Voglio sapere a riguardo di…
![Spagna](/misc/flags_iso/32/es.png)
- Spagna
ARTICULO 14.- ADMINISTRACION.- La Administración y representación de la sociedad, será desempeñada a elección de la Junta General, por: a) Un administrador Unico, b) Varios administradores solidarios, con un mínimo de dos y máximo de siete, c) Varios Administradores que actuarán conjuntamente.
T 54 , F 36, S 8, H ML 408, I/A 4 (17.12.12).
Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 246 del Miércoles 26 de Diciembre de 2012. Empresarios, Actos Inscritos.