Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
"ArtÃculo 24º. Los administradores serán nombrados por la Junta General por plazo de cinco años, pudiendo ser indefinidamente reelegidos por periodos de igual duración. No podrán ser administradores quienes se hallen incursos en causa legal de incapacidad o incompatibilidad. El cargo de.
T 3496 , F 182, S 8, H Z 2080, I/A 23 (14.03.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 56 del Martes 22 de Marzo de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.