Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
ARTICULO 14º.- ESTRUCTURA DEL ORGANO DE ADMINISTRACION. La sociedad estará administrada, según decida la Junta General,de acuerdo con lo dispuesto en la Ley, por: 1. Un administrador único. II. Dos Administradores que actúen solidariamente. III. Dos administradores que actúen mancomunadamente. IV.
T 3630 , F 197, S 8, H Z 46647, I/A 11 (13.05.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 94 del Miércoles 22 de Mayo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.