Voglio sapere a riguardo di…
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- Spagna
Artículo 11 . Representación de la sociedad. La representación de la sociedad, en juicio y fuera de él, corresponde a los administradores. La atribución del poder de representación a los administradores se regirá por las siguientes reglas:- a) En el caso de Administrador Unico, el poder de Artículo 10 . Sistema alternativo. La sociedad será regida y administrada, a elección
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 17 del Lunes 27 de Enero de 2014. Empresarios, Actos Inscritos.