Voglio sapere a riguardo di…
- Spagna
Artículo 24º. Los administradores serán nombrados por la Junta General por plazo de cinco años, pudiendo ser indefinidamente reelegidos por periodos de igual duración. No podrán ser administradores quienes se hallen incursos en causa legalde incapacidad o incompatibilidad. El cargo de.
T 3496 , F 181, S 8, H Z 2080, I/A 19 (14.03.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 57 del Lunes 25 de Marzo de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.