Voglio sapere a riguardo di…
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- Spagna
T 2330 , F 82, S 8, H PM 61293, I/A 2 (18.12.14).
8. Artículo 8º. La dirección, administración y representación de la Sociedad corresponderá al órgano de administración, el cual revestirá necesariamente una de las modalidades siguientes: a.) Un Administrador Unico, al cual corresponderá el poder de representación. b.) Varios Administradores.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 247 del Lunes 29 de Diciembre de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.