JOSE CEA SL(R.M. SANTIAGO DE COMPOSTELA)

Modificaciones estatutarias

"ARTICULO 17.- Para ser nombrado administrador no será necesaria la condición de socio. Su nombramiento se hará por la Junta General, quien elegirá el modo de organizar la administración, por tiempo indefinido, sin perjuicio de ser cesados en cualquier momento, con los requisitos legales. El cargo.

Datos registrales

T 258 , F 89, S 8, H SC 15141, I/A 3 (19.08.15).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 162 del Miércoles 26 de Agosto de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.

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