Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"ARTICULO 5. -a.- El capital social, que ha sido totalmente asumido y desembolsado, es de TRES MIL CINCO EUROS y está dividido en i.- TRES MIL CINCO participaciones sociales, números uno a la tres mil cinco , ambos inclusive, de UN EURO de valor nominal cada una de ellas. Todas las participaciones INTRODUCCION DEL ARTICULO 5º BIS. "ARTICULO 5-BIS. La Sociedad creará en su contabilidad las siguientes reservas especiales de carácter indisponible todas ellas, en conjunto, las "Reservas de Prima".-:
T 4184 , F 42, S 8, H Z 59370, I/A 9 (25.05.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 105 del Viernes 3 de Junio de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.