Voglio sapere a riguardo di…
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28. Administración y Representacion.-ARTICULO 28. RETRIBUCION DEL ORGANO DE ADMINISTRACION. Señalar como retribución una cantidad fija que sería aprobada por el órgano de gobierno en junta general cada año.
T 2478 , F 60, S 8, H TF 31895, I/A 4 (13.01.16).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 13 del Jueves 21 de Enero de 2016. Empresarios, Actos Inscritos.