SPORT STREET, S.L. (SOCIEDAD SEGREGADA) SUN STREET, S.L.U. (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE NUEVA CREACIÓN)

A los efectos previstos en los artículos 43 y 73 de la Ley 3/2009 se hace público que la Junta General Universal y Extraordinaria de la Sociedad Sport Street, S.L., celebrada en Madrid el 28 de julio de 2015, ha aprobado por unanimidad la segregación de una parte de su patrimonio social, que constituye una unidad económica, con su consiguiente traspaso en bloque a la sociedad beneficiaria SUN STREET, S.L.U., de nueva creación, quien adquirirá por sucesión universal todos los derechos y obligaciones inherentes a dicho patrimonio segregado, la cual se constituirá simultáneamente.

La sociedad segregada recibirá a cambio la totalidad de las participaciones sociales que componen el capital social de la sociedad beneficiaria, todo ello según los términos y condiciones del proyecto de segregación suscrito por el Consejo de Administración de la Sociedad.

Se hace constar el derecho que asiste a los socios y acreedores de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del balance de segregación, así como el derecho de oposición que corresponde a los acreedores a oponerse a la segregación en los términos legalmente establecidos en el artículo 44 de la Ley 3/2009 durante el plazo de un mes contado desde la fecha de publicación del último anuncio del acuerdo de segregación.

Madrid, 29 de julio de 2015.- Don Óscar Palacios Marlasca, Secretario del Consejo de Administración de Sport Street, S.L.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 146 del Martes 4 de Agosto de 2015. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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