Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/01/2011 - Sección Judicial

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PÁGINA 535

LA PLATA, VIERNES 21 DE ENERO DE 2011

22.991.519, hijo de Jaime Héctor y de Alicia en Capital Federal, DNI 22.991.519, hijo de Jaime Héctor y de Alicia Forestello, último domicilio conocido calle Ladines Nº 2224, PB, Depto. 3 de Villa Pueyrredon de Capital Federal por haber operado la prescripción, en relación al delito de Abuso de Arma y Daño que se les imputara respectivamente Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º, 104 y 183 del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P.. 2º Regístrese. Notifíquese al Fiscal y Defensa. A los imputados, procédase a su notificación por edicto judicial el que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el art. 129 del C.P.P atento desconocerse sus domicilios actuales. 3º Levántese la Rebeldía y Captura de los encartados. Realícense las comunicaciones de Ley al momento de adquirir firmeza el presente. Regístrese y notifíquese a quienes corresponda. Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 4 de enero de 2011.
C.C. 421 / ene. 17 v. ene. 21


POR 5 DÍAS En la Causa Nº 2665 I.P.P. Nº 1946
seguida a Sholles Jorge Oscar s/ Ecubrimiento, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Francisco de las Carreras Nº 1154 de Mar de Ajó, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente. Resuelvo: 1º Sobreseer Totalmente a JORGE
OSCAR SCHOLLES, DNI 27.035.321, argentino, hijo de Jorge Oscar y de Elva Irene Cruel, último domicilio conocido en calle Francisco de las Carreras Nº 1554 de Mar de Ajo, Prov. de Bs. As., y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de encubrimiento Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º, 277 1er.
párrafo, inciso C del Código Penal y 323, inc. 1º del C.P.P..
2º Regístrese. Notifíquese a l Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual.
Fdo: Laura Inés Elías Juez de Garantías. Nº 1.
C.C. 420 / ene. 17 v. ene. 21
POR 5 DÍAS En la causa Nº 4695 IPP Nº 29046, seguida a Torres Lorena Evangelina s/ Robo Calificado Uso de Arma en Tentativa, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a la prevenida nombrada, la resolución que dictara este Juzgado en el día de la fecha, cuya parte dispositiva se transcribe a continuación: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente. Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a LORENA
EVANGELINA TORRES, argentina, soltera, DNI 29.141.395, nacida el 14 de noviembre de 1981 en Mar del Plata, hija de Domingo y de Anita Iñiguez, último domicilio conocido calle Pozuelo, Dpto. de Termas de Río Hondo, Prov. de Santiago del Estero y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Hurto. Arts. 59, inc. 3º, 62 inc. 2º y 162 del Código Penal y 323, inc. 1º del CPP. 2 Regístrese, Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputada por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. Fdo. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 4 de enero de 2011.
C.C. 419 / ene. 17 v. ene. 21
POR 5 DÍAS En causa Nº 71.202 seguida a CARLA
DÉBORA DURE y de CRISTIAN JAVIER DURE por Robos Reiterados en San Bernardo del ex Juzgado de Transición Nº 1 Deptal. a cargo del Dr. Carlos Colombo, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar a los nombrados, la siguiente resolución: Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo:
1 Sobreseer totalmente a Carla Débora Dure y de Cristian Javier Dure y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Robos Reiterados y Tentativa de Robo en Concurso Real entre sí, Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º del Código Penal. 2
Atento desconocer el domicilio de los imputados procédase a su notificación por edicto judicial lo que se publicará en el Boletín de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del CPP. 3 Líbrese oficio al Ministerio de Seguridad a fin de levantar el pedido de captura que pesa sobre los nombrados. Notifíquese. Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 3 de enero de 2011.
C.C. 418 / ene. 17 v. ene. 21

BOLETÍN OFICIAL

POR 5 DÍAS En la causa Nº 457 IPP Nº 1060 Alarcón Alberto Román / Cane de López Guevara Beatriz A. v Hurto, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado, la siguiente resolución:
Autos y Vistos: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a ALBERTO ROMÁN ALARCÓN, argentino, soltero, DNI Nº 23.818.743, nacido el 1º de julio de 1974 en Gral.
Madariaga y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Robo Simple. Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º y 164 del Código Penal y 323, inc. 1º del CPP. 2 Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. 3 Levántese la Rebeldía y Captura del encartado. Fecho, realícense las comunicaciones de ley. Fdo. Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1.
Dolores, 3 de enero de 2011.
C.C. 417 / ene. 17 v. ene. 21


POR 5 DÍAS En causa Nº 4/71110 seguida a Ademar Araujo por Tentativa de Evasión en Dolores del ex
Juzgado de Transición Nº 1 Deptal. a cargo del Dr. Carlos Colombo, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1
a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado cuyo último domicilio conocido era calle Constituyentes Nº 5357 de Villa Maipú San Martín, la siguiente resolución: Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1
Sobreseer totalmente a ALDEMAR ARAUJO y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Tentativa de Evasión previsto y penado por el Art. 280 del CP. Arts. 59, inc. 3º; 62
inc. 2º del Código Penal. 2 Atento desconocer el domicilio del imputado, procédase a su notificación por edicto judicial lo que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del CPP. 3
Líbrese oficio al Ministerio de Seguridad a fin de levantar el pedido de averiguación de paradero que pesa sobre el nombrado. Notifíquese. Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1 Dolores, 4 de enero de 2011.
C.C. 416 / ene. 17 v. ene. 21
POR 5 DÍAS En causa Nº 4/67003 seguida a Tisera Héctor Ismael en Gral. Madariaga del ex Juzgado de Transición Nº 1 Deptal. a cargo del Dr. Carlos Colombo, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a fin de notificar al prevenido nombrado, la siguiente resolución: Autos y Vistos:
Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: 1 Sobreseer totalmente a HÉCTOR ISMAEL
TISERA y declarar la extinción de la acción penal, por haber operado la prescripción, en relación al delito de Hurtos Reiterados. Arts. 59, inc. 3º; 62 inc. 2º del Código Penal. 2
Atento desconocer el domicilio del imputado, procédase a su notificación por edicto judicial lo que se publicará en el Boletín Oficial de esta Prov. de Bs. As., conforme lo dispuesto por el Art. 129 del CPP. 3 Líbrese oficio al Ministerio de Seguridad a fin de levantar el pedido de averiguación de paradero que pesa sobre el nombrado. Notifíquese. Dra.
Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 4 de enero de 2011.
C.C. 415 / ene. 17 v. ene. 21
POR 5 DÍAS En causa Nº 10865 IPP Nº 88293 Cabral Almada Ligio/ López Richard/ Cabral Luis/ Fleita Carlos Resistencia a la Autoridad y Daños, de trámite ante este Juzgado de Garantías Nº 1 a mi cargo, Secretaría Única a cargo de la Dra. Mónica Barrionuevo, del Departamento Judicial Dolores, a los efectos de que proceda publicar edicto por el término de cinco días, a fin de notificar a los prevenidos nombrados, la resolución que dictara este Juzgado. Por ello, argumentos expuestos y normativa legal vigente, Resuelvo: Sobreseer totalmente a LIGIO
CABRAL ALMADA, RICHARD MACIEL LÓPEZ, LUIS
CABRAL y CARLOS ALERTO FLEITAS, PEDRO OMAR DI
LILLO, por el delito de Daño Agravado y Resistencia a la Autoridad, previsto y penado por el Art. 189 inc. 1 y 239 del Código Penal en virtud de haberse extinguido la acción penal, por haber operado la prescripción. Arts. 59 inc. 3º, 62 inc. 2, 189 inc. 1 y 239 del Código Penal y 323 inc. 1º del CPP. 2 Regístrese. Notifíquese al Fiscal, Defensa e imputado por Boletín Oficial, atento desconocerse su domicilio actual. 3 Levántese la Rebeldía y Comparendo Compulsivo del encartado. Fecho, realícense las comunica-

PROVINCIA DE BUENOS AIRES

ciones de Ley. Fdo. Dra. Laura Inés Elías, Juez de Garantías Nº 1. Dolores, 4 de enero de 2011.
C.C. 414 / ene. 17 v. ene. 21


POR 5 DÍAS - El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 3 del Departamento Judicial Dolores, a cargo de la Dra. Silvia Mabel Edorna de Sánchez, Secretaría Única, comunica que en autos Carnes Santa María S.A. s/
Quiebra Expte. N 60.881, con fecha 1º de diciembre de 2010 se ha declarado la quiebra de CARNES SANTA
MARÍA S.A., C.U.I.T N 30-70793825-7, con domicilio Social en calle Madero Nº 601 de la ciudad de Maipú, Provincia de Buenos Aires, inscripta en la Dirección Provincial de Personas Jurídicas de la Provincia de Buenos Aires con fecha 9 de abril de 1992, en la Matrícula N
60.464 de Sociedades Comerciales, Legajo 114.153, y cuya denominación coincide con el contrato social. De conformidad con lo previsto por el Art. 89, Ley 24.522, se ha ordenado lo siguiente: 2 Intimar a la quebrada, y a los terceros que tuvieran en su poder bienes de aquél para que dentro del término de 5 días pongan a disposición de la sindicatura los bienes de la fallida Art. 88 inc. 3. 3 Intímase a la fallida para que dentro del término de 5 días de cumplimiento a los requisitos establecidos por los Arts. 86 y 11 de la Ley 24.522; intímaselos igualmente para que dentro de las 24
horas entreguen al síndico interviniente los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad Art. 88 inc. 4º de la Ley 24.522. Prohíbese a los fallidos a hacer nuevos pagos, los que se hicieren serán ineficaces Art. 88 inc. 5º de la Ley 24.522. Los acreedores podrán presentar sus pedidos de verificación hasta el día 02 de marzo de 2011 ante el Síndico designado en autos Cr. Carlos Félix Ocaranza, con domicilio en la calle Mendiola Nº 212 de Dolores Tel/Fax: 0221 422-8766 con atención los días lunes a viernes en el horario de 10 a 13 y de 15 a 18. Se comunica que el día 18 de abril de 2011 se presentará el Informe Individual de los créditos Art. 35, Ley 24.522 y el día 06 de junio de 2011 se presentará el Informe General previsto por el Art. 39 de la Ley citada. Dolores, 28
de diciembre de 2010. Adolfo Marcos Arbeleche, Secretario.
C.C. 483 / ene. 18 v. ene. 24
POR 5 DÍAS - En Incidente Nº 6412 IPP 001710-09
caratulado Incidente de eximición de prisión en favor de Lucas Darío Coronel de trámite por ante este Juzgado de Garantías Nº 2, a mi cargo, Secretaría Única del Dr. Juan Miguel Nogara, de este Departamento Judicial de Dolores, a los efectos que proceda a publicar edicto por término de cinco días, a fin de notificar al prevenido nombrado LUCAS
DARÍO CORONEL cuyo último domicilio conocido era en calle Paseo 113 y Avenida 29 de Villa Gesell, el siguiente texto que a continuación se transcribe: En la ciudad de La Plata a los 23 días del mes de febrero de dos mil diez reunidos en Acuerdo Ordinario, los Señores Jueces de la Sala Segunda del Tribunal de Casación Penal de la Provincia de Buenos Aires doctores, Carlos Alberto Mahiques, Fernando Luis María Mancini y Jorge Hugo Celesia, para resolver en la causa Nº 39.374 caratulada Coronel Lucas Darío s/
Recurso de Queja art. 433 C.P.P. Practicado el sorteo de ley resultó en la votación que debía observarse el orden siguiente: Mahiques - Mancini - Celesia. Antecedentes La Cámara de Apelación y Garantías en lo Penal del Departamento Judicial Dolores, resolvió declarar inadmisible el recurso de casación interpuesto por la señora Defensora Oficial, doctora Muriel Mendoza, contra el pronunciamiento de ese mismo tribunal que confirmó la resolución de la señora Juez de Garantías que no hizo lugar a la eximición de prisión solicitada en favor de Lucas Darío Coronel. La señora Defensora Oficial Departamental, doctora Muriel Mendoza, interpuso la presente queja contra la resolución ut supra mencionada. Efectuadas las vistas correspondientes, y hallándose la causa en estado de dictar sentencia, este Tribunal decidió plantear y votar las siguientes: Cuestiones Primera: Es admisible la queja interpuesta? Segunda: Es admisible el recurso de casación? Tercera: Que pronunciamiento corresponde dictar?
A la primera cuestión planteada, el señor juez doctor Mahiques dijo: Se encuentran reunidos los requisitos relativo tanto al tiempo como a la forma de interposición de la presente queja, por lo que la misma resulta formalmente admisible, conforme lo establecido en el artículo 433 del Código Procesal Penal. A esta primera cuestión, voto entonces por la afirmativa. A la misma cuestión planteada, el señor juez doctor Mancini dijo: Adhiero al voto de mi colega preopinante en igual sentido y por los mismos fundamentos. Así lo voto. A la misma cuestión planteada, el señor juez doctor Celesia dijo: Adhiero al voto del doctor Mahiques en igual sentido y por los mismos fundamentos.
A la segunda cuestión planteada, el señor juez doctor

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Boletín Oficial de la Pcia. de Buenos Aires del 21/01/2011 - Sección Judicial

TitoloBoletín Oficial de la Provincia de Buenos Aires (Sección Judicial)

PaeseArgentina

Data21/01/2011

Conteggio pagine7

Numero di edizioni3380

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Ultima edizione08/07/2024

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