CARPINTERÍA JOSÉ CASAS, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD ESCINDIDA PARCIALMENTE) CASAS CARPINTERÍA Y DECORACIÓN, SOCIEDAD LIMITADA (SOCIEDAD BENEFICIARIA DE LA ESCISIÓN)

De conformidad con el artículo 43 de la Ley 3/2009, de 3 de abril, se hace público que las Juntas Extraordinarias y Universales de socios de Carpintería José Casas, Sociedad Limitada y Casas Carpintería y Decoración, Sociedad Limitada, celebradas el 20 de julio de 2012, aprobaron por unanimidad la escisión parcial de Carpintería José Casas, Sociedad Limitada, con traslado de parte de su patrimonio a la entidad beneficiada. El acuerdo se ha adoptado según Balance cerrado a 30 de junio de 2012. Se procede a la ampliación de capital de la sociedad beneficiada en la cantidad de 320.484 euros, con la consiguiente modificación del artículo 6.º de los Estatutos sociales. Se hace constar expresamente el derecho que asiste a los socios y acreedores de las sociedades participantes en la escisión de obtener el texto íntegro del acuerdo adoptado y del Balance de escisión. Así mismo, se hace constar el derecho que asiste a los acreedores de las sociedades intervinientes a oponerse al presente acuerdo.

Cabañas de Ebro (Zaragoza), 14 de noviembre de 2012.- La Administradora única de Carpintería José Casas, Sociedad Limitada, Ana María Casas Rutarazo.-El Presidente del Consejo de Administración de Casas Carpintería y Decoración, Sociedad Limitada, Fidel Casas Casado.

Fuente: Boletin Oficial del Registro Mercantil del Estado (BORME) Nº 227 del Martes 27 de Noviembre de 2012. Avisos y Anuncios Legales, Escisión De Empresas.

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