Voglio sapere a riguardo di…
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- Spagna
"ARTICULO 12.- El cargo de administrador será retribuido. Los administradores percibirán como remuneración una retribución de la Sociedad que estará compuesta por una cantidad fija, alzada, de caracter anual, adecuada a sus servicios y responsabilidades. El importe de la retribucion y la forma de.
T 729, L 493, F 204, S 8, H AB 2193, I/A 12 (24.01.13).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 21 del Jueves 31 de Enero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.