Voglio sapere a riguardo di…
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ARTICULO 22: FACULTADES DE LOS ADMINISTRADORES MANCOMUNADOS Será competencia de los Administradores Mancomunados la realización de toda clase de actos, contratos y negocios jurídicos, sean de administración, ordinaria o plena, gestión, disposición y dominio, comprendidos los de adquisición ARTICULO 13: CONVOCATORIA- La junta general será convocada mediante anuncio publicado en la página web de la sociedad si ésta hubiera sido creada, inscrita y publicada en los términos previstos en el articulo
T 3074 , F 93, S 8, H Z 7441, I/A 144 ( 3.08.17).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 152 del Jueves 10 de Agosto de 2017. Empresarios, Actos Inscritos.