Voglio sapere a riguardo di…
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5. Capital social.-"Artículo quinto. Se fija el capital social en tres mil diez euros (3.010,00 euros), representado por tres mil diez (3.010) participaciones sociales, iguales, indivisibles y acumulables, de un euro (1,00 euro) de valor nominal cada una de ellas, numeradas del uno (1) al tres mil.
T 724 , F 13, S 8, H LO 14240, I/A 6 (10.08.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 163 del Viernes 26 de Agosto de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.