Voglio sapere a riguardo di…
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28. Administración y Representacion.-ARTICULO 28.- La Administración Social estará retribuida, percibiendo el conjunto de los administradores una retribución fija para cada ejercicio económico social, cuya cuantía máxima será determinada por la Junta General de Accionistas, y distribuida entre sus.
T 2539 , F 190, S 8, H TF 7711, I/A 35 (19.08.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 164 del Viernes 28 de Agosto de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.