Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Adm. Unico: DIAZ VILLA ALVARO.
20. Organización y de la administración de la sociedad.-Artículo 20.- Para ser Administrador no será necesario ostentar la condición de socio. Serán nombrados por la Junta General. La duración del cargo de Administrador será por tiempo indefinido. El Administrador podrá ser cesado de su cargo en.
T 1358 , F 52, S 8, H TF 13062, I/A 5 (14.03.18).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 57 del Miércoles 21 de Marzo de 2018. Empresarios, Actos Inscritos.