LAGUNA 2000 SL

Modificaciones estatutarias

"Artículo 20º.- SISTEMA DE RETRIBUCION.- El cargo de administrador será remunerado, consistiendo dicha remuneración en una retribución fija anual cuya cuantía para cada ejercicio decidirá la Junta General. También se podrá establecer a cada uno de los consejeros una remuneración distinta, atendiendo.

Datos registrales

T 836 , F 106, S 8, H VA 6620, I/A 20 ( 2.09.13).

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 172 del Martes 10 de Septiembre de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.

Aziende collegate a questo annuncio