Voglio sapere a riguardo di…
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De conformidad con lo dispuesto en el artÃculo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, sobre Modificaciones Estructurales de las Sociedades Mercantiles (la "LME") y disposiciones concordantes, se hace público que la Junta General y Universal de Socios celebrada el dÃa 20 de junio de 2013 de la compañÃa Comercial Piedra Trujillo, Sociedad Limitada, Sociedad Unipersonal, como sociedad escindida, acordó por unanimidad la escisión parcial de dicha compañÃa mediante la constitución simultánea de la entidad Establecimientos Piedra, S.L., Sociedad Unipersonal, como sociedad beneficiaria, todo ello conforme a la vigente legislación.
Se hace constar que, a tenor de lo establecido en el artÃculo 43 de la Ley 3/2009, se encuentra a disposición de los acreedores y socios el texto Ãntegro del acuerdo adoptado y del balance de escisión, asà como el derecho de oposición que les asiste a los acreedores, en los términos establecidos en el artÃculo 44 de la mencionada Ley.
Córdoba, 6 de noviembre de 2013.- Francisco Javier Piedra Trujillo, Administrador único.
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 218 del Jueves 14 de Noviembre de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.