L. s/Quiebra indirecta, Expte.
29.674, hace saber que el 26 de abril de 2011 se ha decretado la quiebra indirecta de EQUIPAMIENTOS
INDUSTRIALES AIXA S.R.L., CUIT Nº 30-70818710-7, inscripta en la Matrícula 62.404 de Sociedades Comerciales, Legajo 1/115.193, con fecha 16/12/02, con domicilio en Larrea Nº 2675 del partido de Quilmes, Provincia de Buenos Aires. Síndico actuante Cdor. José Luis Oddo actuante en el proceso concursal-, con domicilio constituido en Olavarría Nº 386 de Quilmes. Los acreedores posteriores a la presentación del Concurso Preventivo podrán requerir la verificación de sus créditos por vía incidental sin costas Art. 280 y ss. LCQ. Los acreedores que hubieran obtenido verificación de sus créditos en el concurso preventivo no tendrán necesidad de verificar nuevamente, procediendo el Síndico a recalcular dichos créditos Art. 202 LCQ. Dentro de los 30 días posteriores al decreto de quiebra, los interesados podrán observar la fecha inicial del estado de cesación de pagos propuesta por el Síndico en el informe general ya presentado a fs.
1738/1764 Art. 117 LCQ. Se hace saber que queda prohibida la realización de pagos al fallido, los que serán ineficaces, y que el fallido y los terceros deberán entregar al síndico los bienes y documentación comercial del primero. Asimismo, se hace saber que a partir de encontrarse firme el decreto de quiebra se suspende el trámite de todos los juicios de contenido patrimonial iniciados contra la fallida por causa o título anterior a esta presentación, prohibiéndose la deducción de nuevas acciones que tengan por causa o título fecha anterior a dicha fecha arg.

BOLETÍN OFICIAL

LA PLATA, VIERNES 30 DE DICIEMBRE DE 2011

Art. 132 de la Ley 24.522 según modif. Ley 26.086. Los juicios de contenido patrimonial deberán radicarse ante esta dependencia, quedando exceptuados de dicho efecto radicación los juicios enunciados en los apartados 3º expropiaciones, los que se funden en relaciones de familia, 4º procesos de conocimiento en trámite, juicios laborales y 5 los que el deudor sea parte de un litis consorcio pasivo necesario del Art. 21 según Ley 26.086, los que estarán sujetos a las pautas establecidas en dicha norma apartados 6º a 8º Art. 132 ap.1º. Asimismo, en el caso de juicios seguidos contra el fallido en calidad de codemandado -salvo que se trate de un litisconsorcio pasivo necesario Art. 133 ap. 2º-, el actor podrá optar por continuar el trámite del juicio de conocimiento ante el tribunal originario desistiendo de aquél, sin perjuicio de solicitar la verificación de su crédito ante esta dependencia Art. 133
según Ley 26.086.En el caso de las ejecuciones de garantías reales Art.132 ap. 1º Ley 26.086, las mismas deberán ser radicadas ante esta dependencia, ordenándose la suspensión de su trámite Art. 126 párr. 2º y 209
de la Ley 24.522. Quilmes, 26 de abril de 2011. María Florencia Caffarena. Secretaria.
C.C. 14.779 / dic. 26 v. dic. 30


POR 5 DÍAS - El Sr. Presidente del Tribunal en lo Criminal N 5 del Departamento Judicial La Matanza con asiento en la calle Monseñor Marcón 2623 de la Ciudad de San Justo, Partido de La Matanza, Dr. Matías Mariano Deane, cita y emplaza a SERGIO NICOLÁS VIAMONTE, sin sobrenombres ni apodos, argentino, instruido, soltero, desocupado, nacido el 24 de noviembre de 1985; en Capital Federal, DNI 31. 847.500, cuyo último domicilio aportado en autos es el de la calle Lafallette N 863 de la localidad bonaerense de Isidro Casanova, Partido de La Matanza, Provincia de Buenos Aires, hijo María Victoria Viamonte, con prontuario N U1028483 y 1.225.390 de la sección AP de la Policía de la Provincia de Buenos Aires;
por el plazo de cinco días, a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante el citado Tribunal a estar a derecho en la causa N 610/07-0050 IPP 336.265/1, que se les sigue por el delito de robo calificado por escalamiento, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde.
Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Justo, 13 de diciembre de 2011. Por recibidas las actuaciones que anteceden, agréguense y habida cuenta que el domicilio consignado a fs. 248, resulta ser idéntico al que se desprende de fs. 243, en el cual Viamonte no ha sido habido vid fs. 244, cíteselo por edicto que se publicará en el Boletín Oficial en la forma que establece el Art. 129 CPP, para que en el término de cinco días comparezca a estar a derecho en estos obrados, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde Art. 303 y ccdtes. CPP.. Fdo.: Matías Mariano Deane, Presidente. Ante mí: Natalia R. Vicente, Auxiliar Letrado. Secretaría, 13 de diciembre de 2011.
C.C. 14.757 / dic. 26 v. dic. 30
POR 5 DÍAS - El Titular del Juzgado de Garantías N 2
del Departamento Judicial Lomas de Zamora, Dr. Javier L.
Maffucci Moore notifica a CRISTIAN FABIÁN CAMPODONICO en la causa N 07-00-021979-10 UFlyJ Nº 23
Flagrancia la resolución que a continuación se transcribe:
Banfield, 1ero. de noviembre de 2011. Autos y Vistos
Considerando Resuelvo: Declarar extinguida la acción penal instaurada en autos, y Sobreseer a Cristian Fabián Campodónico, de las demás condiciones personales obrantes en autos, en orden al hecho presuntamente constitutivo del delito de Resistencia a la Autoridad, por el cual fuere formalmente imputado Arts. 76 del Código Penal y Arts. 321, 322, 323, inc. 1º, del Código Procesal Penal. Fdo. Javier L. Maffucci Moore, Juez, ante mí:
Enrique Alejandro Enriquez, Auxiliar Letrado.
C.C. 14.758 / dic. 26 v. dic. 30
POR 5 DÍAS - Por medio de la presente, en la Ciudad de San Martín, Provincia de Buenos Aires, el día 13 de diciembre de 2011, por disposición de la Dra. María Sol Cabanas, Juez Correccional a cargo del Juzgado Correccional N 2 del Departamento Judicial de San Martín, sito en la calle Belgrano 3910, piso 6to, de San Martín, Tel/Fax: 4752-6396/6401 se notifica a JOSÉ
FABIÁN BARRIOS, argentino, nacido el 12 de enero de 1977 en San Martín, hijo de Estella Maris Barrios, titular de DNI: 25.977.956, con último domicilio real en la calle Pelagio Luna 986 de la localidad de Villa Ballester, Partido de San Martín PBA, imputado del delito de Resistencia a la Autoridad, del cómputo de firmeza que a continuación se transcribe: Cómputo de Firmeza. Caducidad Registral y Liquidación de Costas Procesales: Informo a V.S., que
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conforme se desprende del fallo glosado a fs. 167/168, con fecha 26 de agosto de 2011 se condenó a José Fabián Barrios a la pena de dos 2 meses y quince 15
días de prisión -la que se da por compurgada con el tiempo de detención que sufriera Barrios en prisión preventiva, más las costas del proceso, por encontrarlo autor penalmente responsable del delito de Resistencia a la Autoridad. Por otra parte, informo a V.S., que con fecha 26
de agosto de 2011 se procedió a dar lectura del veredicto condenatorio, y habiendo transcurrido el plazo de 20 días previsto en el Art. 441 del CPP conforme Ley N 13.818, y no siendo recurrido el citado fallo por las partes, razón por la cual la sentencia dictada en estos obrados adquirió grado de firmeza el día 16 de septiembre de 2011. Por lo expuesto, y toda vez que conforme surge del acta de procedimiento glosada a fs. 1/2 y de fs. 5/7 del incidente de excarcelación que corre por cuerda, el nombrado Barrios fue detenido el 3.05.2011, permaneciendo en tal situación hasta el 17/07/2011, en que fue excarcelado, cumpliendo en consecuencia dos meses y quince días de detención, es que en virtud de lo normado por el Art. 51, 2do. párrafo, apartado 2do., del C.P, el registro de la referida sentencia caducará el día 17 de julio de 2021. Finalmente, informo que las costas para las causas correccionales han sido fijadas para el mes en curso en la suma de $ 46.00
pesos cuarenta y seis. Secretaría, 16 de septiembre de 2011. Fdo.: Luis Mariano Valentini, Auxiliar Letrado. San Martín, 16 de septiembre de 2011. Visto el cómputo de firmeza y liquidación de costas practicada por el Actuario, apruébase el mismo Art. 500 del CPP en función de la Ley N 13.943. Asimismo, notifíquese a las partes por el término de ley y al encausado Barrios, mediante oficio de estilo. Fdo.: María Sol Cabanas, Juez. Secretaría, 13 de diciembre de 2011. Marcelo Adrián Trbino, Auxiliar Letrado.
C.C. 14.776 / dic. 26 v. dic. 30


POR 5 DÍAS - La Unidad Funcional de Instrucción y Juicio en lo Criminal y Correccional N 1 del Departamento Judicial La Matanza, encontrándose en funciones la Dra.
Analía A. Córdoba Agente Fiscal, Secretaría Única, sita en la calle Florencio Varela N 2601 de la Ciudad de San Justo, Partido de La Matanza, provincia de Buenos Aires, cita y emplaza por el término de cinco 5 días, a contar desde la fecha de la última publicación a OSCAR ABELARDO PINTOS de nacionalidad argentina, de 21 años de edad, de estado civil soltero, instruido, desocupado, domiciliado en calle Rucchi y Gaboto tira 2, casa 26 del Barrio San Petesburgo de la localidad de Isidro Casanova a fin que comparezca ante estos estrados en la Investigación Penal Preparatoria N 05-00-030442-09
caratulada Pintos Oscar Abelardo s/ Hurto en Tentativa, Vtma. Monteleone Juan Pablo bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. Se transcribe a continuación el auto que ordena el presente, a saber: San Justo, 14 de diciembre de 2011. Conforme a lo que emana de fs. 44, cítese por edicto al imputado Oscar Abelardo Pintos, conforme Art. 129 del C.P.P., bajo apercibimiento de ser declarado rebelde. A tal fin líbrese oficio al Boletín Oficial. Fdo. Analía A. Córdoba, Agente Fiscal. Pase para su diligenciamiento a la Oficina del Boletín Oficial del Departamento Judicial de La Matanza, debiendo remitir oportunamente un ejemplar de las publicaciones correspondientes. Secretaría, 14
de diciembre de 2011. Carolina Inés Puglisi, Auxiliar Letrada.
C.C. 14.777 / dic. 26 v. dic. 30
POR 5 DÍAS - El Juzgado en lo Correccional N 1 del Departamento Judicial de San Isidro, de la Provincia de Buenos Aires a cargo del Dr. Andrés Martín Mateo, sito en la calle Moreno 623, 1er. piso, de la localidad y partido de San Isidro, notifica a LUIS MIGUEL FERNÁNDEZ, DNI N
33.138.129, nacionalidad argentina, apodado melli, nacido el 24/12/1987, hijo de Juan Carlos Fernández y de Miriam Mabel Zárate, de estado civil soltero, con último domicilio conocido en la calle Pérez Galdos N 3345, de la localidad y partido de San Fernando, por el plazo de cinco días a contar desde la publicación del presente, a comparecer ante este Juzgado a estar a derecho en la causa N
2.614/10, que se le sigue por el delito de hurto en grado de tentativa, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde y ordenarse su comparendo compulsivo. Como recaudo legal se transcribe el decreto que ordena el presente: San Isidro, 7 de diciembre de 2011. Por recibido, agréguese y téngase presente lo manifestado por el Sr. Defensor Oficial, Dr. Hernán Rocha, a fojas que antecede.
Desconociéndose la residencia actual de Luis Miguel Fernández, cíteselo por edicto, en la forma que establece el artículo 129 del C.P.P., para que dentro del término de cinco 5 días, comparezca a estar a derecho en la pre-

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 30/12/2011 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data30/12/2011

Conteggio pagine8

Numero di edizioni3381

Prima edizione02/07/2010

Ultima edizione12/07/2024

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