Voglio sapere a riguardo di…
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ARTICULO 17º. La sociedad estará regida y administrada por un Consejo de Administración compuesto por entre tres y nueve miembros elegidos por la Junta General. Para ser nombrado administrador no se requiere la cualidad de accionista pudiendo serlo tanto personas fisicas como juridicas. No podrán.
T 1638 , F 141, S 8, H AL 42816, I/A 6 (14.04.15).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 76 del Jueves 23 de Abril de 2015. Empresarios, Actos Inscritos.