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En cumplimiento de lo dispuesto en los artículos 348 y 370 de la Ley de Sociedades de Capital, texto refundido aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2010, de 2 de julio, se comunica, a los efectos oportunos de publicidad, que el pasado día 8 de enero de 2013 la Junta general de accionistas ha acordado la reactivación de la sociedad por haber desaparecido la causa que motivó la disolución de la misma, no haber comenzado el pago de la cuota de liquidación a los accionistas y tener un patrimonio contable superior al capital social, dejando sin efecto el acuerdo de disolución de la misma.

De acuerdo con los artículos 370 y 334 de la Ley de Sociedades de Capital, los acreedores de la sociedad tendrán derecho a oponerse al acuerdo de reactivación en las mismas condiciones y con los mismos efectos previstos en la ley para el caso de reducción de capital. Igualmente, de conformidad con lo prevenido en los artículos 348 y 370 de la Ley de Sociedades de Capital, se informa a los accionistas que no han votado a favor del acuerdo de reactivación del derecho a separarse de la sociedad.

Madrid, 15 de enero de 2013.- Secretario del Consejo de Administración.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 12 del Viernes 18 de Enero de 2013. Avisos y Anuncios Legales, Reactivación De Empresas.

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