Voglio sapere a riguardo di…
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29. Administración y Representacion.- ARTICULO 29º.- El cargo de administrador estará remunerado, fijándose su retribución en el tres por ciento (3%) del beneficio despúes de los impuestos correspondientes..
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Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 21 del Jueves 31 de Enero de 2013. Empresarios, Actos Inscritos.