Voglio sapere a riguardo di…
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ARTICULO NUEVE. DE LA ADMINISTRACION. No podrán ser administradores quienes se hallen incursos en causa legal de incompatibilidad, en especial en las determinadas por la Ley 2/2007 de 15 de marzo de Sociedades Profesionales, la Ley 12/1995, de 11 de mayo; ni las personas excluidas por el artículo.
T 1881 , F 37, S 8, H TF 21188, I/A 5 (30.01.14).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 31 del Viernes 14 de Febrero de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.